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Farmacias rurales · Diputación de Burgos

2.700 € fijos para la farmacia de viabilidad económica comprometida y reparto a partes iguales del resto para las demás, en municipios burgaleses de menos de 1.000 habitantes. Paga cuotas de autónomo o la Seguridad Social de un trabajador, nunca las dos.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas dadas de alta como trabajadores autónomos y personas jurídicas titulares de una oficina de farmacia ubicada en un municipio de la provincia de Burgos de menos de 1.000 habitantes, con domicilio fiscal en la provincia
Cuánto se cobra
2.700 € por cada farmacia declarada VEC; el crédito restante se reparte a partes iguales entre las farmacias no VEC que cumplan los requisitos
Procedimiento
Concurrencia con dos líneas —VEC preferente y no VEC subsidiaria— ordenadas por número de habitantes del municipio, de menor a mayor
Presupuesto
100.000 € en la partida 97/4390/47902/8.5 del Presupuesto General de la Corporación para 2026, financiados íntegramente por la Diputación
Organismo
DIPUTACIÓN PROV. DE BURGOS. Código BDNS 910855.

Objeto

Sostiene la oficina de farmacia del pueblo pequeño pagándole cotizaciones sociales. Los objetivos declarados de la convocatoria son fijar población, combatir el éxodo rural, mejorar el acceso de la población rural a los medicamentos y contribuir al sostenimiento del empleo de calidad en el medio rural.

Para la consultoría es una ficha de nicho pero muy accionable: el titular de una farmacia rural es, a efectos de esta ayuda, un autónomo más, y la convocatoria no exige inversión ni proyecto, solo estar donde está y haber cotizado.

Quién puede solicitarla

Personas físicas dadas de alta como trabajadores autónomos y personas jurídicas que cumplan:

  • Ser titular de una oficina de farmacia ubicada en un municipio de la provincia de Burgos de menos de 1.000 habitantes. La población se toma de las cifras oficiales del INE a 1 de enero de 2025.
  • Tener domicilio fiscal en cualquier municipio de la provincia de Burgos en el momento de la solicitud.
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones ni tener pendientes obligaciones por reintegro de subvenciones de la Diputación de Burgos.

Obsérvese que el requisito de ubicación es del establecimiento —municipio de menos de 1.000 habitantes— mientras que el domicilio fiscal puede estar en cualquier municipio de la provincia, incluida la capital.

Cuánto se cobra: dos líneas y dos lógicas

LíneaImporte
Farmacias VEC (Viabilidad Económica Comprometida), reconocidas conforme a la Orden SAN/339/2013, modificada por la Orden SAN/626/20232.700 € fijos a cada solicitud que cumpla los requisitos
Farmacias no VEC, línea subsidiariaEl crédito restante repartido a partes iguales entre todas las que cumplan, hasta agotarlo

La diferencia entre las dos líneas no es de baremo, es de estructura: la VEC cobra una cifra cerrada y conocida de antemano; la no VEC cobra lo que sobre dividido entre las que sean, así que su importe no se puede anticipar. Lo primero que hay que comprobar de un cliente farmacéutico es si tiene reconocida la condición de VEC por la Consejería de Sanidad, porque cambia por completo la previsión.

Orden de las solicitudes

Dentro de cada línea se ordenan por número de habitantes del ayuntamiento donde se ubica la farmacia, de menor a mayor. Los empates se resuelven por orden alfabético.

Qué gasto se justifica

Dos opciones incompatibles entre sí —un mismo solicitante no puede optar a las dos a la vez—:

  1. Los costes de Seguridad Social satisfechos por el trabajador autónomo titular de la oficina de farmacia, con centro de trabajo y domicilio fiscal en la provincia de Burgos.
  2. Los costes de Seguridad Social de un trabajador contratado por la persona física o jurídica titular de la farmacia.

Periodo subvencionable

Del 1 de enero al 31 de octubre de 2026. En establecimientos nuevos abiertos después del 1 de enero, cuenta desde la fecha de apertura; si el trabajador se contrató después, desde la fecha de contratación.

Con diez meses de cuota de autónomo por medio, el gasto justificable supera holgadamente los 2.700 € de la línea VEC, así que en la práctica la justificación no es el cuello de botella: lo es el reparto del crédito.

Justificación

Plazo máximo: 20 de noviembre de 2026, incluido. Hay que presentar:

  • Anexo III, modelo normalizado de justificación y cuenta justificativa.
  • Autónomos: informe de bases y cuotas satisfechas ingresadas a la Seguridad Social del 1 de enero al 31 de octubre de 2026. La cuota de octubre puede acreditarse con justificante bancario.
  • Trabajador contratado: nóminas firmadas por la empresa con sus justificantes de pago, justificantes de pago de los seguros sociales y documento de cálculo global del trabajador.
  • Certificado del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Burgos acreditando que el establecimiento ha estado abierto al público entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026.

Plazo y tramitación

  • Plazo: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Burgos.
  • Vía: única y exclusivamente por la sede electrónica de la Diputación, en el trámite específico «Solicitud subvención para FARMACIAS RURALES».
  • Resolución: Junta de Gobierno, en un máximo de cuatro meses desde el fin del plazo de solicitud. El silencio es desestimatorio.

Hay una advertencia que conviene tomarse literalmente: las solicitudes que no se registren en plazo o por el trámite establecido serán inadmitidas, «sin que pueda subsanarse dicha omisión». No se admiten otros cauces de intercambio registral. Con diez días hábiles de plazo y sin posibilidad de subsanar el canal, la preparación tiene que estar hecha antes de que salga el extracto.

Marco normativo

Ley 38/2003 General de Subvenciones y su Reglamento, la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones de la Diputación de Burgos (BOP de 6 de abril de 2006) y las Bases de Ejecución del Presupuesto 2026, sección 4ª.

Otras ayudas de la Diputación de Burgos para el mismo perfil

Para un autónomo del medio rural burgalés, esta línea se combina bien con las de hostelería y comercio minorista de la propia Diputación y con las de SODEBUR —servicios empresariales itinerantes y sostenibilidad energética de empresas rurales—, que cubren conceptos distintos.

Plazo

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Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Bases de concesión de subvenciones de apoyo a las farmacias rurales de la provincia de Burgos, texto íntegro publicado en la BDNSCertificado del acuerdo de la Junta de Gobierno por el que se aprueba la convocatoriaFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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