Cambia 360 · Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos de Madrid 2026
El 90 % del coste con IVA incluido en aparcamientos municipales para residentes, hasta 150.000 €, y el 65 % en garajes de comunidades de propietarios, hasta 50.000 €. Hay contador de crédito en tiempo real y lista de espera: se puede comprobar cada día si aún queda dinero antes de presentar.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de la concesión de aparcamientos públicos municipales para residentes (PAR) y sus comunidades de usuarios o cesionarios sin actividad económica; y comunidades de propietarios de edificios residenciales privados de más de dos viviendas titulares de aparcamientos colectivos
- Cuánto se cobra
- 90 % del coste subvencionable con IVA en el ámbito de aparcamientos para residentes, con el límite menor entre la fórmula 125.000 × log(n.º plazas)/50 y 150.000 €; y 65 % en aparcamientos residenciales privados, con un máximo de 50.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva simplificada por orden de presentación, con lista de espera informativa y reasignación de crédito entre ámbitos
- Presupuesto
- 1.000.000 € en 2026 —750.000 € para el ámbito 1 y 250.000 € para el 2—, ampliables en hasta 1.000.000 € más
- Organismo
- MADRID. Código BDNS 891689.
Dos ámbitos con intensidades muy distintas
| Ámbito | Quién | Intensidad | Límite | Crédito |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Aparcamientos para residentes (PAR) de titularidad municipal | 90 % del coste subvencionable, IVA incluido | el menor entre 125.000 × log(n.º plazas)/50 y 150.000 € | 750.000 € |
| 2 | Aparcamientos de uso residencial privado | 65 % del coste subvencionable, IVA incluido | 50.000 € | 250.000 € |
El límite es por destinatario último y convocatoria, y solo se admite una solicitud por beneficiario: si se presentan varias, únicamente cuenta la primera.
Que la ayuda se calcule sobre el coste con IVA incluido es poco habitual y sube el importe real bastante por encima de lo que sugiere el porcentaje: un 90 % sobre base más IVA se acerca al coste total de la instalación. En el ámbito 1, además, el tope crece con el número de plazas por una fórmula logarítmica, así que los aparcamientos grandes llegan antes al techo de 150.000 €.
Quién puede pedirla
Ámbito 1:
- Titulares de la concesión para la explotación y gestión de aparcamientos públicos municipales de uso residencial (PAR).
- Comunidades de usuarios o de cesionarios de esos aparcamientos que no ejerzan actividad económica.
Ámbito 2: comunidades de propietarios reguladas por la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, en edificios residenciales privados de más de dos viviendas, titulares de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes.
Para una consultoría, el cliente natural aquí es la empresa concesionaria de un PAR: es la única figura del ámbito 1 que ejerce actividad económica —las comunidades de usuarios están expresamente excluidas si la ejercen— y accede al 90 % con IVA hasta 150.000 €. El ámbito 2 es terreno de administradores de fincas.
Qué se puede instalar y qué no
Es subvencionable la ejecución de preinstalaciones e instalaciones eléctricas para la recarga de baterías de vehículos eléctricos y la adquisición con instalación de puntos de recarga.
Tanto las instalaciones como las preinstalaciones deben respetar el esquema de recarga 1.a o 1.b del apartado 3 de la instrucción técnica complementaria ITC BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y contar con un circuito de recarga colectivo.
Costes subvencionables
- Proyecto, obra civil, ingeniería y dirección de obra de conducciones, bandejas y cableado de la instalación eléctrica, y su instalación, desde el contador principal del origen de la instalación hasta la estación de recarga donde se conecta el vehículo.
- La estación o estaciones de recarga de tipo SAVE (sistema de alimentación específico del vehículo eléctrico).
- El sistema de pago integrado en la estación, o los contadores de los puntos de recarga que no facilite la compañía distribuidora.
- La señalización de la infraestructura.
Lo que queda fuera
- Puntos de recarga en la vía pública.
- Infraestructura situada fuera del municipio de Madrid.
- Usos distintos de los previstos en el objeto de la convocatoria.
Fecha de contratación
La contratación de cualquiera de las prestaciones de la instalación debe ser posterior al 1 de enero de 2025, tomando como referencia la fecha de formalización de los contratos de suministro de bienes o servicios.
El contador de crédito en tiempo real
Solicitudes del 20 de abril al 20 de mayo de 2026, ambos incluidos.
La convocatoria incorpora algo que no es habitual: una página, actualizada a diario y accesible desde sede.madrid.es, donde el solicitante puede comprobar si queda crédito disponible, calculado sobre los importes de las solicitudes ya recibidas suponiendo que sean correctas.
Y una lista de espera que no es un descarte
Si en un ámbito se agotan los fondos, se siguen admitiendo solicitudes, que entran en un contador informativo llamado «Lista de espera». Desde ahí todavía se puede acabar siendo beneficiario por tres vías:
- Reasignación entre ámbitos: si un ámbito no completa el nivel de otorgamiento previsto, su crédito pasa al otro.
- Ampliación de crédito de hasta 1.000.000 € más, en cuyo caso se atiende por orden de prelación: primero el ámbito 1, después el 2.
- Sobrante por renuncia o desistimiento de otros beneficiarios.
La combinación de contador diario y lista de espera cambia el consejo habitual. Presentar aunque el contador diga que no queda dinero tiene sentido: el crédito puede duplicarse y la lista de espera es la única forma de estar en la cola cuando eso ocurra. Lo que no tiene sentido es dejar de presentar por ver el contador en rojo.
Procedimiento
Concurrencia competitiva simplificada del artículo 26.5.a) de la Ordenanza municipal: se concede a quienes cumplan todos los requisitos por orden de presentación, hasta agotar el presupuesto disponible o hasta que termine el plazo.
No puede ser beneficiario quien tenga pendiente de justificación alguna subvención del Ayuntamiento cuyo plazo ya venciera: se aprecia de forma automática y subsiste mientras persista la falta de justificación.
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Texto oficial
Convocatoria pública de subvenciones destinadas a la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos (Cambia 360), anualidad 2026 — texto completo en la BDNSExtracto de la convocatoria — BOCM de 19 de marzo de 2026 (BOCM-20260319-53)Un caso parecido
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