Economía social · Programa II: inversiones en cooperativas y sociedades laborales
El 50 % de la inversión en acondicionamiento, maquinaria, informática o web, hasta 18.000 €. Incluye los gastos de notaría y registro de la constitución, así que sirve tanto para la cooperativa que se monta como para la que ya lleva años funcionando.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Cooperativas y sociedades laborales inscritas en los Registros de Cooperativas y Sociedades Laborales de Castilla y León y con actividad económica en la comunidad
- Cuánto se cobra
- 50 % del coste de adquisición de los activos, impuestos excluidos, con un máximo de 18.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: la cuantía es máxima y se ajusta según el número de expedientes
- Presupuesto
- 500.000 €, ampliables mediante cuantía adicional
- Organismo
- CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 898660.
Objeto
Financia las inversiones que contribuyan a crear, consolidar o mejorar la competitividad de cooperativas y sociedades laborales ya constituidas.
Son subvencionables las actuaciones ejecutadas y pagadas entre el 1 de agosto de 2025 y el 30 de junio de 2026. La ventana es amplia —once meses— y encadena con la de la edición anterior.
Qué se subvenciona
La convocatoria enumera ocho conceptos y, a diferencia de la mayoría, define expresamente qué entiende por cada uno. Merece la pena leer esas definiciones antes de encajar una factura.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Acondicionamiento del inmueble donde se desarrolla la actividad | Instalaciones eléctricas, de climatización, de comunicaciones y elementos de seguridad y protección |
| Mobiliario | Bienes muebles duraderos para acondicionar y organizar los espacios de trabajo: mesas, sillas, armarios, estanterías, mostradores |
| Equipamiento | Bienes materiales nuevos, no consumibles, necesarios para el funcionamiento operativo, administrativo o productivo, sin ser maquinaria ni utillaje |
| Maquinaria | Equipos mecánicos, eléctricos o electrónicos nuevos que ejecutan de forma autónoma o semiautónoma procesos productivos: fabricación, transformación, manipulación o tratamiento |
| Utillaje | Útiles, instrumentos o utensilios específicos nuevos que apoyan o complementan la maquinaria. No entran las herramientas genéricas |
| Equipos y aplicaciones informáticas | Hay que acreditar su necesidad y su relación con la actividad |
| Equipos de oficina | Se excluyen los consumibles de reposición regular |
| Creación y diseño de páginas web | Ver condición abajo |
| Seguridad y prevención | Compra de elementos |
| Registro y notaría | Gastos relacionados con la constitución de la cooperativa o sociedad laboral |
Software: la restricción que sorprende
Los programas y aplicaciones informáticas deben haber sido confeccionados expresamente para la actividad productiva de la entidad o personalizados para ella. Y queda fuera la renovación de licencias de programas, aplicaciones, antivirus y similares, con independencia del periodo contratado y de su finalidad.
Es decir: un ERP a medida entra; renovar la suscripción anual del paquete ofimático o del antivirus, no. Conviene revisar las facturas de software antes de incluirlas, porque es un motivo de minoración frecuente.
Web: hace falta dominio propio
Solo son subvencionables las páginas web que se acredite que están alojadas en un dominio propio, no gratuito y registrado a nombre de la entidad beneficiaria en cualquier país de la Unión Europea. Una web en un subdominio de una plataforma gratuita no cuenta.
Cuantía
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Porcentaje | 50 % del coste de adquisición de los activos, impuestos excluidos |
| Máximo | 18.000 € |
| Inversión necesaria para agotar el máximo | 36.000 € |
Es una cuantía máxima. Al concederse en régimen de concurrencia competitiva, el importe final se determina en función del número de expedientes a valorar y de los criterios objetivos de otorgamiento de la orden.
Reglas sobre el pago
- Los gastos deben responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada y estar efectivamente pagados dentro del periodo subvencionable.
- No se admiten pagos que contravengan el artículo 7 de la Ley 7/2012 sobre limitación de pagos en efectivo. A estos efectos se suman los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes: partir una compra en varios pagos no salva el límite.
- Los gastos en operaciones comerciales deben abonarse dentro de los plazos legales de pago a proveedores.
Quién puede solicitarla y cómo
Cooperativas y sociedades laborales inscritas en los Registros de Cooperativas y Sociedades Laborales de Castilla y León que desarrollen su actividad económica en la comunidad.
A diferencia del Programa I, aquí no se exige que la entidad tenga socios trabajadores o de trabajo: basta con estar inscrita y en activo.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas e inscritas a la fecha de presentar la solicitud.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Acreditar el cumplimiento de la normativa de integración laboral de personas con discapacidad, mediante declaración responsable en el formulario.
- Contar con plan de igualdad si resulta de aplicación.
- No pertenecer a los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis.
Obligación de permanencia
Los bienes subvencionados deben destinarse al fin que justificó la concesión y encontrarse en los centros de trabajo o instalaciones de la entidad.
Plazo y vía
- Plazo de solicitud: cerró el 31 de julio de 2026.
- Vía: electrónica obligatoria (art. 14.2 de la Ley 39/2015), por tramitacastillayleon.jcyl.es.
La subvención tributa por el Impuesto sobre Sociedades. El crédito de 500.000 € puede ampliarse con una cuantía adicional que no abre plazo nuevo ni reinicia el cómputo para resolver.
Recurrencia
Convocatoria anual desde 2024, publicada junto a la del Programa I. Al ser el crédito cinco veces mayor que el del Programa I, es la línea de economía social con más recorrido para un cliente que va a invertir.
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Texto oficial
Orden de convocatoria de 9 de abril de 2026, Programa II, texto íntegro publicado en la BDNSBases reguladoras del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales (BOCYL de 10/10/2023)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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