Grupos operativos de la AEI · Cooperación para la innovación agraria
18 M€ para que agricultores, cooperativas, industria alimentaria y universidades resuelvan juntos un problema concreto del campo. Quien cobra es la agrupación, no cada socio: se pide sin constituir sociedad, a través de un representante, y eso es lo que la hace accesible a una explotación pequeña.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Agrupaciones sin personalidad jurídica que solicitan a través de su representante conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, formadas por miembros de los perfiles del sector agroalimentario y forestal y del sector investigador y tecnológico
- Cuánto se cobra
- Según el cuadro resumen de las bases reguladoras, aplicado al proyecto de cooperación aprobado
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 18.000.000 €, con distribución estimativa entre partidas y anualidades 2026 y 2027
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 858906.
Quién forma un grupo operativo
La beneficiaria es una agrupación sin personalidad jurídica que solicita a través de un representante, conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones. La agrupación asume las obligaciones y compromisos de los miembros que la componen.
Eso significa que no hay que constituir una sociedad ni una asociación para pedirla: basta con un acuerdo entre las entidades participantes y designar quien las represente. Es la vía por la que una explotación pequeña puede participar en un proyecto de innovación sin montar estructura jurídica.
Los miembros deben responder a alguno de estos perfiles:
| Sector agroalimentario y forestal | Sector investigador y tecnológico |
|---|---|
| Productores agrarios o forestales Industrias del sector agroalimentario o forestal Cooperativas agrarias y SAT Comunidades de regantes Artesanos alimentarios Y sus agrupaciones, asociaciones y federaciones | Universidades Organismos, centros e institutos de investigación |
La combinación de ambos mundos es el sentido del programa: los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación existen para que un problema real de la explotación llegue al centro de investigación y vuelva convertido en solución aplicable.
Plazo largo, pero inadmisión sin margen
El plazo de presentación es de cuatro meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA. Es de los más largos del catálogo agrario, lo que da tiempo a articular la agrupación y cerrar el proyecto entre socios que no suelen trabajar juntos.
A cambio, no hay flexibilidad al final: «No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten fuera de dicho plazo», resolviéndose la inadmisión y notificándose al interesado. No es una denegación tras valorar el proyecto: es una inadmisión formal.
El procedimiento es el 25661 del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta.
El crédito y sus dos válvulas
La cuantía máxima es de 18.000.000 €, repartidos con carácter estimativo entre siete partidas presupuestarias y dos anualidades, 2026 y 2027. Que la distribución sea estimativa permite mover crédito entre partidas sin nueva convocatoria, lo que importa porque cada partida corresponde a un tipo distinto de miembro de la agrupación —empresas, universidades, entidades sin ánimo de lucro—.
Hay además dos mecanismos de ampliación que conviene conocer:
- Antes de la resolución: puede incorporarse una cuantía adicional si se declara disponible crédito, sin nueva convocatoria. La declaración del aumento se publica por el mismo medio, pero no abre plazo nuevo de solicitudes ni reinicia el cómputo para resolver.
- Después de la resolución de concesión: la convocatoria contempla igualmente el supuesto de un aumento sobrevenido del crédito, con las consecuencias previstas en el Decreto 282/2010.
Para el cliente esto se traduce en una recomendación concreta: presentar aunque el proyecto quede previsiblemente por debajo del corte, porque el crédito de estas convocatorias agrarias se amplía con frecuencia y la lista de solicitudes válidas es la que se atiende.
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Texto oficial
Resolución de 24 de septiembre de 2025 de convocatoria, BOJA núm. 192 de 6 de octubre, texto íntegro publicado en la BDNSBases reguladoras publicadas en el BOJA núm. 71 de 2024Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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