Promoción de la iniciativa empresarial — Berriz 2026
3.000 € por montar un negocio nuevo en Berriz, y 3.000 € más si es a pie de calle con atención al cliente en el casco urbano. Sin porcentajes ni baremos: se conceden por orden de registro, se cobran en un solo pago y solo hay que justificar cuota de Seguridad Social o material técnico. Abierta hasta el 1 de noviembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas que establezcan una nueva unidad de negocio en el término municipal de Berriz y permanezcan en la actividad al menos seis meses, siempre que no sean dependientes ni estén societariamente vinculadas a administraciones, entes u organismos públicos
- Cuánto se cobra
- 3.000 € por la nueva iniciativa empresarial, más otros 3.000 € adicionales si el negocio tiene atención al cliente a pie de calle dentro del casco urbano de Berriz. Hasta 6.000 € en total
- Procedimiento
- Concesión por orden de registro a quienes cumplan los requisitos, condicionada a la posterior justificación y al límite presupuestario
- Presupuesto
- 21.000 €
- Organismo
- BERRIZ. Código BDNS 905758.
Una cantidad fija, sin porcentaje
Berriz no calcula un porcentaje de la inversión: paga cantidades fijas por el hecho de abrir.
| Supuesto | Importe |
|---|---|
| Nueva iniciativa empresarial en Berriz | 3.000 € |
| Adicional si el negocio tiene atención al cliente a pie de calle dentro del casco urbano | +3.000 € |
| Total máximo | 6.000 € |
Es un diseño poco frecuente y muy favorable para el cliente: la ayuda no depende de cuánto se gaste. Un negocio de servicios que arranca con poca inversión cobra lo mismo que uno que reforma un local entero, siempre que justifique el gasto mínimo exigido.
Con 21.000 € de dotación, la convocatoria da para entre tres y siete proyectos según cuántos cumplan la condición del pie de calle.
Cómo se reparte
Las ayudas se concederán por orden de registro y siempre que cumplan los requisitos establecidos.
No hay valoración comparativa ni puntuación. Es la convocatoria más clara del catálogo municipal vasco en este punto: quien llega antes cobra. La recomendación operativa es única: presentar en cuanto se abra el plazo.
Requisitos y gastos
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que establezcan una nueva unidad de negocio en el municipio durante el año natural de la convocatoria, con dos condiciones:
- Permanecer en la actividad al menos 6 meses.
- No ser dependientes ni estar societariamente vinculadas a administraciones, entes u organismos públicos, y no haber sido excluidas del acceso a subvenciones públicas.
No se exige residencia previa en Berriz, ni tamaño de empresa, ni epígrafe concreto de IAE, ni número mínimo de personas trabajadoras. Es de las convocatorias con menos filtros de entrada.
A qué se puede destinar
La subvención puede destinarse a:
- Gastos de Seguridad Social.
- Material técnico relativo a la actividad a desarrollar.
Deben ser efectivos en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad.
Que la cuota de autónomo sea gasto justificable directo es lo que hace viable la ayuda para un negocio sin inversión material: seis meses de cotización bastan para justificar buena parte de los 3.000 €. Conviene decirlo así al cliente, porque muchos descartan estas ayudas creyendo que necesitan facturas de equipamiento.
Tramitación, pago y justificación
Solicitud en impreso normalizado, disponible en la sección de subvenciones de la web municipal, firmada por quien ostente la representación.
Documentación
Verificable de oficio por el Nodo de Interoperabilidad de Bizkaia: DNI y certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
A aportar: CIF de la empresa, datos registrales y escrituras de constitución —o el contrato privado sellado por la Hacienda Foral en el caso de sociedades civiles sin personalidad jurídica— y el presupuesto de gastos previstos.
Si la solicitud está incompleta hay diez días para subsanar.
Pago
El abono de las ayudas se efectuará en un único pago en un plazo máximo de dos meses tras la presentación de la solicitud.
Dos meses desde la solicitud, no desde la justificación. Para un negocio que acaba de abrir, es una inyección de tesorería en un plazo muy corto: el resto de convocatorias municipales suele pagar tras justificar y bastante más tarde. La resolución se comunica por escrito en un plazo no superior a seis meses.
Justificación
Hay que justificar en un plazo máximo de 7 meses desde el inicio de la actividad empresarial, aportando:
- Certificados actualizados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Facturas o justificantes originales de los gastos generados —Seguridad Social y material técnico—.
- Publicidad de la subvención recibida.
El último requisito es fácil de olvidar y su incumplimiento conlleva la pérdida del derecho y la devolución de lo cobrado con intereses de demora. Conviene dejar resuelto desde el principio cómo se hará constar el apoyo municipal —cartel en el local, mención en la web o en redes—.
Plazo
La convocatoria de 2026 se registró en la BDNS y está abierta hasta el 1 de noviembre de 2026. Las bases fijan que las solicitudes pueden presentarse desde el día siguiente a la publicación de cada convocatoria y hasta la fecha que fije el decreto de alcaldía de cada año.
Compatibilidad, calendario y para qué cliente
Compatibilidad amplia
La concesión de estas ayudas será compatible con cualquier otra otorgada por otras administraciones públicas para este concepto sin que, en ningún caso, la cuantía percibida por la suma de las subvenciones compatibles pueda superar el importe del gasto justificado.
La única restricción es el coste total. Eso permite encadenar sin problema:
- MerkaEkin del Gobierno Vasco: 80 % hasta 25.000 € en apertura o transmisión de un comercio.
- Ekintzaile para el proyecto empresarial de nueva creación.
- Iniciativas emprendedoras de la Diputación Foral de Bizkaia.
Ahora bien, con el límite del gasto justificado hay que vigilar el solape en la cuota de Seguridad Social: es un concepto que varias convocatorias cubren y no se puede cobrar dos veces.
Cuándo vuelve a convocarse
Las bases son una ordenanza de vigencia indefinida, aprobada definitivamente y publicada en el BOB n.º 17 de 25 de enero de 2023 tras un periodo de exposición pública sin reclamaciones. Lo que se renueva cada año es la convocatoria, mediante decreto de alcaldía, que fija la dotación y la fecha de cierre.
La dotación «podrá verse modificada si el Ayuntamiento de Berriz así lo decidiese», según las propias bases. Conviene revisar el BOB y el tablón municipal cada primavera.
Para qué cliente
Cualquiera que abra negocio en Berriz. La relación entre importe y esfuerzo es de las mejores del catálogo vasco:
- Sin porcentaje: la ayuda no se recorta por invertir poco.
- Sin baremo: no hay memoria que puntuar, solo orden de registro.
- Cobro en dos meses desde la solicitud, en un solo pago.
- Justificación sencilla: cuota de Seguridad Social y material técnico.
La contrapartida es el compromiso de seis meses de actividad y el orden de registro, que en una dotación de 21.000 € se agota rápido. Para un cliente que planee abrir en Berriz, lo que hay que tener listo es la fecha: presentar el mismo día en que se publique la convocatoria.
Berriz está en el Duranguesado, junto a Elorrio, que ofrece hasta 4.000 € con un cálculo por conceptos. Para quien dude entre ambos municipios, Berriz paga más y con menos condiciones.
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