Empresas de inserción: asistencia técnica
Hasta 33.250 € al año por el contrato del técnico de acompañamiento, la cuantía por contrato más alta del catálogo de Castilla y León. La contrapartida es una ratio estricta: cada técnico no puede atender a más de doce personas en proceso de inserción.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de inserción laboral calificadas e inscritas conforme al Decreto 34/2007 que desarrollen su actividad en Castilla y León
- Cuánto se cobra
- Hasta 33.250 € por contrato a tiempo completo y periodo subvencionable de doce meses
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 260.000 € en la aplicación 08.05G.241C01.770.18.00, ampliables en hasta 600.000 € adicionales
- Organismo
- CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 911450.
Objeto
Financia los costes salariales del personal técnico que acompaña a las personas en proceso de inserción: la figura que hace posible que una empresa de inserción sea algo más que una empresa que contrata a personas vulnerables.
Periodo subvencionable: del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.
Es la tercera pata del bloque de empresas de inserción, y la de cuantía unitaria más alta: 33.250 € por contrato frente a los 12.120 € del puesto de inserción. La lógica es evidente —un técnico titulado cuesta más que el puesto que acompaña—, pero conviene tenerlo presente al dimensionar el proyecto: el técnico puede salir más subvencionado que las personas a las que atiende.
La ratio de doce personas
Es la regla que estructura toda la ayuda: el número de personas en procesos de inserción a atender por cada técnico contratado no puede ser superior a doce.
Y esa ratio no solo limita: modula el importe. La subvención se reduce proporcionalmente en función del número de personas en proceso de inserción atendidas respecto del máximo de doce.
Traducido: un técnico que atiende a seis personas cobra aproximadamente la mitad, no los 33.250 € completos. El importe máximo solo se alcanza con la ratio llena. Para una empresa de inserción pequeña, eso significa que un técnico a tiempo completo puede resultar desproporcionado y que conviene ajustar la jornada del contrato al número real de personas atendidas.
Cuantía
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Por contrato a tiempo completo y 12 meses | 33.250 € |
Destinada a financiar los costes salariales, incluidas las pagas extraordinarias, y la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos del personal técnico.
Las tres reducciones
- Proporcional al tiempo de trabajo efectivo dentro del periodo subvencionable.
- Proporcional al número de personas en proceso de inserción atendidas respecto del máximo de doce.
- Proporcional cuando el puesto sea a tiempo parcial, que a estos efectos no puede ser inferior al 50 % de la jornada completa de un trabajador comparable.
El tope de parcialidad
En ningún caso puede subvencionarse una parcialidad superior a la jornada parcial media de los trabajadores en puestos de inserción atendidos.
Es una regla de coherencia poco intuitiva: si las personas en inserción trabajan de media al 60 % de jornada, el técnico no puede subvencionarse por encima de ese 60 %, aunque esté contratado a tiempo completo. Antes de fijar la jornada del técnico conviene calcular la media de las personas a las que va a atender.
Quién puede solicitarla
Empresas de inserción laboral calificadas e inscritas conforme al Decreto 34/2007 que desarrollen su actividad en Castilla y León.
Requisitos
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y no mantener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad salvo aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
- No haber sido inhabilitadas por sentencia firme para obtener subvenciones.
- No haber sido excluidas del acceso a programas de empleo por infracciones graves o muy graves no prescritas.
- Cumplir el artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007 sobre planes de igualdad cuando resulte de aplicación.
Plazo y crédito
- Plazo: hasta el 15 de septiembre de 2026.
- Vía: electrónica obligatoria, en tramitacastillayleon.jcyl.es.
- Procedimiento: concurrencia competitiva.
Crédito
260.000 € iniciales, ampliables durante la vigencia de la convocatoria en hasta 600.000 € adicionales sobre el crédito convocado.
Con 33.250 € por contrato completo, la dotación inicial da para unos 8 técnicos en toda la comunidad; con la ampliación, unos 26.
Calendario de las tres líneas
| Línea | Periodo subvencionable | Cierre |
|---|---|---|
| Asistencia técnica | 1/7/2025 – 30/6/2026 | 15 de septiembre de 2026 |
| Puestos de exclusión social | 1/8/2025 – 31/7/2026 | 17 de septiembre de 2026 |
| Inversión fija | — | 17 de septiembre de 2026 |
Los periodos subvencionables no coinciden entre líneas: el de asistencia técnica arranca un mes antes que el de los puestos de inserción. Al preparar los tres expedientes a la vez hay que vigilar que cada nómina se impute a la ventana que le corresponde.
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Orden de convocatoria de 8 de junio de 2026, texto íntegro publicado en la BDNSBases reguladoras de las subvenciones a empresas de inserción (BOCYL de 05/01/2024)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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