Fomento de la acuicultura
El 60 % de la inversión en una explotación acuícola si es pyme, y el 50 % en el resto. Cubre modernizar el centro, recuperar estanques, cerrar el circuito de agua, diversificar ingresos y certificar la producción. Treinta días hábiles de plazo.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones acuícolas ubicadas en Castilla-La Mancha, microempresas, pequeñas y medianas empresas, inscritas en el Registro de instalaciones de acuicultura autorizadas
- Cuánto se cobra
- 50 % del presupuesto subvencionable, y 60 % en operaciones de acuicultura sostenible ejecutadas por pymes
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con cuatro bloques de criterios y un umbral de aptitud en los generales
- Presupuesto
- 100.000 € con cargo al ejercicio 2027, condicionado a que exista crédito adecuado y suficiente
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 912457.
Qué inversiones entran
Once tipos de acción, todas ellas condicionadas a encajar en el Programa Operativo del FEMPA y a ser técnica y económicamente viables:
- Inversiones productivas en acuicultura.
- Diversificación de la producción y de las especies cultivadas.
- Modernización de centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y seguridad.
- Mejoras en salud y bienestar animal, incluidos equipos para proteger la explotación de animales silvestres.
- Recuperación de estanques o lagunas mediante la eliminación de lodo, o prevención de su depósito.
- Diversificación de ingresos mediante actividades complementarias.
- Inversiones que reduzcan el impacto ambiental.
- Mejora de la utilización y calidad del agua, reduciendo el uso de agua, productos químicos, antibióticos y medicamentos.
- Aumento de la calidad del caudal de salida, incluidos sistemas acuícolas multitróficos.
- Sistemas de recirculación de circuito cerrado, minimizando el uso de agua.
- Cumplimiento de requisitos y estándares para obtener la certificación de producción.
Se puede pedir para todos los conceptos o solo para algunos, siempre que las actuaciones no se hayan iniciado antes de presentar la solicitud. Se exceptúan los honorarios del proyecto de obra civil y los pagos a cuenta de maquinaria.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones acuícolas en Castilla-La Mancha, sean microempresas, pequeñas o medianas empresas.
La instalación debe estar inscrita en el Registro de instalaciones de acuicultura autorizadas de Castilla-La Mancha. Las nuevas instalaciones también pueden pedirla si obtienen la inscripción antes de que termine el plazo de justificación del pago.
Quién queda fuera
- Comunidades de bienes y agrupaciones sin personalidad jurídica.
- Empresas en crisis según las Directrices de la Comunicación 2014/C 249/01.
Además hay que estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, con la Junta y con la Seguridad Social, y no haber sido sancionada por prácticas laborales discriminatorias.
Cuantía y criterios
| Supuesto | Intensidad |
|---|---|
| Caso general | 50 % del presupuesto subvencionable |
| Operaciones que apoyan la acuicultura sostenible ejecutadas por pymes (art. 41 del Reglamento FEMPA) | 60 % |
Cómo se puntúa
Cuatro bloques de criterios: generales, horizontales ambientales y sociales, específicos de viabilidad técnica o económica y específicos por tipo de actividad.
Los criterios generales funcionan como umbral de aptitud: van de 5 a 10 puntos, y con 4 puntos o menos la operación se declara «no apta» para ser cofinanciada por el FEMPA, con independencia de lo que puntúe en el resto. Superado el umbral, su puntuación pesa un 30 % de la nota final.
Los tres subcriterios generales son la contribución a la Estrategia del Programa (0-2 puntos, con 2 si es una operación de la lista de importancia estratégica), la adecuación al DAFO (0-2, con 2 si menciona específicamente una necesidad del DAFO) y el tipo de actividad (0-2). Redactar la memoria enlazando explícitamente con la Estrategia y el DAFO del Programa es lo que separa el 6 del 4.
Plazos, ejecución y compatibilidad
- Plazo: 30 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOCM. Para 2026, del 18 de junio al 29 de julio. Las presentadas fuera de plazo se inadmiten.
- Una sola solicitud por persona beneficiaria y por explotación. Si se presentan varias para la misma explotación, se tramita la última.
- Vía: obligatoriamente telemática en jccm.es, dirigida a la Delegación Provincial. Alta previa en notifica.jccm.es.
- Subsanación: diez días.
- Ejecución: las obras pueden iniciarse una vez levantada el acta de no inicio, y deben concluir en un máximo de 12 meses desde la notificación de la concesión.
Los documentos de la solicitud no pueden modificarse ni mejorarse después de presentarla, salvo los supuestos que la propia resolución contempla.
Proyectos con no inicio ya verificado
Se tramitan en esta convocatoria las ayudas de proyectos cuyo no inicio se hubiera verificado antes de ella, presentando la solicitud en el plazo actual. Pero la convocatoria advierte que esa verificación previa no da derecho ni mérito alguno para la concesión.
Si alguien renuncia
El crédito liberado se asigna sin nueva convocatoria a las siguientes solicitudes por orden de puntuación, siempre que dé para atender al menos una denegada. Se comunica a los interesados y tienen diez días improrrogables para aceptar.
Compatibilidad
Compatible con otros fondos europeos siempre que la misma partida de gasto no esté subvencionada por otro fondo o instrumento de la Unión, ni por el mismo fondo dentro de un programa distinto.
Cómo se financia
FEMPA el 70 % y la Consejería de Desarrollo Sostenible el 30 %.
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Texto oficial
Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, convocatoria 2026 de ayudas para el fomento de la acuiculturaOrden 179/2023, de 13 de octubre, bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la acuicultura (DOCM de 24 de octubre de 2023)Un caso parecido
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