Inversiones de empresas artesanas
El 75 % de la inversión en un taller artesano, hasta 12.000 € por empresa. La inversión mínima para pedirla es de solo 200 € si es una mejora de la web, y de 500 € si es maquinaria. Exige estar inscrito en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra, o con la solicitud de inscripción o renovación presentada antes de la publicación de la convocatoria, y de alta en la Seguridad Social por la actividad artesana
- Cuánto se cobra
- 75 % de la inversión sin IVA, con máximos de 11.000 € en obra, 7.500 € en equipamiento y 5.000 € en transformación digital, y un tope de 12.000 € por empresa
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con prelación separada por clase de actuación
- Presupuesto
- 100.000 €, repartidos en 35.000 € para obra y 65.000 € para equipamiento y transformación digital
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 895548.
Objeto
Financia inversiones de modernización y acondicionamiento de talleres artesanos, mejora de su equipamiento y desarrollo tecnológico que posibilite la venta online de los productos elaborados (base 1).
| Clase de actuación | Crédito | Máximo | Inversión mínima |
|---|---|---|---|
| 1) Instalación, traslado, reforma y modernización de talleres | 35.000 € | 11.000 € | 4.000 € |
| 2) Equipamiento y 3) transformación digital | 65.000 € | 7.500 € equipamiento | 500 € equipamiento |
| 5.000 € digital | 1.000 € tienda online | ||
| 200 € desarrollo evolutivo de web | |||
| 500 € programas de gestión |
75 % de la inversión sin IVA en todas las actuaciones, con un tope global de 12.000 € por empresa. Si al acumular actuaciones se supera, se dan 3 días hábiles antes de la resolución para elegir cuál se subvenciona.
Los umbrales de entrada son los más bajos de todo el catálogo navarro: con 200 € de inversión en la mejora de una web ya existente se puede concurrir. Para un artesano autónomo es la ayuda más accesible que hay.
Periodo de ejecución: inversiones ejecutadas, facturadas y pagadas entre el 11 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026.
Quién puede solicitarla
Pymes que cumplan dos requisitos específicos (base 4.2):
- Estar inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra, o haber presentado la solicitud de inscripción o de renovación antes de la publicación de la convocatoria en el BON —y que esa solicitud resulte positiva—.
- Estar de alta en la Seguridad Social en la fecha de la solicitud, en el régimen que corresponda por la actividad artesana.
Los seis meses de alta
La empresa debe cumplir los requisitos de empresa artesana durante todo el periodo de realización de las actuaciones, y solo se admiten las realizadas mientras los cumple y mientras figura de alta en la Seguridad Social. El periodo mínimo de alta durante el periodo subvencionable es de 6 meses.
Tampoco pueden ser beneficiarias las empresas que desarrollen alguna de las actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025, de medidas urgentes contra el genocidio en Gaza.
Qué inversión entra
Obra y modernización
Obras y acondicionamiento de talleres existentes o de nuevos locales necesarios para la actividad productiva artesanal. También se admiten en locales destinados a la venta y comercialización de los productos, se realice o no allí la producción.
Incluye redacción del proyecto técnico y dirección de obra, hasta el 20 % del presupuesto de las inversiones admisibles.
Si la obra afecta a la vez a la vivienda particular y al taller, solo se subvenciona la parte proporcional con vinculación directa e inequívoca al oficio artesano —también en los honorarios técnicos—.
Equipamiento
Adquisición, montaje e instalación de maquinaria, herramienta y útiles de producción específicos, portes incluidos, y mobiliario de los locales de producción y de venta.
La maquinaria de segunda mano se admite con condiciones: la suministradora debe ser la fabricante, comercializadora o una empresa cuya actividad ordinaria sea la venta de equipos usados. No se admite la compra a particulares ni a otros talleres artesanos, y el órgano instructor puede pedir peritación del precio.
Transformación digital
- Tienda online: sobre sistemas estándar, adaptada a móvil, y en plataformas B2C con contratación y pago online en tiempo real.
- Desarrollos evolutivos de webs que ya tengan comercio electrónico, siempre que supongan mejora sustancial o nuevas funcionalidades y tengan consideración de inversión, no de mantenimiento.
- Programas de gestión: software y soluciones TIC para mejorar la gestión de clientela, proveedores o el proceso de pago.
Excluido
- Tributos, licencias y permisos; adquisición del local o del taller.
- Trabajos realizados por la propia empresa y cualquier supuesto de autofacturación.
- Bienes fungibles, materia prima y gastos que intervengan en la elaboración del producto.
- Mobiliario, equipos o herramienta no relacionados con el proceso productivo artesano.
- Ordenadores, portátiles, tablets y móviles.
- Mantenimiento de web, dominio, hosting o programas; gestión de redes sociales y marketing digital.
Cómo se puntúa
Concurrencia competitiva con prelación separada por clase de actuación.
| Criterio | Máximo |
|---|---|
| 2. Subvenciones recibidas en 2022-2025 | 21 |
| 1. Tamaño de la empresa | 8 |
| 4. Clase de inversión solicitada | 6 |
| 3. Difusión y visibilidad del oficio | 4 |
El criterio del histórico, que domina el baremo
Vale 21 de los 39 puntos posibles y funciona como una escala descendente muy fina: 21 puntos si no se ha recibido nada, 20 hasta 500 €, y bajando un punto por cada tramo de 500 € hasta llegar a 0 por encima de 10.000 €.
Cuando varios empresarios individuales registrados como empresas artesanas comparten el mismo taller, se suman las subvenciones que todos ellos hayan recibido para ese taller por el concepto de instalación y modernización. No computan las subvenciones a las que se renunció en plazo.
Tamaño
8 puntos microempresa, 4 pequeña empresa.
Difusión del oficio
- 4 puntos por abrir el taller a turistas y visitantes para mostrar el proceso de producción. Solo se valoran las visitas guiadas, y hay que acreditarlo con folletos, programa de visitas en la web o calendario de aperturas. Esta documentación no es subsanable: si no se presenta dentro del plazo de solicitud, los puntos se pierden.
- 2 puntos por tener un local dedicado única y exclusivamente a exposición y venta de artesanía.
- No se acumulan: se aplica uno de los dos.
Clase de inversión
5 puntos por equipamiento o por transformación digital, y 1 punto adicional si esas actuaciones incluyen mobiliario de trabajo, almacenaje, mostradores, vitrinas o estanterías por más del 25 % del importe total solicitado. Cada solicitud obtiene una única puntuación en este criterio.
Empates
Se dirimen sucesivamente por: fecha de inscripción más antigua en el Registro de Empresas Artesanas, mayor puntuación en el criterio del histórico, y mayor importe de inversiones ya finalizadas al solicitar.
Plazo y documentación
- Plazo: un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BON.
- Telemática obligatoria para personas jurídicas y agrupaciones; las personas físicas pueden presentarla presencialmente. Si una persona jurídica la presenta en papel, la fecha que cuenta es la de la subsanación telemática.
- Subsanación: 10 días hábiles.
Documentación
- Declaraciones responsables de requisitos generales y de otras ayudas y minimis.
- Informe de vida laboral o certificado de la Seguridad Social que acredite el alta a la fecha de solicitud.
- Memoria técnica y económica con: conceptos e importes de las inversiones, fases y calendario de ejecución, estado de realización al solicitar, los motivos que aconsejan las inversiones y su utilidad dentro del proceso de elaboración de los productos artesanos, y si la maquinaria prevista es nueva o de segunda mano.
- Facturas si las inversiones ya están hechas, o presupuestos, proyectos o facturas proforma. No se admiten estimaciones de gasto basadas en apreciaciones del solicitante.
Navarra mantiene dos convocatorias distintas para el sector artesano con el mismo crédito de 100.000 € cada una: esta, de inversiones, y la de promoción de empresas artesanas (BDNS 900847), que cubre la participación en ferias y acciones de difusión. Son compatibles entre sí como expedientes separados y conviene plantearlas juntas.
Plazo sin fecha publicada
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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