Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo abiertoIndustria, inversión y energíaAndalucíaConcurrencia no competitiva

CRECE Industria · Cadenas de valor industrial, competitividad y energía

Una sola resolución con dos regímenes distintos: la Línea 1 financia inversión productiva y nuevos productos en concurso, y la Línea 2 la eficiencia energética por orden de llegada. Ojo con un detalle que descarta a mucha gente: en la Línea 1 las microempresas están expresamente excluidas.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas y jurídicas privadas, asociaciones empresariales y agrupaciones con personalidad jurídica que realicen una actividad económica, en sectores del plan CRECE Industria. En la Línea 2 se incluyen las empresas de servicios energéticos; en la Línea 1 quedan excluidas las microempresas
Cuánto se cobra
Porcentaje de incentivo base del catálogo de actuaciones más el incentivo adicional cuando concurran sus parámetros, con un incentivo mínimo de 10.000 € en ambas líneas
Procedimiento
Doble régimen: la Línea 1 en concurrencia competitiva y la Línea 2 en concurrencia no competitiva, con solicitudes independientes
Presupuesto
55.506.000 € según el conjunto de registros de la BDNS
Organismo
ANDALUCÍA. Código BDNS 861153.

Dos líneas en una misma convocatoria

La Resolución conjunta de 6 de octubre de 2025 de la Secretaría General de Industria y Minas y la Agencia Andaluza de la Energía convoca el «Programa 3. Cadenas de valor industrial» de la Orden de 13 de marzo de 2025. Lo que la hace peculiar es que agrupa dos líneas con procedimientos de concesión opuestos:

LíneaActuacionesProcedimiento
Línea 1
Desarrollo competitivo
L1.3.1 Inversiones productivas en nuevas pymes o pymes existentes
L1.3.2 Desarrollo industrial mediante nuevos productos y procesos
L1.3.4 Adquisición de servicios por pymes para refuerzo de capacidades y especialización
Concurrencia competitiva
Línea 2
Uso eficiente de la energía
L2.3.1 Eficiencia energética en edificios
L2.3.2 Eficiencia energética en procesos e instalaciones
L2.3.3 Energías renovables para edificios, procesos e instalaciones
L2.3.4 Tecnologías renovables próximas al mercado
Concurrencia no competitiva

La tipología L1.3.3 queda fuera de esta convocatoria, aunque esté prevista en los Anexos I y II de la orden de bases. Y las actuaciones de la Línea 1 y de la Línea 2 deben solicitarse de forma independiente.

Qué industrias

El ámbito es el del plan de acción CRECE Industria, que abarca la industria química, metalúrgica, de la madera y el mueble, farmacéutica, textil, cuero y calzado, cemento, salud, papel y cartón, entre otras.

La exclusión de las microempresas en la Línea 1

Es el requisito que conviene comprobar antes que ningún otro, porque no es intuitivo: pueden solicitar ambas líneas las personas físicas y jurídicas privadas, asociaciones empresariales y agrupaciones con personalidad jurídica que realicen actividad económica. Pero específicamente para la Línea 1:

  • Quedan excluidas las microempresas conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 —incluidas las personas físicas con actividad económica que tengan esa consideración—.
  • Los clústeres y agrupaciones empresariales innovadoras solo pueden solicitar determinadas actuaciones.

Dicho de otro modo: un autónomo o una empresa de menos de 10 trabajadores y 2 millones de facturación no puede optar a la inversión productiva de la Línea 1, aunque su proyecto encaje perfectamente. Sí puede, en cambio, ir a la Línea 2 de energía, donde esa exclusión no se aplica.

Para la Línea 2 se incluyen además expresamente las empresas de servicios energéticos (ESE).

Cuánto se cobra y por dónde se tramita

En ambas líneas el importe resulta de aplicar al coste incentivable el porcentaje de incentivo base del Catálogo de Actuaciones del Anexo II de la Orden de 13 de marzo de 2025, más el incentivo adicional en los casos en que concurran los parámetros que determinan esa intensidad adicional.

Y en ambas rige el mismo suelo: el incentivo mínimo a solicitar es de 10.000 €, de modo que el presupuesto de la actuación tiene que alcanzar al menos la cuantía a la que corresponda ese mínimo. Vale tanto para la Línea 1 como para la Línea 2.

Cada línea, su ventanilla

No comparten dirección de tramitación, y confundirlas cuesta tiempo:

  • Línea 1: juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/areas/industria/promocion-industrial.html
  • Línea 2: incentivos.agenciaandaluzadelaenergia.es/orden24in/

El cálculo del incentivo y varias actuaciones del procedimiento están automatizados en el tramitador electrónico, con controles que comprueban de oficio la información de los formularios conforme a una Guía de Automatización. Los datos declarados se cruzan solos: conviene que cuadren.

Cierra en30 de septiembre de 2027

397 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Resolución conjunta de 6 de octubre de 2025, BOJA núm. 195 C1 de 9 de octubre, texto íntegro publicado en la BDNSOrden de 13 de marzo de 2025, bases reguladoras de los incentivos integrados de competitividad y energía (BOJA núm. 53, de 19 de marzo)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Seguir mirando

Industria, inversión y energía en Andalucía14Todas las abiertas en Andalucía24Industria, inversión y energía en toda España151
LlamarEstudia mi caso