Marca Parque Natural · Acreditación como entidad de certificación
50.000 € para que un autónomo, una microempresa o una pyme se acredite como entidad certificadora de la marca Parque Natural de Andalucía. Es concurrencia no competitiva y abierta hasta el 31 de octubre de 2026: no se compite, se cumple.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas trabajadoras autónomas, microempresas, pequeñas y medianas empresas y fundaciones privadas que quieran obtener la acreditación como entidad de certificación
- Cuánto se cobra
- Sufraga los costes de obtener la acreditación como entidad de certificación para evaluar la conformidad de productos o servicios con las normas de la marca
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva
- Presupuesto
- 50.000 €: 10.000 € en 2025 y 40.000 € en 2026, con distribución estimativa
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 845162.
Para quién es, y por qué es distinta de la Línea 1
Las dos líneas de la marca Parque Natural se confunden con facilidad porque comparten el mismo código de procedimiento, el 24487. Pero financian cosas opuestas:
| Línea | Quién cobra | Qué paga | Régimen |
|---|---|---|---|
| 1 | El productor que quiere la licencia de uso de la marca | La auditoría de certificación de sus productos | Concurrencia competitiva |
| 2 — ésta | Quien quiere convertirse en certificador | La obtención de la acreditación como entidad de certificación | Concurrencia no competitiva |
Que ésta sea no competitiva es su mayor ventaja: no hay concurso ni baremo, cobra todo el que cumpla los requisitos hasta agotar el crédito. Para una consultoría técnica o una empresa de servicios que trabaje en el entorno de los espacios protegidos, es de las convocatorias con menos fricción del catálogo andaluz.
Qué se acredita
El objeto es la obtención de la acreditación como entidad de certificación para evaluar la conformidad de productos o servicios con las especificaciones de las normas recogidas en la Orden de 15 de diciembre de 2004 de la Consejería de Medio Ambiente, que regula el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la licencia de uso de la marca Parque Natural de Andalucía.
Esas normas se publicaron en el BOJA núm. 187, de 28 de septiembre de 2021, y en el BOJA núm. 109, de 9 de junio de 2022: son las que definen las categorías de producto y servicio sobre las que después trabajará la entidad acreditada.
Pueden pedirla personas trabajadoras autónomas, microempresas, pymes y fundaciones privadas. No hay más filtro subjetivo.
El dinero
La cuantía total máxima es de 50.000 €, financiada íntegramente con recursos propios de la Comunidad Autónoma, con este reparto estimativo por anualidades:
| Partida | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
| G 44D 77401/00 | 10.000 € | 30.000 € |
| G 44D 78001/00 | 0 € | 10.000 € |
El grueso del crédito —40.000 de los 50.000 €— está en la anualidad de 2026, que es justo la que sigue viva. Y al ser la distribución estimativa, puede reajustarse sin nueva convocatoria.
Si el crédito se ampliara, cabe una resolución complementaria que incorpore a solicitantes que cumplían todos los requisitos y no fueron beneficiarios por agotamiento.
Sobre el minimis: la convocatoria se apoya en los Reglamentos 1407/2013 general y 1408/2013 agrícola. El general está sustituido por el Reglamento (UE) 2023/2831, que es el que citan las convocatorias andaluzas posteriores; conviene confirmar el techo aplicable antes de firmar la declaración de ayudas.
La convocatoria es la Orden de 30 de junio de 2025, publicada en el BOJA núm. 137 de 18 de julio de 2025.
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