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Plazo cerradoAgrario y pescaCanariasConcurrencia competitiva

Gastos corrientes de cofradías de pescadores y cooperativas del mar

1,19 millones al año, con un suelo garantizado de 20.000 € por entidad concurrente. Cubre luz, agua, seguros obligatorios, nóminas y asesoría jurídica, laboral, fiscal y contable del ejercicio anterior.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Cofradías de pescadores inscritas en el Registro de Cofradías de Canarias y cooperativas del mar inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas
Cuánto se cobra
Mínimo garantizado de 20.000 € por entidad si los gastos se acreditan, más reparto del crédito restante por criterios; hasta 5.000 € adicionales por cofradía para cuotas a federaciones
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con dos procedimientos de selección (2026 y 2027)
Presupuesto
1.190.000 € para el procedimiento de selección 2026 y otros 1.190.000 € para el de 2027; 2.380.000 € en total, partida 1309 415A 4800200 L.A. 16404702
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 903624.

Qué gastos cubre

Financia los gastos corrientes realizados en la anualidad anterior a la convocatoria, agrupados en cuatro líneas:

1. Funcionamiento

  • Suministros: electricidad, agua, teléfono, material fungible de oficina, mantenimiento de fotocopiadoras e impresoras.
  • Actuaciones obligatorias: seguros obligatorios de responsabilidad civil, prevención de riesgos laborales, APPCC, protección de datos, desratización, mantenimiento de extintores, medidas higiénico-sanitarias, cubetas o retirada de residuos, verificación de pesas.
  • Asistencia a reuniones, congresos y jornadas: desplazamiento y estancia de representantes y de quien ocupe la secretaría, para reuniones convocadas oficialmente por Administraciones o entidades públicas, con el límite de las dietas del Grupo II del personal de la Administración canaria.

2. Asociacionismo

Cuotas, derramas y aportaciones similares a federaciones provinciales, federaciones regionales y asociaciones de ámbito superior al regional.

3. Recursos humanos

Salarios y Seguridad Social.

4. Servicios profesionales

Asesoría informática —incluida la creación y mantenimiento de la web— y asesoría jurídica, laboral, fiscal y contable.

Además, pueden subvencionarse otros gastos no previstos siempre que sean de la misma índole y estén debidamente justificados.

La línea de servicios profesionales es la que más directamente interesa a una asesoría: la propia gestión contable, fiscal y laboral de la cofradía o de la cooperativa es gasto subvencionable. Merece la pena plantearlo a las entidades del sector como una vía para financiar el servicio.

Cuánto se cobra: el suelo de 20.000 €

El reparto del crédito sigue un orden fijado en las bases:

  1. Primero se detraen hasta 5.000 € por cada cofradía concurrente para el pago de cuotas, derramas y aportaciones similares a federaciones, consejos consultivos o asociaciones del sector.
  2. Después se fija una cantidad mínima de 20.000 € a todas las entidades concurrentes, siempre que los gastos resulten acreditados por ese importe.
  3. El crédito restante se reparte según los criterios de valoración.
  4. Si sobra crédito, se redistribuye aplicando un porcentaje de incremento sobre los gastos acreditados hasta agotarlo.

Ese mínimo de 20.000 € cambia el cálculo para las entidades pequeñas: aunque puntúen bajo en primera venta y número de asociados, si acreditan 20.000 € de gasto los cobran. La conclusión práctica es que a una entidad pequeña le compensa concurrir siempre, y que el trabajo decisivo no es la memoria, sino tener las facturas del año anterior ordenadas y pagadas.

Límites al gasto imputable

  • No pueden imputarse los gastos de electricidad y agua de espacios alquilados a terceros. Hay que presentar declaración responsable de no inclusión, y si los consumos no pueden separarse por zonas, no se imputa nada.
  • Material fungible de oficina: máximo 1.000 €.
  • Salarios de personal propio: hasta el límite de las retribuciones fijadas como salario y pagas extraordinarias en la última tabla salarial del convenio colectivo aplicable, y nunca por debajo del SMI.

Gastos excluidos en cualquier caso

Obra civil, vehículos de transporte de personas, bienes usados, descuentos en contratos o facturas, pagos en metálico superiores a 1.000 € por expediente, el IGIC —salvo cuando no sea recuperable y lo soporte de forma efectiva y definitiva un beneficiario que no sea sujeto pasivo—, intereses, recargos y sanciones, adquisición de terrenos y gastos de procedimientos judiciales.

Cómo se puntúa

Es concurrencia competitiva: las entidades se ordenan por puntuación hasta agotar el crédito. Se otorga a cada solicitante un porcentaje del presupuesto según tres criterios:

CriterioPeso
Número de cofrades o personas asociadas25 %
Primera venta: 70 % por número de notas del Punto de Primera Venta y 30 % por volumen de capturas50 %
Jóvenes emprendedores y perspectiva de género25 %

El detalle del 25 % social

  • Jóvenes: hasta 5 personas asociadas de entre 18 y 35 años, 8 puntos; más de 5, 16 puntos.
  • Mujeres asociadas: hasta 5, 4 puntos; más de 5, 8 puntos.
  • Mujeres en los órganos rectores de la cofradía o cooperativa: 4 puntos.
  • Mujeres contratadas en puestos no tradicionalmente femeninos —esto es, no vinculados a limpieza, administración o restauración— y sin discriminación salarial respecto de los mismos puestos desempeñados por hombres: 4 puntos.

Un detalle que cuesta puntos y no se recupera: el número de cofrades se toma del Registro de Cofradías y debe estar actualizado a 31 de diciembre del año anterior. Si no lo está, ese criterio computa como cero —se pierde el 25 % de la valoración—. Las cooperativas lo acreditan con certificado del Libro de registro de personas asociadas, también actualizado antes de esa fecha, haciendo constar número, edad y sexo. Es una gestión de diciembre, no de la fecha de solicitud.

Requisitos, documentación y plazos

Requisitos

  • Cofradías: estar inscritas en el Registro de Cofradías y de sus Federaciones (art. 52 de la Ley 17/2003 de Pesca de Canarias), con los datos actualizados a 31 de diciembre del año anterior.
  • Cooperativas: estar inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas conforme al artículo 7 de la Ley 27/1999.
  • No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13.2, 13.3 y 13.3.bis de la Ley General de Subvenciones.
  • Declarar las subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad por otras administraciones.

Documentación

  • Certificados de estar al corriente con Hacienda autonómica, estatal y Seguridad Social —solo si se manifiesta oposición a que los recabe el órgano gestor—.
  • Declaración responsable sobre el resto de ayudas solicitadas o concedidas.
  • Certificado del Secretario acreditando el acuerdo del órgano competente de solicitar la subvención.
  • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos aprobado por el órgano de gobierno.
  • Balance económico del año anterior a la convocatoria.
  • Memoria de actuación justificativa.

Plazos

Procedimiento de selecciónPlazoCrédito
202615 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC1.190.000 €
2027Durante el mes de febrero de 20271.190.000 €

El crédito de 2027 queda condicionado a que exista crédito adecuado y suficiente y a la aprobación previa del gasto. El plazo para resolver y notificar es de seis meses.

Las solicitudes se presentan de forma electrónica en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, con los modelos normalizados accesibles allí.

Los importes pueden incrementarse con otros créditos; en ese caso se publica en el BOC, antes de la resolución de concesión, el extracto que declare los créditos disponibles y la distribución definitiva, sin abrir nuevo plazo de solicitudes ni reiniciar el cómputo para resolver.

Convocatoria: Orden n.º 56/2026, de 29 de abril. Bases reguladoras: Orden de 27 de septiembre de 2024 (BOC n.º 199, de 7/10/2024), comunes con la línea de inversiones en equipamiento, que se convoca por separado con 418.923 € anuales. Una misma entidad puede concurrir a las dos.

Plazo4 de junio de 2026

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Texto oficial

Orden n.º 56/2026, de 29 de abril, de convocatoria, texto completo en la BDNSBases reguladoras: Orden de 27 de septiembre de 2024, BOC n.º 199 de 07/10/2024Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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