Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo cerrado (estimado)Contratar y empleoLa Rioja

Integración laboral en empresas de inserción

Cuatro ayudas acumulables para una empresa de inserción: 12.120 € por puesto de inserción, 13.300 € por puesto nuevo ligado a una inversión, 10.000 € por el gerente y 33.250 € por cada técnico de inserción. Se piden por trimestres vencidos, no en una única ventana.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas de inserción calificadas que operen en La Rioja
Cuánto se cobra
Módulos de 12.120 € por puesto de inserción, 13.300 € por puesto ligado a inversión (tope 50.000 € por empresa), 10.000 € por la gerencia y 33.250 € por técnico de inserción
Procedimiento
Concesión directa (art. 30 de la orden y art. 22.2.c LGS), hasta agotar el crédito
Presupuesto
125.000 €: 90.000 € en 2026 y 35.000 € en 2027
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 915590.

Objeto

Cuatro subvenciones distintas para empresas de inserción, todas referidas a actuaciones producidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026:

ProgramaQué financia
I (Sección 1ª)Creación y mantenimiento de puestos de trabajo para personas en situación o riesgo de exclusión social
II (Sección 2ª)Inversión fija generadora de empleo
III (Sección 3ª)Apoyo a la función gerencial
IV (Sección 4ª)Contratación de personal técnico de inserción

Los cuatro se pueden solicitar a la vez y en el mismo Anexo I, marcando el programa y el periodo. Es una convocatoria pensada para sostener la estructura completa de la empresa de inserción, no una ayuda puntual.

Cuantías

Programa I — puestos de inserción

Módulo de 12.120 € por puesto de trabajo creado o mantenido para un periodo subvencionable de doce meses completos (módulo del artículo 62.1 del Real Decreto 818/2021). Si la duración es menor, se prorratea por meses completos del contrato inicial o de sus prórrogas, y por días de alta en los meses incompletos.

Programa II — inversión fija generadora de empleo

ConceptoValor
Por cada nuevo puesto estable a jornada completa ocupado por persona en inserción13.300 €
Límite sobre el coste de la inversión90 %
Tope por empresa o entidad en esta convocatoria50.000 €

Programa III — función gerencial

Módulo de 10.000 € (artículo 63.a del RD 818/2021) por contratar o mantener a jornada completa, durante doce meses, a la persona que ejerce la gerencia o dirección.

Requiere contar en el momento de la solicitud con 5 o más puestos de trabajo de personas en proceso de inserción. Por debajo de ese umbral, este programa no se puede pedir.

Programa IV — técnicos de inserción

Módulo de 33.250 € por contrato a jornada completa y año (artículo 63.b del RD 818/2021). Es la cuantía más alta de la convocatoria.

Con un límite operativo: cada técnico a jornada completa no puede atender a más de 12 personas en proceso de inserción. Ese ratio determina cuántos técnicos son financiables.

Regla común de jornada

En contrataciones a tiempo parcial la cuantía se reduce proporcionalmente al tiempo efectivo de trabajo, y la jornada no puede ser inferior al 50 % de la jornada completa del convenio aplicable o, en su defecto, de la ordinaria legal.

Plazos: por trimestres, no en una ventana única

El plazo se abre el día siguiente a la publicación del extracto en el BOR, pero cada programa tiene su propio ritmo:

  • Programas I, III y IV (puestos de inserción, gerencia y técnicos): se solicitan y justifican por trimestres vencidos, dentro del año natural 2026. El plazo de cada trimestre es de dos meses desde el día siguiente a su vencimiento.
  • Programa II (inversión fija): cuatro meses desde el día siguiente al alta en la Seguridad Social de las personas contratadas vinculadas a la inversión. Hay que aportar todos los gastos elegibles ya pagados íntegramente antes de solicitar.

Para las actuaciones producidas antes de la entrada en vigor de la convocatoria, los plazos se cuentan desde el día siguiente a su publicación en el BOR.

Este calendario obliga a llevar el expediente al día durante todo el ejercicio: son cuatro solicitudes trimestrales, no una anual. Perder un trimestre no se recupera después.

Tramitación y justificación

Solicitud electrónica obligatoria con el Anexo I normalizado, en web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25738, firmada electrónicamente. Se entiende presentada al obtener el justificante de registro.

La solicitud incorpora una declaración responsable del representante legal que cubre, entre otros extremos: obligaciones de reintegro, ausencia de prohibiciones del artículo 13 de la LGS, no haber obtenido otras ayudas por los mismos costes, mantenimiento de contabilidad diferenciada, no haber sido sancionada con exclusión del acceso a ayudas de empleo, y no haber sido sancionada por acciones discriminatorias por razón de género conforme a la Ley 7/2023 de igualdad efectiva de La Rioja.

Justificación por programa

  • Programas I, III y IV: memoria de actuación justificativa de cada trimestre, con el periodo subvencionable, la cuantía global solicitada y el detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad. En III y IV, además, contrato laboral y sus prórrogas y la autorización del Anexo III de la persona contratada.
  • Programa II: memoria de las inversiones y resultados por cada persona contratada (Anexo VI), relación de facturas (Anexo VII) y las facturas con acreditación bancaria del pago que identifique al destinatario.

Los certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social los consulta de oficio la Dirección General de Empleo, salvo que la empresa se oponga expresamente; en ese caso tiene que aportarlos ella, con validez a la fecha de otorgamiento.

Agotado el crédito se deniegan las solicitudes que no puedan atenderse, y esas solicitudes no generan derecho en convocatorias posteriores.

Plazo25 de agosto de 2026

Cierra hoy

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Resolución de convocatoria 2026 publicada en la BDNSTrámite de solicitud en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja

Un caso parecido

16.000 €

Empresa de Madrid, en Mentoring de la Agencia para el Empleo de Madrid. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.

Seguir mirando

Contratar y empleo en La Rioja5Todas las abiertas en La Rioja28Contratar y empleo en toda España140
LlamarEstudia mi caso