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FORCAREM II · Formación a la carta en empresas con carácter dual

El 75 % del coste salarial de un contrato formativo de práctica profesional, hasta 2.905 € por persona y mes durante un año, más 588 € de EPI. La contrapartida es convertirlo después en indefinido a tiempo completo.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, y entidades sin personalidad jurídica —incluidas comunidades de bienes— que formalicen contratos formativos para la obtención de la práctica profesional en centros de trabajo de Castilla y León. Quedan excluidas las grandes empresas y el sector público
Cuánto se cobra
75 % de los costes salariales con el límite de 2.905 € por persona y mes completo, hasta un año de trabajo efectivo, más 588 € por persona en equipos de protección individual
Procedimiento
Concesión directa por orden de entrada de la solicitud desde que el expediente está completo
Presupuesto
8.000.000 € de aportación dineraria del ECYL a FAFECYL, repartidos en la BDNS entre las tres convocatorias hermanas por régimen de minimis
Organismo
CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 899230.

Qué paga y a quién

Financia los costes laborales de los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional celebrados por empresas con centro de trabajo en Castilla y León, con la finalidad de dar a las personas recién tituladas una experiencia profesional adecuada a su nivel de estudios.

Lo convoca FAFECYL con fondos del ECYL, en régimen de concesión directa.

Es una de las líneas más potentes del catálogo de Castilla y León para una pyme y de las menos conocidas, porque su nombre —«formación a la carta»— hace pensar en una ayuda a la formación cuando en realidad la beneficiaria es la empresa que contrata, no ningún centro formativo. Con 8 millones de dotación y hasta 2.905 € al mes por persona, es la ayuda a la contratación mejor pagada de la comunidad.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, y entidades sin personalidad jurídica que formalicen los contratos, incluidas las comunidades de bienes.

Quién queda excluido

  • Las entidades que integran el sector público.
  • Las grandes empresas, entendidas como las que superan los límites de pyme del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.

Que las grandes empresas estén excluidas es lo que hace esta convocatoria interesante para la cartera de una consultoría: no se compite contra corporaciones, y el procedimiento es por orden de entrada, no por baremo.

Cuánto se cobra

Son subvencionables los costes laborales durante la vigencia del contrato, con el límite máximo de un año de trabajo efectivo. Se entiende por costes laborales tanto los salariales —incluida la cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos— como los equipos de protección individual.

ConceptoCuantía
Porcentaje de los costes salariales75 %
Límite por persona y mes completo de contrato2.905 €
Equipos de protección individual (EPI), por persona588 €
Revisión de la cuenta justificativa e informe de auditoríahasta el 3 % de la subvención concedida

El techo real por contratación anual ronda los 35.000 € —doce meses a 2.905 €— más los EPI. Para una pyme que iba a contratar de todos modos a una persona recién titulada, cubre tres cuartas partes de la nómina del primer año.

Qué no se subvenciona

Dietas, gastos de locomoción o traslado, paga de vacaciones no disfrutadas, horas extraordinarias, indemnizaciones de cualquier naturaleza y, en general, cualquier coste extrasalarial.

El gasto debe estar efectivamente pagado antes de que finalice el plazo de justificación. Los gastos de auditoría se admiten hasta el fin del plazo de presentación de la justificación.

La subvención no puede superar el coste de la actividad ni los topes de minimis.

La contrapartida: convertir el contrato en indefinido

Es la obligación que define esta ayuda y hay que valorarla antes de solicitar. Las beneficiarias asumen el compromiso de convertir el contrato formativo en indefinido a tiempo completo, sin solución de continuidad, en un centro de trabajo de Castilla y León.

Para dar por cumplido el compromiso debe mantenerse de forma ininterrumpida la cotización durante 180 días desde la formalización del contrato indefinido.

La cuenta completa para el cliente: hasta un año subvencionado al 75 % y después seis meses de indefinido a tiempo completo por su cuenta. Si el encaje de la persona es dudoso, ese compromiso es el riesgo real del expediente, no la justificación.

Otras obligaciones, en el plazo de un mes desde la concesión

  • Acreditar que se ha informado a la persona trabajadora sobre la financiación pública de la contratación (declaración responsable del anexo II).
  • Declaración responsable de la persona trabajadora sobre la entrega de los EPI.
  • Acreditar la publicidad del carácter público de la financiación, mediante fotografía del cartel o mención en la web.

Al finalizar el contrato, la empresa debe entregar a la persona trabajadora una certificación sin efectos académicos con la duración de las prácticas, el puesto desempeñado y las principales tareas.

Plazos y tramitación

Qué contratos entran

Los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional que inicien su vigencia entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 y que estén vigentes en el momento de la solicitud.

Plazo de solicitud

Del 27 de abril al 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive. Cada solicitante puede presentar una o varias solicitudes.

Cómo se concede

De forma directa, por orden de entrada de la solicitud en el registro electrónico desde que el expediente está completo, mientras exista crédito. El expediente está completo desde que han entrado todos los datos y la documentación acreditativa.

Con 8 millones de dotación y un techo de unos 35.000 € por contrato, hay margen para varios centenares de contrataciones, pero el orden de entrada manda. Conviene presentar en cuanto el contrato esté formalizado y vigente, no esperar a septiembre.

Dónde

Formulario electrónico en tramitacastillayleon.jcyl.es, con la documentación disponible también en empleo.jcyl.es y en fafecyl.jcyl.es.

Resolución

Resuelve el Presidente de la Comisión Ejecutiva de Formación para el Empleo de FAFECYL, previa autorización de la Presidencia del ECYL. Plazo máximo de 6 meses desde la entrada de la solicitud; el silencio es desestimatorio.

Documentación destacada

  • Si es persona jurídica, escritura de constitución y estatutos con sus modificaciones.
  • Informe de plantilla de todos los códigos de cuenta de cotización referido a los seis meses y un día anteriores a la fecha de inicio de la contratación, incluyendo el alta de la persona contratada.
  • Para subvenciones superiores a 30.000 €, declaración de cumplimiento de los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad en operaciones comerciales.

Ese último requisito pilla a más de uno: si la ayuda supera los 30.000 € —cosa habitual en un contrato de doce meses— la empresa con ánimo de lucro tiene que estar al día en plazos de pago a proveedores. Merece la pena comprobarlo antes de dimensionar la solicitud.

Las tres convocatorias hermanas

Aparece tres veces en la BDNS por los tres regímenes de minimis: general (UE 2023/2831), agrícola (UE 1408/2013) y SIEG (UE 2023/2832). Es una sola convocatoria; lo que cambia es el reglamento aplicable según la actividad.

Las subvenciones están sujetas al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades según el caso, sin retención.

Cierra en30 de septiembre de 2026

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Texto oficial

Resolución de convocatoria para 2026, texto íntegro publicado en la BDNSOrden IEM/324/2026, de 30 de marzo, de bases reguladoras del Programa de formación a la carta en empresas con carácter dual (BOCYL de 9 de abril de 2026)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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