Línea 2 de Incentivos Canarios: consolidación de empresas
Del 30 % al 70 % de una inversión de entre 5.000 € y 300.000 €, con tope de 59.600 € de ayuda. Sin competir: por orden de entrada mientras quede crédito. Los 20 puntos por ser pequeña empresa y los 5 por invertir en una isla no capitalina cambian el resultado más que ninguna otra cosa.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas, personas físicas o jurídicas, con establecimiento permanente en Canarias, excluido el sector público
- Cuánto se cobra
- 30 % de los costes subvencionables más incrementos acumulables, con un máximo de 59.600 € por empresa
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva, por orden correlativo de entrada hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 1.650.000 €, aplicación presupuestaria 15.14.433C.770.02, línea de actuación 247G0183 «Apoyo a la consolidación de empresas canarias»
- Organismo
- CANARIAS. Código BDNS 882592.
Objeto
Es el tramo intermedio del Programa de subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias, el mismo del que cuelga la Línea 3.
| Línea | Inversión | Procedimiento |
|---|---|---|
| Líneas 1 y 2 | De 5.000 € a 300.000 € en Tenerife y Gran Canaria; hasta 100.000 € en el resto de islas | No competitiva |
| Línea 3 | Desde 300.000 € | Competitiva |
La diferencia de procedimiento es lo más relevante en la práctica: la Línea 2 no compite. Se concede a quien cumpla, por estricto orden de entrada, mientras haya consignación presupuestaria.
Cuidado con no mezclar bases: la Línea 2 se rige por la Orden de 23 de julio de 2025 (BOC 151) y la Línea 3 por la Orden n.º 78/2025, de 12 de noviembre (BOC 234). Son órdenes distintas con porcentajes parecidos pero topes muy diferentes.
Cuantía
Base del 30 % sobre los costes subvencionables, con estos incrementos acumulables:
| Incremento | Puntos |
|---|---|
| Pequeña empresa | +20 |
| Mediana empresa | +10 |
| Creación de empleo: +2,5 por cada puesto a jornada completa, máximo | +10 |
| Discapacidad ≥ 33 % del solicitante, representantes, socios o empleados | +7 |
| Economía circular o sostenible | +6 |
| Zona prioritaria: La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa | +5 |
| Mujer autónoma, o persona jurídica con ≥ 50 % del capital en manos de mujeres o representante mujer | +1 |
| Inscripción acreditada en la Enterprise Europe Network (EEN) | +1 |
Tope absoluto: 59.600 € de subvención por empresa. Es una cifra llamativamente precisa, y marca la frontera con la Línea 3, cuyo techo son 300.000 €.
Qué cuenta como economía circular o sostenible
Las bases lo definen con amplitud: reutilización de productos, preparación para la reutilización o el reciclaje, otras formas de valorización de residuos, energías renovables, reducción del consumo de agua, aprovechamiento de aguas residuales y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Detalle que decide expedientes: todas las circunstancias que dan incremento, salvo la inscripción en la EEN, deben quedar acreditadas para el periodo de ejecución del proyecto, no solo en el momento de solicitar. Prometer creación de empleo y no consumarla durante la ejecución reduce la ayuda.
Quién puede solicitarla
Empresas, personas físicas o jurídicas, excepto las del sector público estatal, autonómico, local o de la Unión Europea, con establecimiento permanente en Canarias y proyecto ejecutado en el archipiélago.
La categoría de empresa se determina por el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, teniendo en cuenta las empresas asociadas y vinculadas con la solicitante. Es lo que decide si se aplica el +20 de pequeña o el +10 de mediana, así que conviene calcularlo bien antes de presentar.
Minimis y el concepto de «única empresa»
Tope de 300.000 € por «única empresa» en los tres años previos a la solicitud, conforme al Reglamento (UE) 2023/2831. Se consideran una única empresa las que mantengan entre sí, directa o indirectamente a través de otras, alguno de estos vínculos:
- Una posee la mayoría de los derechos de voto de los socios de la otra.
- Una puede nombrar o revocar a la mayoría del órgano de administración de la otra.
- Una ejerce influencia dominante por contrato, estatutos o escritura.
- Una, siendo socia de la otra, controla por sí sola la mayoría de los derechos de voto en virtud de un acuerdo con otros socios.
Para un grupo familiar con varias sociedades, este cómputo agregado suele ser el factor limitante real, más que el tope de 59.600 € de la propia convocatoria.
Cómo se concede y plazos
Concurrencia no competitiva. No se comparan solicitudes ni se establece prelación: se atiende la mera concurrencia de requisitos, siguiendo el orden correlativo de entrada en el aplicativo, mientras exista consignación.
Y hay una definición precisa de qué cuenta como fecha de presentación: aquella en que la solicitud quedó válidamente presentada, es decir, cubierta en la forma correcta y acompañada de la totalidad de los documentos exigidos. Una solicitud incompleta no reserva turno.
El presupuesto se considera agotado cuando se registra la última solicitud que totaliza el importe del crédito. A partir de ahí, lo que entre queda fuera.
Plazos
- Presentación: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC hasta el 30 de junio de 2026, a las 23:59 horas. El órgano concedente puede ampliarlo de oficio hasta la mitad del plazo inicial.
- Vía: aplicativo del trámite 10803 de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Resolución: 12 meses desde la publicación del extracto y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026.
Modificación de la concesión
Se puede pedir modificar la resolución antes de que concluya el plazo de ejecución, pero con un límite poco habitual: si la puntuación resultante fuera inferior a la de la última solicitud subvencionada y la siguiente hubiera sido desestimada por agotamiento del crédito, la modificación no puede aceptarse. Es una garantía para quien se quedó fuera por poco.
Presupuesto
1.650.000 €, coincidentes con la BDNS. Puede incrementarse con créditos adicionales sin nueva convocatoria, sin abrir nuevo plazo y sin reiniciar el cómputo para resolver; antes de publicar la concesión debe publicarse la declaración de créditos disponibles.
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