INPYME — inversiones para la reindustrialización de pymes industriales
Del 30 % al 40 % de la inversión en maquinaria y activos productivos, hasta 200.000 € por empresa. Es la mayor bolsa de ayuda a la inversión industrial valenciana: 49,3 M€ repartidos en catorce sectores que compiten por separado.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes privadas con actividad industrial productiva en la Comunitat Valenciana, vinculadas a uno de los catorce sectores de la convocatoria y con al menos una persona contratada por cuenta ajena
- Cuánto se cobra
- 40 % en municipios en riesgo de despoblación, 30 % en el resto, con un máximo de 200.000 € por empresa
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con comparación separada dentro de cada sector y umbral mínimo de 50 puntos
- Presupuesto
- 49.300.000 €, línea S1461 del programa 722A00, ampliables en 20.000.000 € adicionales sin nueva convocatoria
- Organismo
- COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 886165.
Objeto
Subvenciona proyectos de inversión productiva que supongan reindustrialización: crear un establecimiento industrial nuevo, ampliar o modernizar uno existente, diversificar la producción o cambiar de forma esencial los procesos productivos.
La clave de esta convocatoria es que no se compite contra todas las pymes industriales a la vez: el crédito se reparte en catorce bolsas sectoriales y cada solicitud se compara solo con las de su sector. Eso cambia por completo el cálculo de probabilidades según dónde encaje el CNAE.
Inversión mínima
| Sector | Presupuesto mínimo (sin IVA) |
|---|---|
| Deporte, biotecnología, producción audiovisual y de videojuegos | 10.000 € |
| Todos los demás | 20.000 € |
Si en la fase de justificación el importe admitido no alcanza ese mínimo, se revoca la subvención entera y se pierde el derecho al cobro. No es una minoración proporcional: es todo o nada.
Los catorce sectores
El importe global se reparte a partes prácticamente iguales, 3.521.428,57 € por sector:
- Automoción, defensa y seguridad, sector espacial y aeronáutica, semiconductores.
- Biotecnología, producción audiovisual y de videojuegos; y sector agroalimentario.
- Cerámica, vidrio, construcción industrializada y materiales de construcción no metálicos.
- Cuero y calzado.
- Envases y embalajes.
- Juguete, industria del deporte y otras industrias manufactureras.
- Hábitat: madera, muebles, equipamiento de baño y cocina, aparatos de iluminación.
- Mármol, piedra natural y áridos.
- Metal mecánico.
- Papel y artes gráficas.
- Plástico.
- Químico.
- Textil.
- Valorización de materiales.
El sector agroalimentario tiene una restricción propia: solo se admiten solicitudes si la inversión se realiza en uno de los municipios despoblados o en riesgo de despoblación del anexo IV. Fuera de esos municipios, una empresa agroalimentaria no puede concurrir.
El reparto es estimativo. Los sectores excedentarios ceden crédito a los deficitarios de forma proporcional, según el criterio (importe de gasto o número de solicitudes) que permita atender más solicitudes. La redistribución definitiva se publica en el DOGV antes de la resolución.
Beneficiarios y requisitos
Pequeñas y medianas empresas privadas que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada a los sectores de la convocatoria, y que tengan al menos una persona trabajadora por cuenta ajena en la fecha de la solicitud.
Quién queda excluido de entrada
- Las personas físicas y las comunidades de bienes.
- Quienes no consten registrados como empresa en la Seguridad Social.
Estas solicitudes se inadmiten directamente, sin requerimiento previo de subsanación.
Acreditar la vinculación sectorial
Es el punto donde más solicitudes caen. La vinculación se acredita únicamente con la nota informativa del Registro Mercantil, del Registro de Cooperativas o del de Sociedades Laborales, con antigüedad máxima de un mes, en la que debe constar al menos un CNAE que coincida con los del anexo I.
La convocatoria dice expresamente que no se admiten escrituras de constitución, declaraciones de IAE ni ninguna otra documentación como forma de acreditar el sector. Si la nota registral no recoge el CNAE correcto, la solicitud se inadmite y se excluye de la baremación sin opción a subsanar.
Otras condiciones
- La empresa debe estar válidamente constituida e inscrita en el registro correspondiente al presentar la solicitud.
- Una sola solicitud por empresa, para un único proyecto. Todas las inversiones en un mismo municipio cuentan como un proyecto único, aunque estén en varios establecimientos. Si se presentan varias, vale solo la última en plazo.
- No se admiten inversiones en un municipio distinto al indicado en la solicitud.
- Para subvenciones de más de 30.000 €, no pueden ser beneficiarias las empresas que incumplan los plazos de pago de la Ley 3/2004 de morosidad.
- Quedan fuera las empresas en situación concursal sin convenio aprobado judicialmente.
Cuantía
| Ubicación de la inversión | Porcentaje |
|---|---|
| Íntegramente en municipios del anexo IV (despoblados o en riesgo) | 40 % |
| Resto de la Comunitat Valenciana | 30 % |
Sobre ese resultado se aplican dos topes: 200.000 € máximo por empresa y el límite de minimis de 300.000 € en tres años considerando el grupo como empresa única.
Para agotar los 200.000 € hace falta una inversión de 500.000 € en municipio ordinario, o de 500.000 € × 30/40 = 666.667 € frente a 500.000 € según el caso: en zona despoblada basta con invertir 500.000 €, fuera de ella hacen falta 666.667 €.
Gastos que entran
- Maquinaria, aparatos, equipos y activos materiales vinculados a la producción: moldes y matrices, equipos de control de calidad, laboratorios internos y salas blancas, transformadores, depuradoras, equipos de transporte interno, vehículos vinculados a producción (no a distribución ni logística externa), almacenaje y embalaje, prevención y extinción de incendios y seguridad industrial.
- Mejoras de maquinaria preexistente mediante cambio de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en eficiencia energética, capacidad productiva o seguridad.
- Activos inmateriales: patentes, marcas, modelos de utilidad, licencias de fabricación, diseños industriales, software y aplicaciones hechas por terceros, gemelos digitales y simulación, mantenimiento predictivo, sensorización, CRM y ERP. También el pago por uso sin adquisición desde el 1 de enero de 2026.
- Registro y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños generados por la empresa.
- Certificaciones técnicas y de calidad, homologación, normalización y ensayos de seguridad de tercera parte.
- Ingeniería industrial o tecnológica externa necesaria para ejecutar el proyecto.
Gastos que no entran
- Teléfonos móviles, ordenadores personales, servidores, impresoras, tabletas y consolas destinados a funciones administrativas.
- Puertas, control de accesos, vestuarios, baños, suelos, antirrobo y equipamiento de despachos.
- Instalaciones solares térmicas o fotovoltaicas de autoconsumo.
- Cualquier inversión relativa a seguridad laboral —que es prevención de riesgos— frente a la seguridad industrial, que sí entra.
- Software de propósito general: sistemas operativos, ofimática, correo, redes, edición genérica de textos o imágenes.
- Consultoría de gestión y tramitación de subvenciones, licencias, autorizaciones y legalizaciones.
Cómo se puntúa
Cien puntos repartidos en cinco bloques, con umbral mínimo global de 50 puntos para entrar en la priorización sectorial, y dos umbrales parciales que funcionan como filtro eliminatorio.
| Bloque | Máximo | Umbral |
|---|---|---|
| I. Descripción de la empresa | 8 | 3 |
| II. Motivación, viabilidad y descripción técnica | 55 | 15 |
| III. Mejora de la competitividad | 12 | — |
| IV. Mejora de la sostenibilidad | 12 | — |
| V. Solución de problemas sociales | 13 | — |
Dónde están los puntos de verdad
El bloque II concentra más de la mitad de la nota, y dentro de él la descripción técnica vale 40 puntos: detallar de forma pormenorizada e individualizada cada activo, coste e ingeniería de la tabla de costes (25), aportar documentación técnica de los activos (2,5 a 5 según calidad), aportar factura o presupuesto (2,5, o 5 si se aportan varios), un diagrama de bloques o de flujo con la ubicación de cada activo en el proceso (3) y un plano de distribución (2).
Los 10 puntos de la despoblación
En el bloque V, situar íntegramente la inversión en un municipio del anexo IV vale 10 de los 13 puntos del bloque. Sumado al 40 % de intensidad frente al 30 %, la ubicación es la variable que más mueve el resultado de toda la convocatoria.
Huella de carbono: proveedores valencianos
| Coste provisto por empresas de la Comunitat Valenciana | Puntos |
|---|---|
| 100 % | 4 |
| Más del 75 % | 3 |
| Más del 50 % | 2 |
| Más del 30 % | 1 |
No identificar todas las ubicaciones de los proveedores o el porcentaje valenciano deja este apartado en 0 puntos.
Otros criterios
- Experiencia en la actividad proyectada: 0 puntos con menos de 5 años, 1 entre 5 y 7, 2 entre 7 y 10, 3 con más de 10.
- Creación de empleo: 1 punto por contrato, máximo 2. Vale cualquier modalidad, incluidos temporales y parciales.
- Apoyo a proyectos sociales: 1 punto por aportaciones superiores a 1.000 € a entidades sin ánimo de lucro dedicadas a personas vulnerables durante 2025 y 2026, acreditadas por certificado de la entidad.
Empates
Se resuelven consecutivamente por: inversión en municipio del anexo IV, mayor porcentaje de plantilla con discapacidad acreditado documentalmente con la solicitud, y a continuación el resto de criterios de la convocatoria.
Plazos y tramitación
- Plazo de solicitud: del 16 de febrero de 2026 a las 09:00 al 10 de marzo de 2026, hasta las 23:59:59 hora peninsular.
- Puesta en funcionamiento de los activos: entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de justificación. Se entiende por puesta en funcionamiento que estén instalados en el establecimiento y disponibles para uso productivo.
- Plazo máximo de justificación: 4 de noviembre de 2026.
La memoria no es subsanable
Al ser concurrencia competitiva, la evaluación se hace exclusivamente sobre la información aportada dentro del plazo de solicitud. No se admiten mejoras, adiciones ni sustituciones posteriores. Y no presentar la memoria descriptiva no es un defecto subsanable: se acuerda de oficio la inadmisión por imposibilidad de evaluar el expediente. El resto de documentación sí admite subsanación en 10 días hábiles.
Prórroga de la puesta en marcha
Tras la resolución de concesión se puede pedir de forma motivada una ampliación de hasta 9 meses desde el fin del plazo de justificación para poner en funcionamiento algunos activos. Obliga a presentar, en los 10 días hábiles siguientes, una adenda al informe de la empresa auditora. No presentarla supone la revocación total o parcial con intereses de demora.
Si el crédito no llega
Cuando la comisión propone un importe inferior al solicitado por falta de crédito, se puede instar la reformulación de la solicitud para ajustar compromisos. Además se forma una lista de reserva encabezada por la primera empresa excluida del sector deficitario con la nota de corte más alta, y se puede dictar resolución complementaria si aparece crédito sobrevenido.
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