Ahorro energético y energías renovables en empresas de Fuerteventura
Cuatro medidas del plan energético insular convocadas a la vez, con 183.000 € para empresas: vehículos eléctricos puros, renovables en explotaciones agrícolas y ganaderas, y autoconsumo en comercios y pymes. Los vehículos tienen bolsa separada para empresas y para familias.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas que no desarrollan actividad económica y pymes y personas físicas con actividad económica de la isla de Fuerteventura, según la medida
- Cuánto se cobra
- Determinada en las bases reguladoras de cada medida, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 58.000 € en la medida III, 100.000 € en la medida IV y 25.000 € en la medida VI
- Organismo
- CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA. Código BDNS 890054.
Objeto: cuatro medidas de un mismo plan
El Cabildo de Fuerteventura convocó en febrero de 2026 varias medidas de su Plan Estratégico de Subvenciones para el Ahorro y Mejora de la Eficiencia Energética y Fomento de las Energías Renovables (2024-2026), aprobado por el Pleno el 26 de enero de 2024.
Cada medida tiene sus propias bases reguladoras y su propio registro en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, pero comparten calendario y estructura:
| Medida | Objeto | Crédito | Código BDNS |
|---|---|---|---|
| III | Adquisición de vehículos eléctricos puros | 58.000 € | 890054 |
| IV | Instalaciones de energías renovables en explotaciones ganaderas y agrícolas | 100.000 € | 890055 |
| V | Mejora de eficiencia energética en instalaciones de iluminación en pymes | ANULADA (8.000 €, código 890057) | |
| VI | Instalaciones de autoconsumo en comercios y pymes | 25.000 € | 890058 |
La medida V quedó anulada y así consta en el propio título del registro de la BDNS. Quien busque ayuda para renovar la iluminación de un local en Fuerteventura no la encontrará este año por esta vía.
Medida III: el crédito está partido entre empresas y familias
Es el detalle más relevante para un cliente empresarial. Los 58.000 € de la medida de vehículos eléctricos no van a un fondo común: están en dos aplicaciones presupuestarias distintas.
| Aplicación | Destinatario | Importe |
|---|---|---|
| 2026 71130 4250A 7700226 | Empresas | 30.000 € |
| 2026 71130 4250A 7890326 | Familias | 28.000 € |
Para una empresa, el techo real de la medida III son 30.000 €, no 58.000. Se compite solo contra otras empresas, no contra particulares.
Sumando los 30.000 € de empresas de la medida III, los 100.000 € de la medida IV y los 25.000 € de la medida VI, el dinero disponible para actividad económica en el plan energético majorero de 2026 son 155.000 €, más lo que corresponda a las explotaciones agrarias que operen como personas físicas.
Ventana de compra y justificación
En la medida III, son subvencionables los vehículos adquiridos entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026, y dentro de ese plazo el vehículo debe estar pagado (base 28.2).
Es una precisión que conviene subrayar: no basta con haber firmado el pedido o haber matriculado. Los justificantes de pago que aporte el beneficiario deben estar comprendidos entre esas dos fechas.
Con una excepción muy acotada: solo se admiten pagos anteriores al 1 de agosto de 2025 cuando se hayan hecho en concepto de anticipo o adelanto y no superen el 50 % del gasto subvencionable (base 28.4). La reserva del coche pagada en junio de 2025 puede entrar; la compra completa, no.
Plazos
- Presentación: un mes. El plazo concluye el mismo día de la publicación de la convocatoria en el BOP de Las Palmas, del mes siguiente.
- Resolución: 6 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP.
- Justificación: 15 días desde la resolución de concesión definitiva. Es un plazo muy corto, y por eso importa que el gasto ya esté pagado: la documentación tiene que estar preparada antes de que llegue la resolución.
En la edición de 2026, las medidas III, IV y VI cerraron el 4 de abril y la medida V, anulada, figuraba con cierre el 28 de marzo.
Cuantías y dónde consultarlas
Las bases reguladoras de la medida III fueron aprobadas por el Pleno del Cabildo el 23 de febrero de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 51, de 26 de abril de 2024. Las de las medidas IV y VI se aprobaron en el mismo marco del plan estratégico.
La resolución de convocatoria depositada en la BDNS no reproduce los importes unitarios de subvención: se limita a remitirse a las bases del BOP, y ese boletín no está accesible en el repositorio público del BOP de Las Palmas en el momento de redactar esta ficha. Antes de presentar un expediente conviene pedir el texto de las bases al Servicio de Industria del Cabildo o consultarlas en cabildofuer.es, donde la convocatoria también se publica.
El crédito de cada medida puede incrementarse por generación, ampliación o incorporación de crédito sin nueva convocatoria. La declaración de créditos disponibles se publica en el BOP antes de la resolución de concesión y no abre nuevo plazo ni reinicia el cómputo para resolver.
Dónde se publica
La convocatoria se publica en el BOP de Las Palmas, en el tablón de anuncios de sede.cabildofuer.es y en la web del Cabildo.
El plan estratégico cubre el periodo 2024-2026, por lo que 2026 es su última anualidad prevista: para 2027 habrá que ver si el Cabildo aprueba un plan nuevo.
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