Ayudas a las empresas de economía social de Santiago de Compostela 2026
El 80 % de los gastos corrientes de una cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción de Santiago, hasta 5.000 €. Entran los salarios y los anticipos societarios. Y se solicita y se justifica en el mismo trámite, sin segunda vuelta.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pequeñas y medianas empresas con forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción según la Ley de economía social de Galicia, con sede social, fiscal y al menos un centro de trabajo en Santiago de Compostela. No pueden participar las empresas participadas por una Administración pública
- Cuánto se cobra
- La menor de dos cifras: el 80 % de los gastos justificados con un tope de 5.000 € por beneficiario, o el resultado de repartir los 140.000 € entre los beneficiarios en proporción a los puntos obtenidos
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con comisión de valoración y puntuación mínima de 4 puntos
- Presupuesto
- 140.000 € con cargo a los presupuestos municipales de 2026, partida 020 43300 4790001
- Organismo
- SANTIAGO DE COMPOSTELA. Código BDNS 923651.
Lo mejor: se justifica al solicitar
En esta convocatoria se contempla una única fase que comprenderá la presentación de solicitudes y la justificación.
Junto con la solicitud va toda la documentación necesaria para conceder y aprobar la justificación. El formulario normalizado CS006ES tiene un apartado propio para relacionar las facturas y los gastos de personal.
Para una asesoría esto cambia la economía del expediente: no hay que volver al cliente en noviembre a pedir papeles. Se monta una vez, en octubre, con el año ya gastado, y se cierra. El coste de gestión es la mitad que en una convocatoria de dos fases.
La contrapartida es que hay que llegar con los gastos ya pagados: el plazo de solicitud es el plazo de justificación.
Qué gastos entran
Gastos corrientes realizados y pagados entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2026, definidos por su cuenta del Plan General Contable de pymes:
| Cuenta | Qué es |
|---|---|
| Subgrupo 62, salvo la 620 | Servicios exteriores: alquileres, reparaciones, servicios profesionales, transportes, primas de seguros, servicios bancarios, publicidad, suministros… Queda fuera la 620 de investigación y desarrollo. |
| Cuentas 640, 642 y 647 | Salarios, Seguridad Social a cargo de la empresa y anticipos societarios de las personas socias trabajadoras de cooperativas. |
Que entren los anticipos societarios es lo que hace esta convocatoria útil de verdad para una cooperativa de trabajo asociado: es el concepto que en otras ayudas se cae por no ser nómina.
No son subvencionables las inversiones en activo ni nada que pueda activarse en el futuro. Tampoco los impuestos indirectos recuperables ni los impuestos personales sobre la renta.
Los pagos deben hacerse por transferencia, domiciliación, talón bancario o tarjeta —nunca en efectivo— y respetando los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad: lo pagado fuera de plazo no es gasto subvencionable.
Cuánto se cobra: la fórmula manda
La cuantía es la menor de estas dos:
- El 80 % de los gastos justificados, con un tope de 5.000 € por beneficiario.
- El resultado de: (puntos del beneficiario ÷ puntos de todos los beneficiarios) × 140.000 €.
La segunda es la que decide en la práctica. Con 140.000 € y un tope de 5.000 €, 28 beneficiarias al máximo agotan la partida: por encima de ese número, todo el mundo cobra menos de 5.000 € y lo que se lleva cada una depende de su puntuación relativa.
Hay una segunda vuelta automática: si sobra crédito, el remanente se reparte entre quienes no llegaron al 80 % de sus gastos, otra vez en proporción a los puntos, sin superar nunca los 5.000 € ni el 80 %.
Conclusión operativa: los puntos no son un umbral, son dinero. Cada punto de más aumenta la porción del reparto.
Cómo se puntúa
Hace falta un mínimo de 4 puntos para entrar; por debajo, la solicitud queda eliminada.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Memoria empresarial — se valora el triple impacto: social y medioambiental además del económico | hasta 3 |
| Empleo femenino: mayoría del capital social y/o de las personas trabajadoras | 1 |
| Plantilla con personas con discapacidad o en situación de exclusión social | 1 |
| Sector: hostelería, comercio, turismo, agroalimentario, jardinería o servicios | 1 |
| Uso del gallego en la actividad de la empresa y en la propia memoria | 1 |
| Internacionalización, acreditada de forma fidedigna | 1 |
| Tamaño: microempresa | 1 |
| Tamaño: pequeña empresa | 0,5 |
La memoria vale un tercio del baremo y tiene una extensión máxima de siete páginas. Debe recoger la historia de la empresa, los epígrafes de IAE y los productos, el tipo de entidad de economía social, el tamaño según la definición de la UE, las personas que la componen —con mención expresa al empleo femenino y a las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión—, el uso del gallego, el uso de TIC e internacionalización, y el presupuesto de gastos subvencionables. Se valora tanto el contenido como la presentación.
Cuatro de los criterios son un simple sí o no que la empresa ya cumple o no cumple. El que se puede provocar es el del gallego: redactar la memoria en gallego suma un punto entero, y el punto vale dinero por la fórmula de reparto. Es la decisión con mejor relación esfuerzo-resultado de todo el expediente.
Requisitos, plazos y con qué se combina
Requisitos de la empresa
- Forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción según la Ley de economía social de Galicia.
- Tener la actividad iniciada a 1 de enero de 2026 o iniciarla dentro del periodo subvencionable, y mantenerse en activo durante el año. Cuenta como fecha de inicio el alta en el IAE o en el censo de obligados tributarios.
- Sede social, sede fiscal y al menos un centro de trabajo en Santiago. Los tres, no basta con uno.
- Actividad viable económica, financiera y técnicamente.
- No estar participada por ninguna Administración pública.
Plazos
- Inicio: el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de A Coruña.
- Fin: 1 de octubre de 2026, tanto para solicitar como para justificar.
- Gastos: pagados entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2026.
Presentación obligatoriamente electrónica, por la sede electrónica del Ayuntamiento, trámite «Solicitud de subvención». Instruye la Unidad de Promoción Económica; si falta documentación hay diez días hábiles para subsanar. Evalúa una comisión presidida por la concejalía de Promoción Económica.
Cuándo vuelve a convocarse
Convocatoria municipal anual con cargo al presupuesto del ejercicio. La de 2026 se registró en la BDNS el 5 de agosto, con el plazo cerrándose el 1 de octubre: es una ventana corta y tardía. Para 2027 conviene vigilar el BOP de A Coruña desde el verano y tener el año contable ordenado antes, porque al justificarse en el mismo acto no hay margen para reunir papeles después.
Cómo se combina
Es compatible con otras ayudas mientras entre todas no se supere el coste de la actividad, y si hay otras subvenciones sobre los mismos gastos hay que justificar la suma de todas. Encaja con:
- Aprol Economía Social de la Xunta para la incorporación de personas socias.
- Bono Consolida Economía Social, que cubre inversión y asesoramiento, lo que aquí no entra.
- ES Transforma para los proyectos de transformación de cooperativas.
Para qué cliente
Cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción con sede en Santiago. El importe es modesto —5.000 € como techo— pero el expediente es de los más baratos de gestionar del catálogo: una sola fase, gastos corrientes que ya existen y una memoria de siete páginas.
Merece la pena presentarla incluso a clientes con pocos gastos: el 80 % de una nómina y unos alquileres llega al tope sin esfuerzo, y lo que decide el importe final no es cuánto se gastó sino cuántos puntos se sacaron.
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