Diputación de Huesca · relevo generacional de actividades económicas en zonas rurales
Para quien se queda con el bar, la tienda o el taller de un pueblo de Huesca que iba a cerrar: el 80 % de la inversión y de los gastos de funcionamiento del traspaso. La convocatoria es abierta, con dos procedimientos de selección sucesivos, y obliga a mantener la actividad 24 meses.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas que asuman el relevo generacional de una actividad económica en municipios de la provincia de Huesca, excepto la capital
- Cuánto se cobra
- El 80 % del gasto de inversión y de funcionamiento de la actividad objeto de relevo, con los máximos que fija la convocatoria
- Procedimiento
- Convocatoria abierta con dos procedimientos sucesivos de selección
- Presupuesto
- 100.000 €, con cargo a la aplicación del Plan de Relevo Generacional de actividades económicas en zonas rurales. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE HUESCA. Código BDNS 887468.
Objeto
Es la ayuda pensada exactamente para el problema del pueblo que se queda sin el único bar o sin la única tienda: financia los gastos de funcionamiento o de inversión de la actividad —o del espacio donde se ubica— que asume quien toma el relevo.
Cubre toda la provincia de Huesca excepto la capital, y pueden pedirla tanto personas físicas como jurídicas.
Es la contraparte provincial de la línea autonómica de relevo generacional del programa de empleo autónomo del INAEM, que paga hasta 7.000 € por el traspaso. Ambas se pueden estudiar para el mismo caso, vigilando el límite de minimis.
Cuánto se cobra
La subvención máxima por solicitante es del 80 % del gasto de inversión, con el tope que fija la convocatoria, y del 80 % del coste de la actividad en los gastos de funcionamiento.
La ayuda no puede, sola o junto con otras subvenciones e ingresos, superar el coste total de la actividad.
El crédito de la convocatoria es de 100.000 €, y se reparte entre dos procedimientos sucesivos de selección: el primero con un importe máximo a otorgar acotado, y el resto para el segundo. Esa estructura da una segunda oportunidad a quien no llega al primer corte.
La obligación de los 24 meses
Es la contrapartida principal y conviene valorarla antes de solicitar: hay que mantener la misma o similar actividad —y el local, en su caso— durante al menos 24 meses desde la fecha efectiva del traspaso o la compraventa.
No hacerlo es causa expresa de reintegro, igual que incumplir las condiciones de la concesión o no alcanzar las metas de los indicadores de evaluación.
Otro motivo de reintegro que se pasa por alto: que las facturas no indiquen el concepto del gasto realizado. Merece la pena revisarlo al recibirlas, no al justificar.
Si no se presenta la justificación en plazo, la Diputación requiere para que se haga en quince días improrrogables; agotado ese plazo se exige el reintegro. Y aunque se presente dentro de esos quince días adicionales, eso no exime de las sanciones que correspondan.
Plazos
La convocatoria es abierta: se pueden presentar solicitudes en dos procedimientos sucesivos de selección desde su inicio. La BDNS la registró el 16 de febrero de 2026 con plazo hasta el 30 de septiembre de 2026.
El plazo concreto de cada procedimiento se publica en el tablón de edictos electrónico de la Diputación Provincial de Huesca, que es donde hay que vigilar los avisos.
Cuándo vuelve a convocarse
Dos ediciones registradas:
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2024 | 2024 | — |
| 2026 | 16 de febrero de 2026 | 100.000 € |
No se convocó en 2025, así que la continuidad no está garantizada. Conviene vigilar el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y el tablón de edictos electrónico desde enero.
Para el cliente que estudia quedarse con un negocio rural, el orden de trabajo es: confirmar que el municipio no es la capital, calcular el gasto de inversión y funcionamiento del primer año, y comprobar que puede comprometerse a los 24 meses de continuidad.
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