INNOVA: proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental
Hasta el 65 % de un proyecto de I+D para una pyme, con 5.000.000 € de dotación y un presupuesto subvencionable de hasta 1.000.000 € por empresa. Se puntúa sobre 100 y el porcentaje que se cobra depende de la nota respecto a la del mejor proyecto: quedar segundo cuesta dinero.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de cualquier forma jurídica —también fundaciones y asociaciones con actividad mercantil— titulares en Cantabria de una actividad económica de las recogidas en las bases, dadas de alta en el IAE y en la Seguridad Social. También empresas de nueva creación con NIF
- Cuánto se cobra
- Del 30 % al 65 % de los gastos según tipo de proyecto y tamaño de empresa, corregido por la puntuación obtenida
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con baremo de 100 puntos, umbral de 50 puntos y coeficiente reductor si el crédito no alcanza
- Presupuesto
- 5.000.000 €, expediente de tramitación anticipada plurianual 2026/IN/2, con distribución estimada de 0 € en 2026, 1.000.000 € en 2027 y 4.000.000 € en 2028. La BDNS publica la misma cifra global
- Organismo
- CANTABRIA. Código BDNS 895216.
Objeto
INNOVA es la línea de I+D empresarial de Cantabria y, con 5.000.000 €, la convocatoria de innovación mejor dotada de la comunidad. Financia investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad cuyo objetivo final sean nuevos productos, procesos o servicios.
| Tipo de actuación | Qué es |
|---|---|
| Investigación industrial | Investigación planificada para adquirir nuevos conocimientos útiles para desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorarlos considerablemente. Incluye prototipos en laboratorio y líneas piloto para validar tecnología genérica |
| Desarrollo experimental | Combinar y aplicar conocimientos ya existentes para elaborar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados: prototipos, demostración, proyectos piloto, ensayo y validación en entornos representativos de condiciones reales |
| Estudios de viabilidad | Evaluación del potencial de un proyecto. Solo son subvencionables si acompañan a un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental |
Dos exclusiones que definen el encaje
- No se subvencionan proyectos con tecnologías maduras, es decir, probadas, fiables y de uso extendido. Si la tecnología ya está asentada, la línea que toca es otra.
- El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas en productos, líneas de producción o procesos, aunque supongan mejoras.
Se puede presentar más de un proyecto por empresa, pero con un presupuesto subvencionable máximo de 1.000.000 € por empresa sumando todos.
Quién puede solicitarla
Cualquier empresa, sea cual sea su forma jurídica, válidamente constituida en el momento de solicitar, que sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas de las bases y esté de alta en el epígrafe del IAE y en la Seguridad Social. También pueden serlo las fundaciones y asociaciones que realicen actividad mercantil en las mismas condiciones.
Un detalle poco habitual y muy útil: las empresas de nueva creación pueden concurrir con solo tener NIF, aunque todavía no estén de alta en la Seguridad Social; bastará con acreditar la actividad laboral a la fecha de justificación.
Quedan fuera:
- Empresas en crisis según el punto 18 del artículo 2 del Reglamento General de Exención por Categorías, o en dificultades según el artículo 3.3 d) del Reglamento (CE) 1301/2013.
- Empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente por ayudas ilegales.
- Empresas que no tengan hecha la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva conforme al Real Decreto 39/1997. Es un requisito que se declara pero se comprueba, y que deja fuera a bastantes pymes sin servicio de prevención al día.
El tamaño se determina por el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014: pyme es la que ocupa a menos de 250 personas y factura hasta 50 millones o tiene un balance de hasta 43 millones.
Cuantía: la intensidad se corrige por la nota
Éste es el mecanismo que distingue a INNOVA y conviene entenderlo bien, porque no funciona como una subvención al uso.
Intensidades máximas
| Tipo de proyecto | PYME | Gran empresa |
|---|---|---|
| Investigación industrial | 65 % | 55 % |
| Desarrollo experimental | 40 % | 30 % |
| Estudios de viabilidad | 65 % | 55 % |
| Patentes y activos inmateriales (solo pyme) | 50 % | — |
| Informe del auditor de cuentas | 35 % | 25 % |
Y la fórmula que las recorta
Esos porcentajes son máximos que solo alcanza el proyecto mejor valorado. Para el resto:
Gasto subvencionado = gasto solicitado × intensidad máxima × (puntuación propia ÷ puntuación del mejor valorado)
Es decir, un proyecto de investigación industrial de una pyme que saque 60 puntos cuando el mejor saca 90 no cobra el 65 %, sino el 65 % × 60/90, o sea un 43 %. La diferencia entre una memoria bien hecha y una regular no es entrar o quedarse fuera: es una tercera parte de la ayuda.
Hay además un umbral de 50 puntos: por debajo, no hay subvención. Y si el crédito no alcanza para todas las que lo superen, se aplica a todas un coeficiente reductor, de modo que nadie se queda fuera pero todos cobran menos.
Compatibilidad
Incompatible con cualquier otra ayuda del Gobierno de Cantabria, sus organismos autónomos y entidades dependientes destinada al mismo proyecto —incluida SODERCAN—. Compatible con ayudas de otros entes ajenos al Gobierno de Cantabria, siempre que la acumulación no supere las intensidades de la tabla; si las supera, la subvención se reduce automáticamente.
Qué gastos entran
- Personal directamente ligado al proyecto, con un límite del 70 % del presupuesto total subvencionable para personal investigador o técnico. Solo puede imputar horas el personal con contrato laboral de los grupos 1 o 2 de cotización, y el autónomo socio de la empresa que ejerza funciones de dirección o gerencia —incluidos los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado—.
- Instrumental y material de nueva adquisición cuya vida útil se ajuste a la duración del proyecto, o su alquiler. El gasto de materias primas y combustibles no puede pasar del 50 % del gasto total subvencionable.
- Investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos de fuentes externas en condiciones de plena competencia, y consultoría destinada en exclusiva al proyecto.
- Solo pyme: obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, excluidas las cuotas o pagos anuales.
- El informe del auditor de cuentas exigido para justificar.
Los costes por hora, que están tasados
| Categoría profesional | Coste máximo por hora |
|---|---|
| Dirección técnica del proyecto | 50,00 € |
| Técnico superior | 41,00 € |
| Técnico medio | 28,00 € |
Con una dedicación anual máxima de 1.720 horas por persona. El coste-hora real se calcula como retribuciones más cuota patronal, dividido entre las horas anuales de convenio; si sale por encima del tope, manda el tope.
Lo que no entra
- Gastos que constituyan una actividad permanente o periódica de la empresa o el funcionamiento normal de la misma.
- Compras a empresas vinculadas, socias o partícipes, o cualquier supuesto de autofacturación. Excepción importante: sí se admite subcontratar a universidades y a entidades del Registro de Centros Tecnológicos aunque haya vinculación.
El efecto incentivador: no empezar antes de solicitar
Al tratarse de una ayuda amparada en el Reglamento General de Exención por Categorías, hay que acreditar efecto incentivador: la fecha de inicio del proyecto tiene que ser igual o posterior a la de la solicitud.
Y no basta con presentar cualquier papel: para que la solicitud cuente a estos efectos debe incluir, como mínimo, nombre y tamaño de la empresa, descripción del proyecto con fechas de inicio y fin, ubicación, lista de costes e importe de la financiación pública necesaria. Si falta alguno de esos cinco datos, el efecto incentivador no queda acreditado.
El plazo de ejecución va desde esa fecha de inicio hasta la fecha que fije la resolución de concesión. Los gastos deben estar facturados y pagados dentro de ese plazo, con la fecha valor del cargo bancario como fecha de pago; solo los gastos de personal y el informe del auditor pueden pagarse en el mes siguiente.
Cómo se puntúa
Baremo de 100 puntos con cuatro bloques. Éstos son los tres primeros, que suman 65:
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Carácter innovador: grado de innovación respecto al estado del arte —completamente nuevo 20, amplia mejora 15, mejora significativa 10, leve mejora 5, ninguna 0— más 5 puntos si se pide subvención para patentar los resultados | 25 |
| Interés del proyecto: 5 puntos por contratar con empresas u organismos de Cantabria, 10 puntos por incluir un plan para producir en Cantabria y 5 puntos por contratar nuevo personal técnico o investigador de los grupos 1 y 2 | 20 |
| Impacto en la competitividad: plan de introducción en el mercado, creación de una nueva línea de producto y plan de exportación | 20 |
Dos observaciones prácticas. La primera: los 10 puntos del plan para producir en Cantabria son el punto más rentable del baremo y se consiguen redactando, no gastando. La segunda: se considera nuevo personal el que no haya estado contratado en la empresa —ni en ninguna vinculada— en los dos años anteriores a la solicitud.
Evalúa un Comité de Evaluación presidido por la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial, que puede pedir informe técnico externo garantizando la confidencialidad de los proyectos.
Plazo, trámite y obligaciones
Dos meses desde el día siguiente a la publicación del extracto, que salió en el BOC número 63, de miércoles 1 de abril de 2026. El plazo terminó, por tanto, el 1 de junio de 2026.
Discrepancia con la BDNS: el registro publica como cierre el 24 de mayo de 2026. Es una estimación del propio registro, que no incorpora la fecha del extracto. La buena es la que resulta de los dos meses.
Presentación exclusivamente electrónica en sede.cantabria.es con el anexo I, firmada por el representante legal. Los ficheros adjuntos deben ir en PDF y no pasar de 3 MB cada uno. Para subsanar hay diez días hábiles.
Hay que aportar tres ofertas de proveedores distintos para cualquier coste que supere los 15.000 € del contrato menor, con fecha anterior a la prestación del servicio o entrega del bien. Y si se va a subcontratar, hay que pedir autorización previa y adjuntar el borrador del contrato.
Permanencia y FEDER
El proyecto debe desarrollarse y el gasto realizarse en el centro de trabajo de Cantabria, y la empresa queda obligada a mantener su actividad en Cantabria tres años si es pyme y cinco si es gran empresa, contados desde el pago de la subvención.
Al estar cofinanciada hasta el 60 % por el FEDER, la aceptación de la ayuda arrastra obligaciones adicionales: figurar en la lista pública de operaciones, llevar contabilidad separada o códigos contables específicos, conservar los justificantes cinco años desde el 31 de diciembre del año del último pago, y cumplir la publicidad —descripción del proyecto en la web y redes, y al menos un cartel de tamaño mínimo A3 visible al público—. La justificación incluye una memoria de publicidad con pruebas documentales: fotografías del cartel, capturas de la web, folletos.
Y una cautela sobre el dinero: la distribución por anualidades asigna 0 € a 2026, 1.000.000 € a 2027 y 4.000.000 € a 2028, condicionados a que exista crédito en cada ejercicio. Es una ayuda que se concede pronto y se cobra tarde.
Cuándo vuelve a convocarse
Es una línea consolidada —«como en años anteriores», dice la propia orden— que se convoca cada primavera al amparo de las bases de la Orden IND/23/2023, de 20 de marzo (BOC núm. 64, de 31 de marzo de 2023). Esas bases ya incorporaron un aumento de las intensidades máximas y la subida de la cofinanciación FEDER del 50 % al 60 %.
El calendario de 2026 fue: orden de 23 de marzo, extracto el 1 de abril y dos meses de plazo. Lo razonable es vigilar el BOC durante todo el mes de marzo.
Y como el efecto incentivador impide empezar el proyecto antes de solicitar, la planificación tiene que ir por delante: conviene tener la memoria técnica, el presupuesto por partidas y las tres ofertas preparadas antes de que salga la convocatoria, para poder presentar en los primeros días y arrancar el proyecto cuanto antes.
Junto a INNOVA, la misma Dirección General convoca INDUSTRIA 4.0 —para implantar tecnología ya existente, TRL 5 a 9— y los Cheques de Innovación. Como las tres son incompatibles entre sí para un mismo proyecto, la primera decisión es cuál encaja: si la tecnología está madura, INNOVA no es la vía.
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