Inversiones en empresas de inserción sociolaboral
El 80 % de la inversión, hasta 20.000 €, con solo 400 € de importe mínimo por elemento. Admite maquinaria, vehículos industriales, equipos informáticos y hasta el derecho de traspaso de un negocio, y también bienes de segunda mano.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de inserción sociolaboral de Navarra desde el momento de su calificación provisional, que realicen las inversiones en centros de trabajo de la Comunidad Foral
- Cuánto se cobra
- Hasta el 80 % de la inversión proyectada, con un máximo de 20.000 € por empresa y una cofinanciación propia mínima del 20 %
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 210.000 € para 2026, partida 950001 96100 7709 241204
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 883317.
Objeto
Financia las inversiones de las empresas de inserción sociolaboral de Navarra para reforzar su competitividad y favorecer el desarrollo de su actividad y la generación de empleo (base 1).
Son subvencionables las inversiones que contribuyan a crear o consolidar empleo, generar nuevas actividades económicas o mejorar la competitividad. Las inversiones deben realizarse en centros de trabajo ubicados en Navarra.
Es la línea de inversión del paquete de empresas de inserción, complementaria a la de contratación de personas en exclusión (3.000.000 €) y a la de asistencia técnica (750.000 €). Con un 80 % de intensidad y un mínimo de 400 € por elemento, es de las ayudas más accesibles del catálogo navarro para este tipo de empresa.
Quién puede solicitarla
Las empresas de inserción sociolaboral desde el momento de su calificación provisional. No se exige antigüedad, a diferencia de la línea de contratación, que en algunos supuestos pide dos años de funcionamiento.
Requisitos: estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y no incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley Foral 11/2005, acreditado por declaración responsable.
Una única solicitud por empresa y convocatoria.
Qué inversión entra
Conceptos subvencionables
- Acondicionamiento de locales de uso exclusivo para la actividad de la empresa de inserción, acompañando el proyecto correspondiente a la solicitud.
- Derechos de traspaso de negocio, excluidas las existencias o mercancías destinadas a la venta.
- Maquinaria y utillaje.
- Equipos informáticos y aplicaciones informáticas, siempre que estén indudablemente ligadas a la actividad.
- Equipos de oficina y mobiliario.
- Vehículos necesarios y exclusivos para la actividad, solo industriales o comerciales: aquellos cuyo código de clasificación en la ficha técnica no empiece por 03, 04 o 06.
Requisitos de las inversiones
- Realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre y pagadas antes del 5 de noviembre del mismo año.
- Importe mínimo de 400 € sin IVA por concepto de inversión, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
- Cofinanciación de la empresa de al menos el 20 % del importe.
Bienes de segunda mano
Se admiten, con una de estas dos condiciones: que el proveedor sea una empresa cuya actividad económica sea la venta o adecuación de bienes usados, o presentar tres ofertas que acrediten que se elige la opción más económica. Los edificios y construcciones ya usadas que se adquieran tienen la consideración de activos fijos materiales nuevos.
No son inversión en inmovilizado las financiadas mediante leasing, ni la cuantía correspondiente a la liquidación de impuestos.
Cuantía, plazo y tramitación
Hasta el 80 % de la inversión proyectada, con un máximo de 20.000 € por empresa.
Los costes deben ser reales, efectivamente realizados y pagados, y justificados con facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente.
Plazo
- Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BON.
- No solicitar en plazo se entiende como renuncia; las solicitudes fuera de plazo se inadmiten.
- Tramitación electrónica desde la opción «Tramitar» de la ficha del trámite.
El órgano gestor concede la subvención para todo el periodo solicitado.
Cómo está construida. Las bases vigentes son las de la Resolución de 2 de marzo de 2021, y cada año se renueva solo la autorización de gasto. El documento publicado en la BDNS lleva la cifra de aquel ejercicio (125.000 €); el crédito de 2026 es de 210.000 €.
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Texto oficial
Resolución de 2 de marzo de 2021, con las bases reguladoras vigentesFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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