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Última convocatoriaInnovación y digitalizaciónCanariasConcurrencia no competitiva

Incorporación de personal innovador al tejido productivo

2.379,76 € al mes por contratar a una persona para un proyecto de innovación, entre 12 y 18 meses: hasta 42.835,68 € por contrato. Se cobra por anticipado y sin competir con nadie, pero hay que mantener el contrato seis meses más de los subvencionados.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas y clústeres que vayan a desarrollar un proyecto de innovación, con actividad económica acreditada y establecimiento en Canarias
Cuánto se cobra
Coste unitario de 2.379,76 € por mes de contrato, con un mínimo de 12 y un máximo de 18 meses subvencionables
Procedimiento
Concurrencia no competitiva
Presupuesto
1.600.000 €, aplicación presupuestaria 1705.463B.47002, proyecto de inversión 174G1658
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 912380.

Objeto

Financia la contratación de personal innovador para que una empresa saque adelante un proyecto de innovación. No es una ayuda a la inversión ni al equipamiento: paga nómina, mediante un módulo de coste unitario por mes de contrato.

Ese diseño la hace inusualmente sencilla de justificar: no hay que acreditar facturas de gasto, sino la existencia y duración del contrato.

La convocatoria de 2026 se financia por dos vías del FSE+ a la vez: la prioridad 1 (actuación 01.a.01 IPI) y la prioridad 8 (actuación 08.a.02 IPI Garantía Juvenil). Si la persona contratada es beneficiaria de Garantía Juvenil, el encaje es más fácil.

Cuantía

ConceptoValor
Coste unitario por mes de contrato2.379,76 €
Duración mínima subvencionable12 meses
Duración máxima subvencionable18 meses
Subvención mínima resultante28.557,12 €
Subvención máxima resultante42.835,68 €

La cuantía se obtiene multiplicando el coste unitario por los meses contratados. No depende del salario real ni del tamaño de la empresa.

La obligación que se olvida

Hay que mantener el contrato del personal innovador en vigor durante al menos seis meses una vez finalizado el periodo subvencionable. Es decir, un contrato de 18 meses subvencionados obliga en la práctica a 24 meses de relación laboral. Conviene contarlo en el presupuesto del proyecto desde el principio.

Incompatibilidad

La subvención no es compatible con ninguna otra ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, venga de la administración que venga. Y solo puede concederse una solicitud por proyecto de innovación a cada entidad.

Quién puede solicitarla

  • Empresas que vayan a desarrollar un proyecto de innovación.
  • Clústeres.

Quedan fuera las empresas que operen en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) 2023/2831.

Documentación de la solicitud

  • Escritura de constitución y estatutos, o documentación equivalente de la personalidad.
  • Acreditación de la representación de quien firma.
  • Acreditación de la actividad económica: alta o último recibo del IAE o, en su defecto, certificado del Registro Mercantil o del Registro de Asociaciones.
  • Informe de Trabajadores en Alta (ITA) de la Seguridad Social, expedido dentro del plazo de presentación.

El objeto del contrato debe ser la realización de un proyecto de innovación tal como lo define la base reguladora 2, y tanto las personas contratadas como los contratos han de cumplir los requisitos de las bases 4 y 5.

Cobro anticipado, plazo y presupuesto

Se cobra antes de justificar

El abono es anticipado, conforme a la base reguladora 8 y al Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020. Para una empresa que va a asumir dos años de nómina, cobrar por adelantado cambia por completo el encaje financiero del proyecto.

No se paga mientras la entidad no esté al corriente con Hacienda y la Seguridad Social ni si es deudora por resolución firme de reintegro. Se considera al corriente cuando las deudas están aplazadas, fraccionadas o suspendidas por impugnación.

Plazo

Bases y presupuesto

Las bases son la Orden n.º 340/2022, de 20 de diciembre, modificada por la Orden n.º 81/2023, de 19 de abril (BOC n.º 85 de 03/05/2023) y por la Orden n.º 272/2026, de 5 de mayo (BOC n.º 93 de 15/05/2026). Al ser bases de 2022 con dos modificaciones, conviene trabajar sobre el texto consolidado y no sobre el original.

1.600.000 €, coincidentes con la BDNS. A un máximo de 42.835,68 € por contrato, el crédito cubre en torno a 37 incorporaciones. Puede incrementarse sin nueva convocatoria si hay cobertura económica, publicando antes en el BOC la declaración de créditos disponibles; esa publicación no abre nuevo plazo ni reinicia el cómputo para resolver.

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