Ayuntamiento de Huesca · creación, mejora y consolidación de empresas
La ayuda municipal más completa de Aragón: 328.900 € repartidos en dos líneas —crear una empresa nueva o mejorar una existente— con el 50 % de la inversión. Sigue abierta hasta el 31 de agosto de 2026 y admite gasto realizado desde septiembre del año anterior.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas que radiquen y desarrollen su actividad económica en Huesca. Quedan fuera las empresas cuyo centro de actividad esté en la vivienda habitual del titular o de un socio, y las que no sean micro, pequeña o mediana empresa
- Cuánto se cobra
- El 50 % de la inversión subvencionable sin IVA, con los límites específicos de cada línea
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con reasignación del sobrante entre líneas y posible segunda convocatoria si no se agota el crédito
- Presupuesto
- 328.900 €: 208.900 € para mejora y consolidación y 120.000 € para creación de nuevas empresas. Dotación estimativa, modificable según disponibilidades. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- HUESCA. Código BDNS 890485.
Objeto y líneas
El Ayuntamiento de Huesca convoca cada año la ayuda municipal más dotada de Aragón para el pequeño empresario, con dos líneas:
| Línea | Para qué | Crédito |
|---|---|---|
| Línea I | Mejora y consolidación de empresas existentes | 208.900 € |
| Línea II | Creación de nuevas empresas | 120.000 € |
La dotación es estimativa y tiene dos mecanismos de flexibilidad muy favorables:
- Si sobra crédito en una línea, se traspasa a la otra si esta se ha quedado corta.
- Si aun así sobra, el remanente se destina a ampliar proporcionalmente la cuantía de cada beneficiario, dentro de los límites de cada línea. Es decir, que sobre dinero beneficia a los concedidos.
Y si tras resolver no se ha agotado el crédito, el Ayuntamiento puede convocar una segunda vuelta dentro del mismo ejercicio 2026.
Cuánto se cobra y qué período cubre
El 50 % de la inversión total subvencionable realizada dentro del período subvencionable, sin IVA, con los límites específicos de cada línea.
El período subvencionable va del 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026. Lo que determina si un gasto entra es la fecha de las facturas justificativas y la de su pago, no la fecha del pedido ni la del contrato.
Ese solape con el año anterior es la clave para gestionar bien esta ayuda: quien invirtió en otoño de 2025 todavía está a tiempo, y quien invierta en otoño de 2026 entrará en la convocatoria siguiente.
Por encima de 15.000 € en suministro de bienes de equipo o prestación de servicios hay que pedir tres ofertas de distintos proveedores.
Quién queda fuera
Dos exclusiones que conviene comprobar antes de preparar nada:
- Las empresas cuyo centro de actividad o de trabajo esté en la vivienda habitual del titular de la actividad o, en el caso de sociedades, en la vivienda de alguno de los socios. Deja fuera al autónomo que trabaja desde casa.
- Las empresas que no tengan la condición de micro, pequeña o mediana empresa conforme al Reglamento (UE) 651/2014.
El requisito positivo básico es radicar y desarrollar la actividad económica en Huesca.
Plazos
El plazo va desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca hasta el 31 de agosto de 2026. La convocatoria se registró en la BDNS el 2 de marzo de 2026.
Es un plazo largo, de casi seis meses, poco frecuente en el ámbito municipal, y coincide con el final del período subvencionable: se puede apurar hasta el último día para incluir el gasto de agosto.
Las bases reguladoras son la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Huesca y sus entidades dependientes, publicada en el BOP número 69, de 13 de abril de 2016.
Cuándo vuelve a convocarse
Cinco ediciones seguidas:
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2022 | 2022 | — |
| 2023 | 2023 | — |
| 2024 | 2024 | — |
| 2025 | 2025 | — |
| 2026 | 2 de marzo de 2026 | 328.900 € |
Convocatoria anual en el primer trimestre, con plazo hasta finales de agosto. Es de las más predecibles y de las que más dinero mueven en el ámbito municipal aragonés.
Para un cliente de Huesca capital, la recomendación práctica es guardar las facturas y los justificantes de pago desde septiembre: el período subvencionable de la convocatoria siguiente ya ha empezado cuando se resuelve la actual.
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