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Empresas de inserción: inversión fija vinculada a nuevos puestos

Hasta el 90 % de la inversión, con un tope de 13.300 € por puesto de trabajo creado. Es una de las intensidades más altas de todo el catálogo autonómico, y financia desde el acondicionamiento del local hasta el vehículo o el software.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas de inserción laboral calificadas e inscritas conforme al Decreto 34/2007 que desarrollen su actividad en Castilla y León
Cuánto se cobra
Hasta el 90 % de la inversión realizada, impuestos excluidos, con el límite de 13.300 € por puesto de trabajo creado
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
100.000 € en la aplicación 08.05G.241C01.770.18.00, ampliables hasta un máximo de 500.000 €
Organismo
CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 915103.

Objeto

Financia la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo en empresas de inserción.

Es la línea complementaria de la de costes laborales: mientras aquella paga el salario del puesto de inserción, esta paga lo que hace falta comprar para que ese puesto exista.

El 90 % de intensidad es de los porcentajes más altos del catálogo de Castilla y León, solo por detrás del 100 % de la línea de comercialización rural. Para una empresa de inserción que va a equipar un taller o un local, deja un margen de autofinanciación mínimo.

Cuantía y qué entra

ConceptoValor
Intensidadhasta el 90 % de la inversión realizada, impuestos excluidos
Límite por puesto de trabajo creado13.300 €

La persona contratada debe figurar inscrita previamente como demandante de empleo en el servicio público de empleo. Si la jornada es inferior a la legal o de convenio, la cuantía se reduce proporcionalmente.

Qué se entiende por «vinculación»

La relación directa entre la actividad desarrollada por la empresa solicitante y el tipo y uso de la inversión objeto de subvención. No basta con que la compra sea útil: tiene que servir a la actividad concreta de la empresa de inserción.

Gastos elegibles

  • Acondicionamiento de locales de uso exclusivo para el ejercicio de la actividad de la empresa de inserción.
  • Mobiliario y equipos de oficina necesarios para el desarrollo de la actividad productiva.
  • Vehículos necesarios y exclusivos para el desarrollo de la actividad.
  • Maquinaria y utillaje.
  • Equipos para procesos de información.
  • Software y aplicaciones informáticas.

Que los vehículos sean elegibles distingue a esta línea de la mayoría de las de inversión del catálogo, donde suelen estar excluidos. Para una empresa de inserción de servicios —limpieza, jardinería, reparto— el vehículo es a menudo la inversión principal.

Excluido

No se tiene en cuenta la adquisición por contrato de arrendamiento financiero ni por otras figuras jurídicas similares que no concedan la propiedad del bien.

Quién puede solicitarla

Empresas de inserción laboral calificadas e inscritas conforme al Decreto 34/2007 que desarrollen su actividad en Castilla y León.

Requisitos comunes de las tres líneas de inserción

  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y no mantener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad salvo aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
  • No haber sido inhabilitadas por sentencia firme para obtener subvenciones.
  • No haber sido excluidas del acceso a programas de empleo por infracciones graves o muy graves no prescritas.
  • Cumplir el artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007 sobre planes de igualdad cuando resulte de aplicación.

Plazo y crédito

  • Plazo: hasta el 17 de septiembre de 2026.
  • Vía: electrónica obligatoria, en tramitacastillayleon.jcyl.es.
  • Procedimiento: concurrencia competitiva.

El crédito puede quintuplicarse

100.000 € iniciales, ampliables durante la vigencia de la convocatoria hasta un máximo de 500.000 €.

Con un tope de 13.300 € por puesto, la dotación inicial cubre unos 7 puestos en toda la comunidad; la ampliada, unos 37. Es la línea más pequeña de las tres y la que más depende de que la ampliación se materialice, así que conviene no dejar la solicitud para el final del plazo.

Cómo encajan las tres líneas de inserción

LíneaQué pagaMáximo
Puestos de exclusión socialCostes laborales del puesto de inserción12.120 €/puesto y año
Inversión fija (esta)Equipamiento vinculado al nuevo puesto13.300 €/puesto
Asistencia técnicaSalario del personal técnico de acompañamiento33.250 €/contrato y año

Son tres convocatorias distintas con crédito propio, y una misma empresa de inserción puede acudir a las tres en el mismo ejercicio: cubren conceptos diferentes del mismo proyecto.

Cierra en17 de septiembre de 2026

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Texto oficial

Orden de convocatoria de 24 de junio de 2026, texto íntegro publicado en la BDNSBases reguladoras de las subvenciones a empresas de inserción (BOCYL de 05/01/2024)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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