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Políticas de igualdad de género en empresas de menos de 50 personas en Tenerife

El 100 % del proyecto hasta 5.000 €, y se puede subcontratar entero. Sirve para diseñar el plan de igualdad que la ley exigirá a la empresa cuando llegue a 50 personas, o para el protocolo de acoso si aún no lo tiene.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas de capital estrictamente privado con sede y ámbito de actuación en Tenerife, con al menos tres años de antigüedad y plantilla inferior a 50 personas
Cuánto se cobra
100 % del importe solicitado, hasta un máximo de 5.000 € por proyecto
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
30.000 €, partida 26 0121 2314 47900
Organismo
CABILDO INSULAR DE TENERIFE. Código BDNS 918544.

Objeto

Financia proyectos que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, puestos en marcha por empresas de la isla.

La lista de actuaciones subvencionables es amplia y muy práctica:

  • Formación a la plantilla y especialmente a Recursos Humanos: brecha salarial, selección de personal con enfoque de género, etc.
  • Diseño de un Plan de Igualdad, solo para empresas con plantilla de 15 a 49 personas. Debe ajustarse al Real Decreto 901/2020.
  • Ejecución de las medidas de un Plan de Igualdad que la empresa haya elaborado voluntariamente.
  • Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo, con acciones de información al personal. Solo si la empresa no tiene Plan de Igualdad.
  • Diseño y ejecución de medidas de acción positiva y actividades transversales.
  • Medidas de conciliación destinadas a la plantilla.

El encaje más útil para una consultoría está en el diseño del Plan de Igualdad: la obligación legal llega a los 50 trabajadores, y esta ayuda cubre justamente a las empresas de 15 a 49 personas que quieren anticiparse. Se financia hacer voluntariamente lo que pronto será obligatorio.

Cuantía y subcontratación

ConceptoValor
Intensidad100 % del importe solicitado
Máximo por proyecto5.000 €

El máximo se aplica con independencia del importe total del proyecto presentado.

Se puede subcontratar el 100 %

La base 8.ª lo permite expresamente: la beneficiaria puede subcontratar hasta el 100 % de la actividad subvencionada. En la práctica, la empresa encarga el trabajo a una consultora especializada y la ayuda lo paga entero.

Compatibilidad

Compatible con ayudas de otras administraciones, salvo las del propio Cabildo de Tenerife y sus entes dependientes. Si la acumulación superara el 100 % del coste, se reduce la aportación del Cabildo.

Quién puede solicitarla

Empresas de capital estrictamente privado que cumplan:

  • Estar legalmente constituidas con una antigüedad mínima de tres años e inscritas en el registro público correspondiente.
  • Tener sede y ámbito de actuación en Tenerife.

Excluidos expresamente

  • Las personas físicas. Un autónomo no puede solicitarla: hace falta forma societaria.
  • Las entidades del sector público según el artículo 3 de la Ley 9/2017.
  • Empresas de 50 o más personas de plantilla, que ya están obligadas por ley a tener Plan de Igualdad.

El perfil profesional exigido, que es el filtro real

Los gastos subvencionables son los que derivan de la prestación de servicios profesionales. Y aquí las bases imponen un requisito muy concreto sobre quién puede ejecutar el trabajo: la entidad subcontratada debe contar con un profesional que lo ejecute directamente y que acredite:

Formación, una de las dos vías

  1. Máster o experto universitario de carácter oficial en políticas de igualdad o violencia de género, o
  2. en su defecto, formación específica en género e igualdad bajo modalidad de cursos realizados en organismos oficiales, con un mínimo de 240 horas en distintas materias de género.

Experiencia

Al menos tres años ejecutando actividades del objeto de la convocatoria.

Este requisito es lo que decide si el expediente sale adelante. No basta con contratar a cualquier consultora: hay que acreditar documentalmente la titulación y la experiencia del profesional concreto que va a hacer el trabajo. Conviene pedirle esa documentación al proveedor antes de presentar la solicitud.

Otros gastos

También son subvencionables los derivados de la ejecución de medidas de conciliación, como gastos de inscripción en campamentos para hijos de la plantilla.

Requisitos del proyecto, plazos y presupuesto

  • Comenzar su ejecución en 2026, pudiendo haber empezado desde el 1 de enero de ese año.
  • Plazo máximo de realización: 12 meses desde el inicio del proyecto.
  • Ser viable económicamente, acreditado con un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, precisando en ingresos la cantidad solicitada al Cabildo.

Qué queda excluido

  • Actividades con ánimo de lucro.
  • Actividades no relacionadas con el fomento de la igualdad de oportunidades.

Presupuesto

30.000 €, coincidentes con la BDNS. A 5.000 € por proyecto, el crédito cubre seis empresas. Es una convocatoria pequeña y muy específica, pero con una intensidad del 100 % y posibilidad de subcontratar todo, el coste neto para el cliente es cero.

La convocatoria cerró el 30 de julio de 2026.

Plazo30 de julio de 2026

Cierra hoy

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Convocatoria 2026 del Cabildo Insular de Tenerife, texto completo en la BDNSReal Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registroSede electrónica del Cabildo Insular de TenerifeFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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