Mejora de la competitividad mediante asesoramiento especializado
Del 45 % al 60 % de la factura de consultoría e ingeniería, hasta 25.000 € por empresa. Financia diagnósticos, reflexión estratégica, lean, ecodiseño, protocolos familiares y acuerdos de fusión. No exige ser industrial ni pyme, solo estar de alta en el IAE en Navarra.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de cualquier tamaño dadas de alta en el IAE en Navarra, individualmente o en proyectos cooperativos de dos o más empresas no vinculadas
- Cuánto se cobra
- 45 % del presupuesto subvencionable, ampliable al 60 % con tres complementos de 5 puntos, con un máximo de 25.000 € por empresa
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con dos prelaciones separadas según el periodo de ejecución del proyecto
- Presupuesto
- 1.200.000 €, partida 810007 81200 4709 458107, repartidos en 600.000 € para 2026 y 600.000 € para 2027, más una cuantía adicional máxima de 300.000 €
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 896170.
Objeto
Subvenciona el asesoramiento especializado externo que una empresa navarra contrata para mejorar su competitividad: el estudio de sus áreas, la implantación de acciones de mejora o proyectos de cooperación para ganar dimensión en mercados estratégicos (base 1).
Es la ayuda más transversal del catálogo navarro: no exige ser industrial, ni pyme, ni tener un proyecto de innovación. Basta con estar de alta en el IAE en Navarra y contratar a una consultora o ingeniería externa.
Las siete áreas subvencionables
| Área | Qué incluye | Puntos |
|---|---|---|
| Economía circular | Diagnósticos, ecodiseño y otros proyectos de economía circular | 10 |
| Innovación social | Metodología SIPRESTA de la Unidad de Innovación Social de Navarra u otras equivalentes | 10 |
| Proceso-producto | Diseño de producto y proceso, lean, otras mejoras de proceso | 7 |
| Estrategia | Reflexiones estratégicas, diseño de modelos de negocio, diagnósticos globales | 4 |
| Organización y gestión | Implantación de modelos organizativos y de gestión | 4 |
| Mercado | Estudios de nuevos mercados nacionales y posicionamiento | 4 |
| Otras actuaciones | Acuerdos de fusión, integración y cooperación empresarial; protocolos familiares y pactos de continuidad | 4 |
Que los protocolos familiares y pactos de continuidad empresarial sean gasto subvencionable es poco frecuente y muy aprovechable en empresas con relevo generacional pendiente. Igual de aprovechable es la línea de acuerdos de fusión, integración y cooperación, siempre que las empresas no pertenezcan al mismo grupo.
Quién puede solicitarla
Cualquier empresa que en el momento de solicitar (base 2):
- Esté dada de alta en el IAE en Navarra.
- Esté inscrita o haya solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, cuando proceda.
- No esté cumpliendo sanciones firmes por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
- No incurra en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley Foral 11/2005.
- Su actividad no cause perjuicio significativo a los objetivos medioambientales del art. 17 del Reglamento de Taxonomía.
- No desarrolle actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025, de medidas urgentes contra el genocidio en Gaza.
No hay límite de tamaño: entran desde el autónomo hasta la gran empresa, aunque el baremo favorece claramente a la pequeña.
Proyectos cooperativos
Dos o más empresas no vinculadas ni asociadas entre sí conforme al art. 3 de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003. La cooperación debe generar ventajas adicionales frente a un proyecto individual, justificadas en la memoria. Cada empresa presenta su propia solicitud y todas quedan sujetas a las obligaciones de la base 10.
Cuantía
45 % del presupuesto subvencionable con carácter general, ampliable hasta el 60 % con tres complementos de 5 puntos cada uno (base 5):
| Complemento | Puntos |
|---|---|
| Igualdad de género, con tres condiciones simultáneas | +5 |
| Empresa asociada a un clúster | +5 |
| Proyecto cooperativo | +5 |
Las tres condiciones de igualdad, que van juntas
- Que las mujeres ocupen al menos el 30 % de los puestos de responsabilidad o dirección.
- Que haya al menos un 30 % de mujeres en plantilla.
- Que la ratio entre el salario bruto/hora medio de los trabajadores y el de las trabajadoras en 2025 sea menor o igual a 1,05.
Acreditarlo exige certificación de puestos directivos, hoja Excel del cálculo de la ratio, modelo 190 de 2025, informe de vida laboral de todos los códigos de cuenta de cotización y la parte del convenio con las horas anuales. Es documentación que lleva tiempo reunir.
Importe máximo: 25.000 € por empresa, aplicando la definición de «única empresa» del art. 2.2 del Reglamento (UE) 2023/2831.
La certificación de pertenencia al clúster tiene que estar expedida dentro del plazo de presentación de la solicitud: no vale un certificado antiguo.
Qué gasto entra y cuál no
Subvencionable (base 4.1)
- Gastos externos de consultoría e ingeniería para desarrollar el proyecto.
- Inversiones derivadas de esa consultoría, solo en las áreas de «Proceso-producto» y «Economía circular» y solo si son imprescindibles: como máximo el 20 % de los gastos de consultoría.
- Otros gastos externos asociados al proyecto, hasta el 10 % del presupuesto subvencionable.
La exclusión que hay que mirar primero
No son subvencionables los gastos de una consultora con la que se haya contratado en 2024 o en 2025 (base 4.4.a). Se aplica además el concepto de «única empresa» del Reglamento 2023/2831 a la propia consultora, así que cambiar de sociedad dentro del mismo grupo no sirve. En la práctica, obliga a trabajar con un asesor distinto al de los dos años anteriores.
Resto de exclusiones
- Consultoría o auditoría para obtener o renovar certificaciones o adaptarse a normativa.
- Consultoría sobre mercados internacionales o planes de internacionalización: eso va por otra convocatoria.
- Modificaciones habituales o periódicas de productos, líneas o procesos, aunque supongan mejoras.
- Formación de carácter general que no suponga un estudio en profundidad de las necesidades concretas de la empresa.
- Contrataciones entre personas o empresas vinculadas.
- Actuaciones de mejora de eficiencia energética.
- Equipos informáticos, salvo que sean imprescindibles para materializar el proyecto.
- Gastos generales, indirectos y de personal propio; terrenos, construcciones y bienes de segunda mano.
- Proyectos donde la mayoría del gasto sea implantación de soluciones digitales.
- Búsqueda de socios, escisión de la empresa, gestión de redes sociales y actualización de páginas web.
Si las inversiones las factura el mismo proveedor que hace la consultoría, se considera que todo el importe es inversión y deja de ser subvencionable (base 4.4.m). Conviene separar proveedores desde el principio.
Tres ofertas
Obligatorias por encima de 12.000 € sin IVA. Hay tres excepciones justificables: que no existan suficientes proveedores, que el gasto esté ligado a otro ya realizado con el mismo proveedor, o que el gasto ya estuviera facturado y pagado antes de solicitar la ayuda.
Tipo 1 o Tipo 2: dos convocatorias en una
El proyecto se clasifica según su periodo de ejecución, y esa elección determina el plazo de solicitud, con quién se compite y de qué bolsa sale el dinero (bases 3.3 y 7.1):
| Tipo 1 | Tipo 2 | |
|---|---|---|
| Ejecución (facturado y pagado) | 1 ene – 31 oct 2026 | 1 ene 2026 – 30 abr 2027 |
| Plazo de solicitud | 1 mes desde la publicación en el BON | 2 meses desde la publicación |
| Crédito | 600.000 € (ejercicio 2026) | 600.000 € (ejercicio 2027) |
| Justificación | 31 de octubre de 2026 | 30 de abril de 2027 |
Para que un proyecto sea de Tipo 2 es indispensable que alguno de sus gastos se facture y pague después del 1 de noviembre de 2026. No basta con declararlo.
Se dictan dos resoluciones separadas, una por prelación. Como el crédito está partido por mitades, elegir el tipo también es elegir contra quién se compite.
Una empresa puede solicitar ayuda para los dos tipos de proyecto. En ese caso, los 2 puntos por no haber cobrado en 2025 se asignan al proyecto de Tipo 1.
Cómo se puntúa
Concurrencia competitiva sobre un máximo de 26 puntos (base 7.2). No hay puntuación mínima exigida.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| 1. Plantilla media 2025: menos de 10 personas | 7 |
| De 10 a 49 personas | 5 |
| De 50 a 249 personas | 3 |
| Más de 249 personas | 1 |
| 5. Área del proyecto: economía circular o innovación social | 10 |
| Proceso-producto | 7 |
| Estrategia, organización, mercado u otras | 4 |
| 3. Empresa de inserción laboral | 3 |
| 4. Proyecto cooperativo | 3 |
| 6. No haber cobrado en la convocatoria de 2025 | 2 |
| 2. Empresa de economía social | 1 |
Con 26 puntos posibles, el área del proyecto vale casi el 40 % de la nota. Un mismo diagnóstico enfocado como economía circular puntúa 10 y enfocado como estrategia puntúa 4: seis puntos de diferencia sobre 26 deciden expedientes.
Los proyectos cooperativos suman por partida doble: 3 puntos en el baremo y 5 puntos porcentuales de intensidad.
Empates
Se resuelven a favor de la menor plantilla media en 2025 y, si persisten, de quien presentó antes la solicitud.
Obligaciones tras cobrar
- Declaración de transparencia en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, conforme a la Ley Foral 5/2018. Hay que presentarla siempre, incluso para declarar que no se está sujeto a la obligación. No hacerlo impide el abono.
- Las inversiones subvencionadas deben incorporarse al activo y permanecer en el establecimiento 3 años desde la resolución de abono.
- Publicidad durante 3 años en la web corporativa o, si no hay web, en lugar visible del establecimiento, con la frase literal: «Esta empresa ha recibido una subvención del Gobierno de Navarra al amparo de la convocatoria de 2026 de ayudas para mejora de la competitividad».
- Compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial conforme al art. 4 de la Ley Foral 18/2020 de arraigo empresarial.
- Comunicar la obtención de otras ayudas en cuanto se conozca y, en todo caso, antes de justificar.
Justificación
Relación y copia de facturas y justificantes de pago, extracto del libro diario acreditando su contabilización, y el estudio completo elaborado por la consultora, con toda la documentación remitida por el proveedor. En acuerdos de fusión o protocolos familiares, copia del acuerdo firmado.
No justificar en plazo supone la pérdida del derecho al cobro. En proyectos cooperativos, basta con que una de las participantes no justifique en plazo para que se pierda.
Compatibilidad
Incompatible para los mismos gastos con cualquier otra subvención de la Comunidad Foral, de otras administraciones o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales (base 12).
Ayuda de minimis con dos techos según el sector:
- 300.000 € en tres años con carácter general, conforme al Reglamento (UE) 2023/2831.
- 20.000 € en tres ejercicios fiscales para empresas de producción primaria de productos agrícolas, conforme al Reglamento (UE) 1408/2013 en la redacción dada por el Reglamento (UE) 316/2019, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2027.
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