Formación en el Plan Estratégico de la PAC — segunda convocatoria 2026
425.000 € para que organizaciones agrarias y entidades formativas del sector impartan cursos y jornadas al profesional agrario. Se abona por costes simplificados y el baremo premia mucho impartir en pueblos de menos de 500 habitantes.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Organizaciones profesionales agrarias, entidades asociativas agrarias y sus uniones, y personas jurídico-privadas del sector agrario, agroalimentario o del mundo rural, inscritas en el Registro de Entidades Formativas del sector agrario
- Cuánto se cobra
- Sistema de costes simplificados conforme al artículo 8 de la Orden AGM/11/2025, con la cuantía máxima individualizada de su artículo 8.5
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con baremo de 92 puntos y mínimo de 30 puntos por expediente
- Presupuesto
- 425.000 €: 106.000 € en 2026 y 319.000 € en 2027, ampliables en 2027 por cuantía adicional indeterminada
- Organismo
- LA RIOJA. Código BDNS 911205.
Objeto y por qué hay una segunda convocatoria
Ayudas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente a las actividades formativas del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, al amparo de la Orden AGM/11/2025, de 1 de febrero.
Es la segunda convocatoria del ejercicio 2026. La primera —publicada en el BOR núm. 215, de 5 de noviembre de 2025— fijaba como fecha límite de ejecución el 31 de agosto de 2026, y esta se abre precisamente para permitir formación en los últimos meses de 2026, que de otro modo se habrían quedado sin cobertura.
Cobra la entidad que organiza la formación, no el agricultor que la recibe. Para el cliente agrario esto es información de acceso a cursos gratuitos; para una entidad formativa del sector, una línea de ingresos.
Quién puede solicitarla
De los beneficiarios posibles del artículo 5 de la orden, esta convocatoria admite solo estos tres:
- Organizaciones profesionales agrarias.
- Entidades asociativas agrarias y sus uniones.
- Personas jurídico-privadas, con o sin ánimo de lucro, directamente relacionadas con los sectores agrario, agroalimentario o el mundo rural, que tengan entre sus objetivos la cualificación de los profesionales agrarios o agroalimentarios.
Requisito indispensable: figurar inscrito en el Registro de Entidades Formativas del sector agrario del Gobierno de La Rioja antes de que termine el plazo de solicitud.
Qué cursos entran
Solo los iniciados después de la entrada en vigor de esta convocatoria y no concluidos en el momento de presentar la solicitud (art. 5.3 de la orden).
Cada acción formativa es un expediente independiente: no se admiten expedientes con más de una acción.
Cómo se puntúa
Mínimo de 30 puntos para que un expediente sea subvencionable. El baremo suma hasta 92.
1. Tipología de la acción — máximo 15 puntos
| Tipo | Puntos |
|---|---|
| Curso | 10 |
| Jornada | 5 |
A lo anterior se suma: +3 con viaje formativo, +2 si es presencial y +1 si es telemático.
2. Temática — máximo 25 puntos
| Origen de la propuesta | Puntos |
|---|---|
| Está en el Plan anual de formación de la Consejería | 20 |
| Propuesta por tercero | 10 |
| Curso o jornada calificado como innovador | +5 |
3. Ubicación — máximo 12 puntos
| Municipio | Puntos |
|---|---|
| Menos de 500 habitantes | 10 |
| Entre 501 y 2.000 | 5 |
| Más de 2.001 | 2 |
+2 puntos si el municipio está clasificado como de montaña conforme a la intervención 6613 del Plan Estratégico de la PAC, de ayuda a zonas con limitaciones naturales.
4. Necesidades formativas de la zona — máximo 10 puntos
Se valora que la actividad responda a necesidades detectadas en una zona concreta:
- Alta, 10 puntos: hay análisis DAFO y temario que justifican por qué ese curso debe impartirse allí.
- Media, 5 puntos: solo uno de los dos elementos.
- Baja, 1 punto: ninguno.
5. Experiencia organizativa — máximo 15 puntos
| Años de experiencia | Puntos |
|---|---|
| 0 | 0 |
| 1 | 2 |
| 2 | 5 |
| 3 | 8 |
| 4 | 10 |
| 5 o más | 15 |
6. Cumplimiento en convocatorias anteriores — máximo 15 puntos
Relación entre importe concedido y ejecutado en las tres últimas convocatorias:
| Ejecución | Puntos |
|---|---|
| 80 % o más | 15 |
| Entre el 60 % y el 80 % | 10 |
| 60 % o menos | 5 |
Dos criterios pesan sobre el historial de la entidad —experiencia y grado de ejecución— y suman 30 de los 92 puntos. Para una entidad nueva son 30 puntos de partida que no puede compensar, y por eso el resto —temática del plan anual, DAFO de zona y municipio pequeño— es donde se juega el expediente.
Los desempates se resuelven conforme al artículo 7.3 de la Orden AGM/11/2025.
Cuantía, plazo y tramitación
Cuantía
Se aplica un sistema de costes simplificados para el reembolso de los gastos, conforme al artículo 8 de la Orden AGM/11/2025. La cuantía máxima individualizada por beneficiario es la del artículo 8.5 de esa misma orden.
Presupuesto
| Ejercicio | Partida | Importe |
|---|---|---|
| 2026 | 0503.4121.47101 | 6.000 € |
| 2026 | 0503.4121.48200 | 100.000 € |
| 2027 | 0503.4121.47101 | 19.000 € |
| 2027 | 0503.4121.48200 | 300.000 € |
| Total | 425.000 € |
El gasto puede incrementarse en una cantidad adicional indeterminada, en las condiciones del artículo 23 bis del Decreto 14/2006, exclusivamente para el ejercicio 2027. La distribución es estimativa y puede alterarse sin nueva convocatoria.
Plazo
Comienza el mismo día de la publicación de la resolución y concluye el 7 de julio de 2026 a las 14:00 horas.
Tramitación
Por la naturaleza jurídica de los beneficiarios, la presentación es electrónica obligatoria, a través de la aplicación «Desarrollo Rural. Formación» del Gobierno de La Rioja. Quien no esté habilitado debe pedir el alta en pdr@larioja.org, y lo mismo para la dirección electrónica habilitada de notificaciones.
Publicidad de los trámites
Cualquier acto de instrucción —incluida la subsanación de solicitudes y la propuesta provisional de resolución— se publica en el Boletín Oficial de La Rioja. El órgano gestor puede además notificar individualmente, pero eso no sustituye a la publicación: hay que vigilar el BOR.
La resolución detalla los cursos por orden de puntuación, con el desglose del baremo, los denegados y, de forma individualizada, la inversión subvencionable y el porcentaje aplicado.
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