Diputación de Zaragoza · adquisición de suelo industrial municipal y público
El 40 % de lo que cuesta comprar una parcela industrial de titularidad municipal o pública en un pueblo de la provincia de Zaragoza. Es una ayuda directa a la implantación, y obliga a mantener la actividad cinco años y a garantizar el 110 % de la subvención ante notario.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas que adquieran suelo industrial de propiedad municipal o pública en municipios de la provincia de Zaragoza, con las exclusiones que fija la convocatoria
- Cuánto se cobra
- El 40 % del coste de adquisición del suelo, excluidos intereses, impuestos indirectos y recargos
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva conforme a las normas del Plan
- Presupuesto
- 300.000 €. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE ZARAGOZA. Código BDNS 908965.
Objeto
Es una ayuda poco común: subvenciona la compra del solar, no la nave ni la maquinaria. El objetivo es incentivar que las empresas se implanten en el suelo industrial de titularidad municipal o pública que muchos pueblos de la provincia de Zaragoza tienen urbanizado y sin vender.
Se instrumenta como un Plan anual de la Diputación Provincial de Zaragoza, con sus propias normas reguladoras.
Cuánto se cobra
El 40 % del coste de adquisición del suelo, calculado sobre el importe reflejado en la escritura de compraventa y excluidos los intereses, los impuestos indirectos y sus recargos.
La compra debe realizarse dentro del plazo que fija la norma séptima de la convocatoria: es una ayuda vinculada a una operación concreta y fechada, no a una inversión genérica.
Si concurren otras subvenciones, el conjunto no puede superar el coste de adquisición de la parcela sin impuestos, recargos ni intereses.
Las dos obligaciones que hay que valorar antes
Esta ayuda tiene dos condiciones que la hacen más exigente que su importe sugiere:
- Mantenimiento durante cinco años. No es solo objeto de control: hay que acreditar que se mantiene el destino del suelo durante ese plazo, conforme al artículo correspondiente de la Ley General de Subvenciones.
- Garantía del 110 %. El aval o garantía que se constituya debe cubrir el 110 % de la subvención concedida, estar intervenido por actuación notarial y depositarse además en la Tesorería Provincial.
Ese segundo requisito supone un coste financiero y de gestión que conviene calcular antes de decidir: para una subvención de 40.000 €, la garantía a constituir es de 44.000 €.
Plazos
La convocatoria se registró en la BDNS el 28 de mayo de 2026 y está abierta hasta el 15 de octubre de 2026.
Es un plazo largo, coherente con el hecho de que la ayuda se ancla en una escritura de compraventa: hay margen para cerrar la operación con el ayuntamiento y solicitar después.
Cuándo vuelve a convocarse
Cinco ediciones seguidas, lo que la convierte en una línea consolidada de la Diputación de Zaragoza:
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2022 | 2022 | — |
| 2023 | 2023 | — |
| 2024 | 2024 | — |
| 2025 | 2025 | — |
| 2026 | 28 de mayo de 2026 | 300.000 € |
Convocatoria anual en primavera con plazo hasta octubre. Para una empresa que se plantee implantarse en un polígono municipal de la provincia, conviene hablar antes con el ayuntamiento: la ayuda solo aplica a suelo de titularidad municipal o pública, no al comprado a un particular.
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