Gastos corrientes de los barcos de pesca artesanal de Mogán
16.000 € para los gastos de funcionamiento de la flota artesanal del municipio. Quince días de plazo, tres meses para resolver y sin garantías que constituir.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Marineros y armadores de barcos de pesca artesanal del municipio de Mogán
- Cuánto se cobra
- Determinada según los criterios de valoración del artículo 5 de las bases reguladoras
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 16.000 €, aplicación presupuestaria 410.48000
- Organismo
- MOGÁN. Código BDNS 914939.
Objeto y tramitación
Estas subvenciones tienen por objeto colaborar con los gastos corrientes de los barcos de pesca artesanal del municipio de Mogán.
El procedimiento se inicia de oficio y se otorga en concurrencia competitiva, conforme al capítulo II del título I de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. La cuantía de cada beneficiario la establece el órgano instructor aplicando los criterios de valoración del artículo 5 de las bases reguladoras, y su informe se eleva a la Comisión de Valoración.
Instruye el Coordinador del Área de Desarrollo Rural o el técnico en quien delegue; en caso de ausencia, el Coordinador del Área de Servicios Públicos.
Mogán concentra una de las flotas artesanales más activas del sur de Gran Canaria, y esta línea es la vía municipal directa para el patrón que no llega a los umbrales de las convocatorias insulares o autonómicas. Con 16.000 € repartidos entre unas pocas embarcaciones, el importe individual es modesto pero el expediente es sencillo.
Plazos, documentación y encaje
- Plazo de solicitud: 15 días desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Las Palmas.
- Resolución y notificación: máximo tres meses desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes.
- Abono: en un solo pago y con posterioridad a la justificación, por transferencia bancaria.
- Garantías: los beneficiarios quedan dispensados de la obligación de prestarlas.
Documentación
Documento acreditativo de la identidad del solicitante, declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones, de no haber recibido otras ayudas para la misma finalidad —o especificar cuantía y procedencia—, de no tener pendiente de justificación otras ayudas del Ayuntamiento, y declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales y con la Seguridad Social.
Notificaciones
Todo acto administrativo relacionado con la convocatoria se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mogán (www.mogan.es). Las notificaciones se entienden rechazadas cuando transcurren diez días naturales desde su puesta a disposición sin acceder al contenido.
Ese plazo de diez días naturales para acceder a la notificación electrónica es donde se pierden expedientes ya concedidos. Conviene avisar al cliente de que vigile la sede, o dejar configurado el aviso por correo.
Presupuesto y normativa
16.000 €, coincidentes con la BDNS, con cargo a la aplicación 410.48000 «Agricultura y Pesca: subvenciones y transferencias a familias e instituciones sin ánimo de lucro» de 2026.
Bases reguladoras de las subvenciones en concurrencia competitiva con destino a los marineros de Mogán, publicadas en el BOP de Las Palmas n.º 122, de 10 de octubre de 2025.
Conviene revisarla junto con las líneas pesqueras de mayor alcance: el POSEICAN pesca (8,3 millones por campaña, compensación por tonelada), las Estrategias de Desarrollo Local Participativo del GALP de Gran Canaria y las ayudas del Cabildo a la pesca artesanal. Esta municipal cubre gasto corriente y no solapa con aquellas.
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