Emprendedores en la Sierra de Codés
5.000 € por proyecto para pagar los servicios profesionales que hacen falta para emprender en la Sierra de Codés, y 6.000 € si dos o más promotores presentan un proyecto conjunto. Se resuelve por orden hasta agotar los 28.500 €.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas, agrupaciones, comunidades de bienes y otras unidades económicas sin personalidad que desarrollen una iniciativa en alguno de los municipios de la red «Tejiendo Caminos en la Sierra de Codés»
- Cuánto se cobra
- Hasta 5.000 € por proyecto de emprendimiento individual y hasta 6.000 € por proyecto colaborativo
- Procedimiento
- Evaluación individualizada con umbral de 50 puntos, abierta hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 28.500 €, de los que 6.000 € se reservan a la línea de proyectos colaborativos
- Organismo
- BARGOTA. Código BDNS 921815.
Objeto
Financia dos cosas dentro del proyecto «Tejiendo Caminos en la Sierra de Codés», que busca potenciar el desarrollo local a través del emprendimiento y la innovación consolidando una red de cooperación entre mujeres líderes de los municipios de la zona:
- Servicios profesionales que sirvan de apoyo al desarrollo de iniciativas emprendedoras.
- Proyectos colaborativos promovidos conjuntamente por dos o más personas físicas o jurídicas, orientados a la cooperación, la innovación, el intercambio de conocimiento o la comercialización conjunta.
La iniciativa debe implantarse en alguno de los municipios de la red y referirse a una de estas tres actividades:
- Fomento de tejido comercial, agrícola, ganadero, forestal y de servicios.
- Establecimiento de nuevas actividades socioeconómicas mediante autoempleo.
- Implantación de alojamientos y servicios turísticos.
Lo que se paga aquí no es la inversión, sino el asesoramiento: el plan de viabilidad, la consultoría, el diseño. Es la ayuda que cubre justo el gasto que casi ninguna otra convocatoria municipal admite, y encaja como paso previo a las líneas autonómicas de promoción del empleo autónomo o de inversión.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas que vayan a llevar a cabo iniciativas relacionadas con los objetivos del proyecto, y también agrupaciones, comunidades de bienes y otras unidades económicas o patrimonios separados sin personalidad jurídica.
En las agrupaciones hay que hacer constar en la solicitud y en la resolución los compromisos de ejecución de cada miembro y el importe que corresponde a cada uno —todos son beneficiarios— y nombrar un representante único. La agrupación no puede disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción.
Requisitos
- Desarrollar el proyecto en alguno de los municipios que conforman la red.
- Estar al corriente con la Hacienda Foral de Navarra, la Seguridad Social y las entidades locales integradas en el proyecto.
La regla de la edición anterior
No pueden ser beneficiarias las personas ni los proyectos que ya recibieron financiación por esta misma convocatoria en ediciones anteriores, y la restricción se aplica aunque la solicitud actual sea de una iniciativa distinta, salvo que se trate de una ampliación justificada y autorizada previamente.
La excepción: la línea de proyectos colaborativos queda fuera de esa restricción. Quien ya cobró por emprendimiento individual sí puede volver por la vía colaborativa.
Cuantía y gastos
| Línea | Máximo por proyecto | Presupuesto de la línea |
|---|---|---|
| Emprendimiento individual | 5.000 € | 22.500 € |
| Proyectos colaborativos | 6.000 € | 6.000 € |
Los gastos deben estar directamente vinculados a la actividad, justificarse materialmente y realizarse entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, incluyendo el IVA cuando resulte subvencionable.
Son elegibles los gastos que contribuyan a los objetivos del proyecto tanto si los ejecutan las personas promotoras como si los ejecutan terceros, siempre que se acredite documentalmente su necesidad y vinculación directa.
Los 6.000 € de la línea colaborativa son el presupuesto completo de esa línea: solo hay sitio para un proyecto conjunto. Presentar pronto y con una memoria conjunta sólida es, en la práctica, la única forma de acceder a ella.
Qué es un proyecto colaborativo
Iniciativas de dos o más personas físicas o jurídicas que compartan objetivos, recursos o actuaciones dirigidas a la creación o mejora de productos o servicios, la comercialización conjunta, la digitalización, la promoción del territorio u otra actuación alineada con el proyecto. Hay que acreditar colaboración efectiva y presentar una memoria conjunta con actuaciones, objetivos, reparto de funciones y presupuesto.
Baremo, plazo y tramitación
Hace falta alcanzar un mínimo de 50 puntos. La cuantía concreta se propone en función del coste del servicio, de la actuación y de la puntuación obtenida.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Grado de desarrollo de la idea de negocio: estudio de mercado, análisis de hitos y puntos críticos | 30 |
| Alineación con los objetivos del proyecto | 20 |
| Creación de puestos de trabajo | 10 |
| Impacto de género de la propuesta | 10 |
| Relación del servicio con el objetivo del proyecto | 10 |
| Alineación con los objetivos de desarrollo sostenible | 10 |
| Digitalización, marketing y publicidad | 10 |
Con 30 puntos, el desarrollo de la idea de negocio vale más que la mitad del umbral. Un plan de empresa con estudio de mercado y análisis de puntos críticos deja la solicitud a 20 puntos de entrar; sin él es casi imposible llegar a 50.
- Plazo: desde la publicación en la BDNS hasta agotar el crédito o, como máximo, el 30 de septiembre de 2026.
- Solicitud dirigida al Ayuntamiento de Bargota por su registro general. La instruye el Ayuntamiento asesorado por el Equipo de Coordinación del proyecto.
- Documentación: instancia del anexo II, declaraciones responsables, memoria explicativa del proyecto empresarial, documento justificativo del servicio profesional, factura proforma o definitiva, DNI y CIF, certificados de estar al corriente y certificado de datos bancarios.
- Resolución en tres meses desde la entrada de la solicitud. Silencio desestimatorio.
- Si el importe a otorgar es inferior al solicitado, se puede instar la reformulación de la solicitud.
- Pago previa justificación con la factura del servicio y el justificante de pago.
Obligaciones
- Someterse a los controles del órgano concedente, de cualquier entidad integrada en la red y de los cofinanciadores del proyecto.
- Publicitar la colaboración de todas las entidades promotoras integrando el logo del anexo I en las comunicaciones, y colocar en lugar visible un cartel DIN A3 durante la duración del proyecto.
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas y subvenciones concedidas con igual finalidad.
124 días
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
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