Hostelería y comercio minorista rural · Diputación de Burgos
1.900 € por establecimiento para pagar la cuota de la Seguridad Social del bar o de la tienda del pueblo. No se justifica inversión ni factura: solo los recibos ya abonados al RETA o al Régimen General entre enero y septiembre. Puntúa más quien está más solo: un único establecimiento en el municipio da la puntuación máxima.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas y jurídicas con domicilio fiscal en la provincia de Burgos que ejerzan actividad hostelera o comercial en municipios o entidades locales menores de menos de 20.000 habitantes, con un máximo de dos establecimientos abiertos en su sector
- Cuánto se cobra
- 1.900 € por establecimiento y solicitud, hasta agotar el crédito
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, por puntuación decreciente hasta agotar el presupuesto
- Presupuesto
- 400.000 € en la aplicación 97/4310/47900/8.5 del Presupuesto General de 2026
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE BURGOS. Código BDNS 901677.
Objeto
Sostener los bares y las tiendas de los pueblos de Burgos pagándoles una parte de sus cotizaciones sociales. Los objetivos que declara la propia convocatoria son explícitos: fijar población, combatir el éxodo rural y contribuir al sostenimiento del empleo de calidad en el medio rural.
Lo que se subvenciona son gastos abonados a la Seguridad Social entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026, ya sea:
- Al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por el titular del establecimiento, o
- Al Régimen General por los trabajadores contratados para el mismo.
Es incompatible justificar por ambos regímenes: hay que optar por uno. Para un hostelero con dos empleados, las cuotas del Régimen General suelen cubrir el importe con mucho margen; para uno que trabaja solo, el RETA. Conviene decidirlo antes de preparar la justificación, porque no se puede mezclar.
En establecimientos abiertos después del 1 de enero, el periodo subvencionable cuenta desde la fecha de apertura.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y jurídicas con domicilio fiscal en la provincia de Burgos que desarrollen actividad hostelera o comercial en el medio rural de la provincia, dentro de los epígrafes de los grupos CNAE que fijan las bases.
Los dos límites
- El establecimiento debe estar en un municipio o entidad local menor de menos de 20.000 habitantes.
- El solicitante puede tener como máximo dos establecimientos abiertos en su sector —dos de hostelería o dos de comercio, según corresponda—.
No pueden ser beneficiarios quienes no estén al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones de la Diputación de Burgos.
Una solicitud por beneficiario
Solo se admite una solicitud por posible beneficiario. Si se presenta más de una, solo se valora la última. Y en personas jurídicas pluripersonales —comunidades de bienes, sociedades limitadas— no se admiten solicitudes de sus miembros a título individual.
Cuantía y cómo se puntúa
1.900 € por establecimiento y solicitud, hasta agotar el crédito. Importe fijo: no hay porcentaje ni tramos.
Con 400.000 € de dotación, la convocatoria financia unos 210 establecimientos en toda la provincia.
El baremo, que solo tiene dos criterios
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Número de establecimientos del sector en el municipio o entidad local menor: 1 establecimiento 6 puntos · 2 establecimientos 4 puntos | hasta 6 |
| Habitantes del municipio o entidad local menor: 1-200 hab. 4 puntos · 201-400 hab. 3 · 401-600 hab. 2 · más de 600 hab. 1 punto | hasta 4 |
El criterio decisivo no depende del negocio sino de cuánta competencia hay en el pueblo: el bar único de una localidad de 150 habitantes suma los 10 puntos posibles. El órgano instructor obtiene ese dato pidiendo declaración responsable del alcalde referida a todo el término del municipio o entidad local, así que no es algo que el solicitante pueda influir ni tenga que acreditar.
La población se determina por el Nomenclátor de población por unidad poblacional de 2025 del INE, que baja al nivel de entidad singular y no solo de municipio.
Desempate
Primero, mayor puntuación en el criterio de número de establecimientos; después, en el de habitantes; y si persiste, sorteo público entre las solicitudes empatadas.
Si el crédito alcanza para todas las solicitudes válidas, se exceptúa la necesidad de fijar orden de prelación.
Plazo y tramitación
- Plazo: veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Vía: únicamente electrónica, en la sede de la Diputación de Burgos, buscando el trámite «Solicitud subvención para Hostelería y Comercios».
La advertencia de las bases es tajante y no admite margen: las solicitudes que no se registren por ese trámite electrónico concreto y dentro del plazo se inadmiten «sin que pueda subsanarse dicha omisión». No hay requerimiento de subsanación ni segunda oportunidad. Es el error más caro posible en esta convocatoria y el más fácil de cometer, porque el registro general de la Diputación no sirve.
Las solicitudes se presentan obligatoriamente en el modelo normalizado (Anexo I), y los interesados se responsabilizan de la veracidad de las declaraciones responsables firmadas en él.
Justificación del RETA en personas jurídicas
Cuando una sociedad justifica el gasto del RETA de su gerente o administrador, debe acreditar que el pago lo ha realizado la propia persona jurídica, no la persona física. Es una comprobación que se hace sobre el cargo bancario y conviene tenerla resuelta desde enero.
Marco
Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones de la Diputación de Burgos (BOP de 6 de abril de 2006) y Bases de Ejecución del Presupuesto 2026, sección 4.ª.
Plazo sin fecha publicada
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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