Ganadería de Ingenio: atenuar el sobrecoste de los insumos
70.000 € repartidos proporcionalmente entre las unidades de ganado mayor del municipio, hasta 7.000 € por explotación. Se computan desde 1 UGM y con un tope de 80: las granjas grandes no se llevan todo el reparto.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas, sociedades de responsabilidad limitada constituidas por personas físicas y entidades de economía social —cooperativas de trabajo asociado y sociedades limitadas laborales— titulares de explotaciones ganaderas que desarrollen su actividad en el municipio de Ingenio
- Cuánto se cobra
- Reparto proporcional del crédito según las UGM censadas, computando desde 1 UGM y hasta un máximo de 80 UGM por explotación, con un tope de 7.000 € por beneficiario
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 70.000 €, aplicación presupuestaria 4100-47900-22025002035
- Organismo
- INGENIO. Código BDNS 908415.
Objeto y quién puede cobrar
El objeto es atenuar el impacto económico del incremento del coste de las producciones ganaderas en el municipio de Ingenio. El propio texto explica el porqué: el encarecimiento de los insumos reduce los márgenes, genera incertidumbre en el sector y ha provocado el cierre de explotaciones. Es la quinta anualidad consecutiva de esta ayuda.
Beneficiarios
- Personas físicas.
- Personas jurídicas: únicamente sociedades de responsabilidad limitada constituidas por personas físicas.
- Entidades de economía social: cooperativas de trabajo asociado y sociedades limitadas laborales.
Los titulares deben desarrollar su actividad en el municipio de Ingenio.
La restricción de personas jurídicas a las SL constituidas por personas físicas es habitual en las convocatorias municipales canarias: deja fuera a las sociedades participadas por otras sociedades. Conviene comprobar la estructura societaria del cliente antes de dar por hecha la elegibilidad.
Cómo se reparte el dinero
La ayuda se concede de forma proporcional sobre la base del censo ganadero actualizado de 2026 de cada explotación, convirtiendo las distintas especies y estados productivos a Unidades de Ganado Mayor (UGM) con la tabla de equivalencia del Anexo V, y repartiendo la totalidad del crédito entre el total de UGM de todas las solicitudes.
| Regla | Valor |
|---|---|
| UGM mínimas para entrar | 1 UGM |
| UGM máximas computables | 80 UGM |
| Máximo por beneficiario | 7.000 € |
A las explotaciones con más de 80 UGM se les asigna el tope de 80.
El doble tope —80 UGM y 7.000 €— es lo que hace redistributiva esta convocatoria: una granja de 200 cabezas cobra lo mismo que una de 80, de modo que el reparto favorece a las medianas. Para el cliente pequeño significa que merece la pena solicitar desde 1 UGM, porque el prorrateo no está capturado por los grandes.
Pago
En un único pago, por transferencia a la cuenta señalada en el Alta de Terceros (Anexo III), tras la resolución de concesión. No puede pagarse mientras el beneficiario no esté al corriente con Hacienda y la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro (art. 34.5 de la Ley General de Subvenciones).
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionados puede superar el valor de mercado.
Plazo y presupuesto
- Plazo de solicitud: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Las Palmas.
- Presupuesto: 70.000 €, con cargo a la aplicación 4100-47900-22025002035 del presupuesto municipal vigente.
Conviene señalar una discrepancia formal: la ficha de la BDNS de esta convocatoria consigna 0 € de presupuesto, mientras que el texto de la resolución fija con claridad un crédito presupuestario total máximo de 70.000 €. Prevalece lo que dice la resolución; el dato de la BDNS parece un error de carga.
Convocatoria aprobada mediante Resolución 3078/2026 del Ayuntamiento de La Villa de Ingenio. Las solicitudes y la información están disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Encaja con las líneas insulares del Cabildo de Gran Canaria para el mismo cliente: mejoras sanitarias y ambientales en explotaciones ganaderas (180.000 €, 60-75 % sobre hasta 80.000 €) y fotovoltaica para el sector primario (800.000 €). Esta municipal cubre el sobrecoste corriente; aquellas, la inversión.
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Texto oficial
Resolución 3078/2026 del Ayuntamiento de La Villa de Ingenio, texto completo en la BDNSSede electrónica del Ayuntamiento de La Villa de IngenioFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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