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Implantación de nuevas empresas y comercios en Rianxo 2026

Hasta 2.000 € para quien abre negocio en Rianxo: el 100 % de las obras del local y del mobiliario, y el 50 % de constitución, existencias, alquiler, seguros, suministros, marcas y web. Convocatoria abierta todo el año, sin competir, y admite el traspaso y el relevo generacional.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresarios y empresarias individuales de alta en el RETA, en otro régimen especial por cuenta propia o en mutualidad de colegio profesional, y microempresas de cualquier forma jurídica —menos de 10 personas y hasta 2 millones de euros de volumen de negocio o balance—, que inicien su actividad entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
Cuánto se cobra
Se aplican los porcentajes de cada tipo de gasto —100 % en obras y elementos inventariables, 50 % en el resto— con un máximo de 2.000 € por empresa
Procedimiento
Concurrencia no competitiva en convocatoria abierta, hasta agotar el crédito
Presupuesto
10.000 €, ampliables: 7.000 € en la aplicación 433.47000 y 3.000 € en la 433.77000, con reparto de carácter estimativo
Organismo
RIANXO. Código BDNS 923099.

El 100 % de las obras y el mobiliario

Lo llamativo de estas bases es que no aplican un porcentaje único: cada tipo de gasto tiene el suyo, y uno está al 100 %.

Gasto%
Obras de acondicionamiento del local y adquisición de elementos inventariables necesarios para la actividad —mobiliario, herramientas…100 %
Constitución: visado, honorarios y proyectos técnicos, licencia de obra y de apertura, alta en el Registro Mercantil, certificación negativa del nombre, notaría, publicaciones en boletines oficiales y modelo 60050 %
Existencias iniciales: primeras compras de mercaderías, materias primas y consumibles50 %
Alquiler de local, vehículo industrial, aplicaciones y equipos informáticos, si son imprescindibles50 %
Primas y seguros: local, responsabilidad civil y, como máximo, un vehículo imprescindible50 %
Suministros y gastos corrientes: agua, teléfono, electricidad, gas, combustible del vehículo imprescindible, material de oficina, asesoría, equipos de seguridad y publicidad50 %
Propiedad industrial: patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas, nombres comerciales, dominio de internet, software de gestión y diseño de la web50 %

Con un tope de 2.000 €, la estrategia es obvia: cargar primero las obras y el mobiliario, que van al 100 %. Con 2.000 € de reforma o de mobiliario ya se agota la ayuda sin necesidad de reunir el resto de facturas.

Merece la pena señalar dos partidas que muchas convocatorias dejan fuera y aquí entran: la cuota mensual de asesoría —solo las cuotas mensuales y las necesarias para la puesta en marcha— y el dominio, el software de gestión y el diseño web.

Desde cuándo cuentan

Los gastos valen desde dos meses antes del inicio de la actividad hasta la fecha de presentación de la solicitud, y solo si están efectivamente pagados a esa fecha. Esa ventana previa de dos meses recoge justo lo que se paga antes de abrir: notaría, licencias y las primeras obras.

Quién puede pedirla

Autónomos y microempresas de cualquier forma jurídica que se den de alta en el IAE entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026. Microempresa según el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014: menos de 10 personas y volumen de negocio o balance anual no superior a 2 millones de euros.

Los requisitos que filtran de verdad

  • Empresa de nueva creación. Y aquí las bases son más generosas de lo habitual: el traspaso de negocio cuenta como nueva creación.
  • Se excluyen, eso sí, los traspasos entre cónyuges, parejas de hecho y familiares por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, y las meras transformaciones de forma jurídica.
  • Pero sí entra el relevo generacional por jubilación o fallecimiento del titular, cuando el negocio se transmite a cónyuge, pareja o familiares hasta segundo grado, o a las personas empleadas del negocio.
  • Al menos una persona promotora debe estar en desempleo en la fecha de inicio de la actividad y crear su propio puesto de trabajo. Esta condición no se exige en el relevo generacional cuando la transmisión es a empleados.
  • Sin deudas —ni la empresa ni las personas socias— con la Seguridad Social, la Hacienda autonómica, la AEAT ni el propio Ayuntamiento de Rianxo.

El requisito del desempleo es el que hay que comprobar primero: si nadie del proyecto viene del paro, la ayuda no está disponible, salvo relevo generacional a empleados.

La obligación posterior

Hay que mantenerse de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social durante dos años contados desde la fecha de solicitud de la ayuda. Es el compromiso que conviene dejar por escrito al cliente: 2.000 € a cambio de dos años de alta.

Cómo se reparte y cuándo se pide

Es convocatoria abierta: se puede presentar a lo largo de todo el ejercicio, hasta el 30 de noviembre de 2026 o hasta agotar el crédito. No hay baremo ni comparación entre solicitudes.

Con 10.000 € de crédito y un tope de 2.000 € por empresa, la aritmética es transparente: cinco negocios al máximo lo agotan. Y las bases prevén expresamente el desenlace:

Cuando no se disponga de crédito suficiente para atender la última solicitud con la intensidad prevista, el crédito se agotará en ella con el porcentaje de ayuda que resulte.

Si varias solicitudes coinciden en fecha y no hay crédito para todas, se reparte de forma ponderada según el importe de los gastos correctamente justificados.

El agotamiento se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica y a partir de ahí no se tramitan más solicitudes, salvo que se amplíe el crédito —lo que las bases permiten por modificación presupuestaria o por economías de otras convocatorias del mismo nivel de vinculación, siempre antes de la resolución de concesión—.

La consecuencia práctica: en Rianxo hay que presentar en cuanto se abre el negocio, no esperar a fin de año a tener todas las facturas. Con las obras del local al 100 % ya se llega al tope.

Tramitación

  • Presentación telemática obligatoria por la sede electrónica del Ayuntamiento de Rianxo, con el formulario disponible en la web municipal.
  • Una única solicitud por empresa.
  • Se aportan los certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda autonómica y la AEAT.
  • El pago se realiza tras la resolución de concesión: como los gastos deben estar ya pagados al solicitar, no hay anticipos ni segunda fase de justificación.

Las ayudas son compatibles con otras para la misma finalidad, siempre que el importe acumulado no supere los gastos justificados.

Próxima edición y con qué se combina

El Ayuntamiento de Rianxo viene manteniendo estas medidas de apoyo a la creación de empresas año tras año. La convocatoria de 2026 se aprobó por acuerdo de Alcaldía de 2 de agosto de 2026, con las bases publicadas en el BOP de A Coruña, en la BDNS y en el tablón municipal.

Para 2027 conviene vigilar el BOP a partir del verano, aunque el patrón de convocatoria abierta hace que lo importante sea otra cosa: avisar al cliente el día que se da de alta, porque la ventana de gastos empieza dos meses antes del inicio de la actividad y el crédito se agota por orden.

Cómo se combina

  • Promoción del empleo autónomo de la Xunta, que es la ayuda grande al alta y se dirige al mismo perfil: persona desempleada que se establece por su cuenta.
  • Apoyo al emprendimiento y Bono Autónomo para los gastos que aquí solo se cubren al 50 %.
  • Bono Relevo cuando lo que hay es un traspaso o un relevo generacional, que estas bases admiten expresamente.
  • IG300C si la parte digital —web, software de gestión— es la inversión principal y supera de largo el tope municipal.

Para qué cliente

Cualquier persona que abra negocio en Rianxo viniendo del paro. El importe es pequeño, pero el expediente es de los más sencillos que existen: sin baremo, sin memoria, con las facturas que el cliente ya tiene y en un solo trámite.

Es también de las pocas convocatorias que paga parte de la cuota mensual de la asesoría, lo que la convierte en un argumento de captación por sí misma.

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Bases reguladoras del programa de ayudas municipales a la implantación de nuevas empresas y comercios en el término municipal del Ayuntamiento de RianxoSede electrónica del Ayuntamiento de Rianxo, donde se presenta la solicitud

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