Diputación de Zaragoza · autoempleo femenino en los municipios de la provincia
Hasta 10.000 € —el 80 % del proyecto— para una mujer que monta su negocio en la provincia de Zaragoza. Cubre casi todo lo que cuesta arrancar: asesoría, publicidad, alquiler, seguro, cuota de autónomos del primer año, obra y equipamiento. A cambio hay que mantener la actividad dos años.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Mujeres que inician una actividad empresarial por cuenta propia en municipios de la provincia de Zaragoza, y las beneficiarias de la convocatoria de 2025 que no completaron el año de alta ni agotaron los 10.000 €
- Cuánto se cobra
- Hasta el 80 % de los gastos subvencionables sin IVA, con un máximo de 10.000 € por beneficiaria
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: se seleccionan los proyectos por orden de puntuación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 400.000 €. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE ZARAGOZA. Código BDNS 902464.
Objeto
Es la ayuda al emprendimiento con mayor cobertura de gasto de todas las que se convocan en Aragón para una persona que arranca sola: financia el 80 % de casi todo lo que cuesta poner en marcha un negocio, hasta 10.000 €.
Se enmarca en las políticas de igualdad de la Diputación de Zaragoza y va dirigida exclusivamente a proyectos promovidos por mujeres en municipios de la provincia.
Qué gastos entran
Se subvenciona el 80 % del gasto sin IVA, en dos bloques.
Gastos corrientes
- Asesoramiento legal y empresarial derivado de la constitución de la empresa y asesoría jurídica del primer año.
- Publicidad.
- Alquiler de locales y de materiales, y renting o leasing de vehículos necesarios, durante el primer año.
- Seguro del primer año de actividad.
- Impuestos que graven el inicio de la actividad y no sean recuperables.
- Seguridad Social del primer año de actividad.
- Suministros —luz, agua, teléfono, internet— que respondan claramente al proyecto y al domicilio fiscal. No se admiten los del domicilio familiar de la solicitante, y deben estar diferenciados.
Gastos de inversión
Solo bienes que no sean inscribibles en un registro público: mobiliario, equipamiento, equipos técnicos e instrumental; obra de creación del negocio y obra de reforma vinculada a la apertura; honorarios profesionales de esa obra; y otros gastos de inversión ligados al inicio del proyecto.
Los bienes deben destinarse al fin subvencionado durante al menos dos años.
Fechas
Para quien solicita por primera vez, los gastos deben realizarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de mayo de 2026, y estar efectivamente pagados y justificados antes de que termine el plazo de solicitud. Nada anterior ni posterior a esas fechas es subvencionable.
La segunda vía: quien ya cobró en 2025
La convocatoria tiene una segunda puerta poco conocida. Las beneficiarias de 2025 que, al terminar aquel período de ejecución el 31 de mayo de 2025, todavía no llevaban un año completo de alta como autónomas y no habían agotado los 10.000 €, pueden volver a solicitar.
En ese caso se subvencionan los gastos producidos desde el 1 de junio de 2025 y como máximo hasta el día en que se cumple el año como empresaria autónoma.
El límite es conjunto: entre lo percibido en 2025 y lo concedido en 2026 no se pueden superar los 10.000 € ni el 80 % del presupuesto total del proyecto.
Obligaciones
Dos compromisos que condicionan la ayuda:
- Realizar la actividad ajustada a la solicitud que motivó la concesión y acreditarlo ante la Diputación.
- Mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social —o régimen equivalente— durante al menos dos años desde la fecha de alta.
El pago es del 100 % de la subvención una vez resuelta la convocatoria, sin esperar a la justificación posterior de esos dos años. Es una ventaja de tesorería importante para quien acaba de empezar.
Plazos y baremo
El plazo de presentación termina el 10 de agosto del año en curso y empieza a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.
Los proyectos se seleccionan por orden de puntuación hasta agotar el crédito. Entre los datos que la solicitud pide para valorar figuran el tipo de actividad y su relación con la titulación de la solicitante, y su edad, en tres tramos: menos de 30 años, entre 30 y 45, y más de 45.
Cuándo vuelve a convocarse
Tres ediciones registradas, con un salto de crédito notable:
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2024 | 5 de julio de 2024 | 125.859,05 € |
| 2025 | 20 de junio de 2025 | 400.000 € |
| 2026 | 29 de abril de 2026 | 400.000 € |
El crédito se triplicó en 2025 y se mantiene. La convocatoria se ha ido adelantando —de julio a abril—, aunque el cierre sigue siendo el 10 de agosto.
Para una emprendedora, el detalle que más conviene planificar es el de las fechas de gasto: la ventana arranca el 1 de enero del año anterior, de modo que gastos ya realizados pueden entrar en la convocatoria siguiente si están pagados y justificados.
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