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Proyectos singulares de sostenibilidad energética en la industria de A Coruña

Del 45 % al 65 % de la inversión en ahorro y eficiencia energética de industrias de la provincia de A Coruña, con hasta 3.000.000 € de ayuda por expediente. Exige una inversión mínima de 500.000 € en pymes.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas industriales (CNAE 07 a 39) con centro de trabajo o actividad en la provincia de A Coruña
Cuánto se cobra
45 %-65 % del coste subvencionable según tamaño y línea, con un máximo de 3.000.000 € por expediente
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
9.750.000 € de media en las dos últimas ediciones; 12.500.000 € en la de 2025
Organismo
GALICIA. Código BDNS 810646.

Antes de nada: los dos filtros que dejan fuera a la mayoría

  • Provincia de A Coruña. Hay que acreditar un centro de trabajo o alguna actividad empresarial justificable en ese territorio. Se financia con el Fondo de Transición Justa, que no cubre toda Galicia.
  • Inversión mínima muy alta: 1.000.000 € por solicitud, IVA excluido. En proyectos promovidos por pymes baja a 500.000 € (art. 2.2).

Ese suelo de medio millón es lo que define la ayuda: no es un programa para cambiar la iluminación de una nave. Es para una reforma energética de calado —cambio de línea de producción, recuperación de calor, sustitución de calderas industriales— y para un cliente que ya tenía esa inversión en el plan. Conviene identificarla antes de que el cliente empiece las obras, porque los trabajos no pueden haber comenzado.

Cada empresa puede presentar una o varias solicitudes, pero cada solicitud debe recoger un único proyecto técnico, que sí puede constar de varias actuaciones valoradas conjuntamente.

Objeto y beneficiarios

Financia proyectos singulares de mejora de la sostenibilidad energética que contribuyan al ahorro y la eficiencia energética en las industrias de la provincia de A Coruña (art. 1.1).

Quién puede pedirla

Empresas que acrediten centro de trabajo o actividad empresarial justificable en la provincia de A Coruña y que realicen actividad industrial (art. 4.1).

Se considera actividad industrial la que empieza por una división de la 07 a la 39 de la CNAE 2009: industrias extractivas, manufactureras, suministro de energía y agua, saneamiento y gestión de residuos.

Las empresas deben cumplir el criterio de autonomía y demás requisitos del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, que es el que define pyme y las relaciones de vinculación.

El criterio de autonomía importa mucho aquí: una empresa participada por un grupo grande computa el tamaño del grupo, y con ello baja la intensidad de ayuda del 65 % al 45 %. Antes de dimensionar el proyecto hay que resolver la clasificación de tamaño con la estructura societaria real.

Cuantía

Dos líneas, con intensidades distintas (art. 9.1):

LíneaPequeñaMedianaGran empresa
PA · Ahorro y eficiencia energética en pymes55 %45 %
PAD · Proyectos que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero al menos un 30 %65 %55 %45 %

Los 10 puntos de diferencia entre PA y PAD son el margen que hay que perseguir. Acreditar una reducción de emisiones del 30 % sube la intensidad un escalón completo y, además, es la única vía por la que puede entrar una gran empresa. En una inversión de 1.000.000 €, esos 10 puntos son 100.000 €: casi siempre compensa pagar el estudio técnico que lo demuestre.

Topes

ConceptoLímite
Ayuda máxima por expediente3.000.000 €
Ayuda máxima por entidad en el conjunto de las convocatorias5.000.000 €, salvo que no haya solicitudes alternativas

Límite adicional para grandes empresas

Se aplica una ratio máxima de 80.000 € de ayuda pública por empleo creado. La subvención será la menor de estas dos cifras:

  • el 45 % del coste subvencionable, o
  • el resultado de multiplicar 80.000 € por cada puesto de trabajo creado por el proyecto.

Para una gran empresa esto puede ser demoledor: un proyecto de eficiencia energética que automatice en lugar de contratar puede crear cero empleos, y entonces la ayuda es cero por mucho que la inversión sea de millones. Es la primera cuenta que hay que hacer con un cliente grande, antes que ninguna otra.

No son subvencionables las instalaciones o equipos que ya hayan recibido ayuda en años anteriores, ni los gastos excluidos por la Orden HFP/1414/2023 para los programas del FEDER y el Fondo de Transición Justa. El coste de adquisición no puede superar el valor de mercado.

Cómo y cuándo solicitar

  • Plazo de la última convocatoria: del 4 de febrero de 2025 al 15 de septiembre de 2025. No hay fecha anunciada para la siguiente.
  • Procedimiento: concurrencia competitiva, con orden de prelación por puntuación.
  • Vía: obligatoriamente electrónica desde sede.xunta.gal y desde la web del INEGA. El acceso se hace con NIF y una contraseña que fija la propia interesada, no con certificado. Presentar en papel obliga a subsanar, y la fecha válida pasa a ser la de la subsanación.

Tres ofertas

Obligatorias cuando la inversión sin IVA de la actuación suponga un gasto igual o superior a 15.000 €. Deben pedirse antes de contratar y presentarse con la solicitud. Cada oferta debe proceder de empresas cuyo objeto social sea fabricar o suministrar esos bienes o servicios —salvo en compra de terrenos y edificaciones— y no pueden estar asociadas ni vinculadas entre sí, ni con la solicitante, ni con sus órganos directivos o gestores.

Con una inversión mínima de 500.000 €, prácticamente todas las partidas del proyecto superarán los 15.000 €. Es decir: hay que reunir tres ofertas válidas para cada concepto, y hacerlo antes de firmar nada con el proveedor. Es el punto donde más expedientes se caen.

Ampliación del crédito

El importe previsto es máximo, pero puede ampliarse si aparece mayor disponibilidad presupuestaria, lo que da lugar a más concesiones siguiendo el orden de prelación. Eso sí: no se puede ampliar una vez resuelto el procedimiento. Quedar en lista de espera con buena puntuación tiene valor real mientras no haya resolución.

Plazo15 de septiembre de 2025

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Texto completo de la última edición publicada (2025), en la BDNSProcedimiento IN421J en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

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