Eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas de Castilla-La Mancha (PRTR)
El 80 % de la obra de aislamiento, la aerotermia, el LED, la domótica o el cambio de electrodomésticos del hotel, la casa rural o el camping —hasta el 140 % de intensidad sumando los incrementos por despoblación—. Se resuelve por fecha y hora de registro.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada titulares de establecimientos hoteleros, alojamientos de turismo rural, apartamentos turísticos, campings y demás empresas turísticas que operen en Castilla-La Mancha
- Cuánto se cobra
- 80 % del gasto subvencionable, incrementable hasta un 40 % adicional por despoblación y un 20 % más por zona prioritaria
- Procedimiento
- Procedimiento simplificado de concurrencia: se tramita y resuelve por fecha y hora de registro hasta agotar el presupuesto
- Presupuesto
- 5.000.000 €, procedentes de los Acuerdos de Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 y 29 de diciembre de 2023, con tramitación anticipada; la partida principal es la 19120000G/751C/77000, con 4.400.000 €
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 878522.
Objeto y qué actuaciones entran
La Orden 193/2025, de 26 de diciembre establece las bases y convoca en el mismo acto las ayudas a proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas, dentro del componente 14, inversión 4, submedida 2 del Plan de Recuperación.
| Tipología |
|---|
| a) Eficiencia energética de la envolvente térmica |
| b) Eficiencia energética y renovables en instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y ACS, incluidas redes de calor y frío alimentadas por renovables o calor residual para complejos de varios edificios |
| c) Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación |
| d) Digitalización, automatización y control, y sistemas de gestión de edificios |
| e) Medidas de gestión de residuos |
| f) Acciones que fomenten suministros de proximidad (km 0) |
| g) Formación y concienciación de plantilla y sensibilización de clientes |
| h) Programa de gestión sostenible de recursos y modernización de equipos, incluida la sustitución de electrodomésticos por modelos de alta eficiencia |
La tipología 8 tiene una condición que conviene prever antes de contratar: hay que acreditar el desmontaje y la retirada de los equipos sustituidos, sin que puedan venderse ni reutilizarse como electrodomésticos. El proveedor debe emitir el certificado de retirada.
Los requisitos técnicos y los costes elegibles de cada tipología están en el Anexo I de la orden.
Lo que queda fuera
- Actuaciones en edificios de nueva construcción.
- Intervenciones que supongan ampliación —incremento de superficie o volumen construido—.
- Intervenciones que conlleven cambio de uso del edificio.
- Proyectos que no respeten el principio de «no causar un perjuicio significativo» (DNSH) del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852: actividades relacionadas con combustibles fósiles y actividades del régimen de comercio de derechos de emisión cuyas emisiones no se sitúen por debajo de los parámetros de referencia.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que presten servicios turísticos. Las tipologías de alojamiento admitidas, con su norma de ordenación:
| Tipología | Norma |
|---|---|
| Establecimientos hoteleros | Decreto 253/2023, de 12 de septiembre |
| Alojamientos de turismo rural | Decreto 88/2018, de 29 de noviembre |
| Apartamentos turísticos | Decreto 36/2018, de 29 de mayo |
| Campings o campamentos de turismo | Decreto 94/2018, de 18 de diciembre |
Requisitos
- Tener residencia fiscal en España y realizar las actuaciones en Castilla-La Mancha.
- Haber iniciado la actividad, en los términos del artículo 9 de la Ley 8/1999, antes del día de la publicación de la convocatoria en el DOCM.
- Estar al corriente con la Administración estatal y regional y con la Seguridad Social antes de dictarse la propuesta de resolución.
- No incurrir en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones ni en las incompatibilidades de la Ley 11/2003.
- Cumplir los plazos de pago a proveedores del artículo 13.3.bis de la Ley General de Subvenciones.
Cuantía: el 80 % y los incrementos
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Intensidad base | 80 % del gasto subvencionable |
| Zonas en riesgo de despoblación, rurales intermedias agrícolas de menos de 2.000 habitantes con pérdida de población, e intensa despoblación de más de 2.000 habitantes | +20 % |
| Intensa despoblación de menos de 2.000 habitantes y extrema despoblación de más de 2.000 | +30 % |
| Extrema despoblación de menos de 2.000 habitantes | +40 % |
| Zona prioritaria (artículo 4 de la Ley 5/2017 y Anexo del Decreto 52/2018) | +20 % |
Los incrementos por despoblación y por zona prioritaria son compatibles entre sí.
Con el 80 % de base más un 40 % y un 20 % de incrementos, la intensidad nominal supera el 100 %. La orden pone el límite explícito: la cuantía de la subvención no podrá superar en ningún caso el coste de la actividad subvencionada. En la práctica, una casa rural en un municipio de extrema despoblación que además sea zona prioritaria puede llegar a que le financien la totalidad de la obra de eficiencia energética.
Plazo de ejecución
Se inicia con la presentación de la solicitud y termina en la fecha que fije la resolución individual, que no puede superar los tres meses desde su notificación. En todo caso, las actuaciones deben estar completamente ejecutadas antes del 30 de abril de 2026.
Sí se admiten actuaciones preparatorias anteriores a la solicitud, con sujeción al artículo 6.6.
Cómo se decide: por fecha y hora de registro
La concesión se hace por el procedimiento simplificado de concurrencia del artículo 75.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. No hay baremo de méritos.
Los expedientes se tramitan y resuelven conforme se van presentando, mientras haya crédito. La prelación la marca la fecha y hora de presentación en el Registro único de la Junta, y los empates se dirimen por el número de asiento registral. Con 5 millones y el 80 % de intensidad, el presupuesto se agota rápido: presentar el primer día del plazo es toda la estrategia.
- Plazo: un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden y su extracto en el DOCM.
- Una única solicitud por cada establecimiento del que se sea titular, recogiendo todas las actuaciones de ese establecimiento. Si se presenta más de una por establecimiento, solo cuenta la última.
- Vía: telemática con firma electrónica, formulario del anexo III más los anexos IV, V, VI y VII, dirigida a la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.
- Las solicitudes fuera de plazo no se admiten a trámite.
Las solicitudes válidas que no se resuelvan por falta de consignación pueden atenderse sin nueva convocatoria, con la misma prelación temporal, si se producen renuncias, incumplimientos o un aumento de la dotación presupuestaria. No hay que volver a solicitar.
Obligaciones: los tres años y la contabilidad separada
- Mantener las condiciones de la inversión y los requisitos que dieron lugar a la concesión durante un mínimo de tres años desde el abono de la ayuda.
- Ejecutar el proyecto conforme a los objetivos, tareas, programa temporal y condiciones económicas aprobadas.
- Llevar contabilidad separada o código contable adecuado para todas las transacciones de la actividad subvencionada, con sistema informatizado de registro y almacenamiento de datos contables.
- Disponer de libros contables y registros diligenciados conforme a la legislación mercantil y sectorial.
- Comunicar, antes de justificar, cualquier otra ayuda obtenida para la misma actividad.
Por tratarse de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el control va mucho más allá de lo habitual: además de la Dirección General de Turismo, la Intervención General, la Cámara de Cuentas y el Tribunal de Cuentas, pueden acceder al detalle de las actuaciones la Comisión Europea, el Tribunal de Cuentas Europeo, la OLAF y la Fiscalía Europea. La contabilidad separada no es una formalidad: es lo que hace auditable el expediente.
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