Digitalización de los sectores comercial, hostelero y hotelero de Madrid 2026
El 85 % del proyecto de transformación digital, hasta 50.000 €, con 1.500.000 € de crédito. La letra pequeña que decide todo: no la pide el comercio, la piden las asociaciones de comerciantes y los concesionarios de los mercados municipales.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de concesión de mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa, y asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial, hostelero y hotelero que actúen en el municipio de Madrid
- Cuánto se cobra
- Hasta el 85 % de los gastos subvencionables con un límite de 50.000 € por beneficiario, que baja a 5.000 € si el proyecto repite contenidos ya subvencionados
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con comisión de valoración
- Presupuesto
- 1.500.000 €: 200.000 € para empresas privadas y 1.300.000 € para instituciones sin fines de lucro, ampliables en hasta 500.000 €
- Organismo
- MADRID. Código BDNS 895942.
El comercio individual no puede pedirla
Es lo primero que hay que aclarar, porque el título de la convocatoria induce a error. Solo pueden ser beneficiarias:
- Titulares de concesión de mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa.
- Asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial, hostelero y hotelero, formalmente constituidas e inscritas, que desarrollen el proyecto en el municipio de Madrid y cuya actividad se circunscriba preferentemente a él.
Una tienda, un bar o un hotel no pueden solicitarla por su cuenta, por mucho que la digitalización sea suya. La vía para un cliente individual es a través de su asociación sectorial o de comerciantes: es la asociación quien presenta el proyecto y quien cobra. Para una consultoría, el cliente aquí es la asociación, no el negocio.
El reparto presupuestario lo confirma: de los 1.500.000 €, 1.300.000 € van a instituciones sin fines de lucro y solo 200.000 € a empresas privadas —los concesionarios—.
Qué proyectos financia
Gastos de proyectos y actuaciones sobre instrumentos y factores que faciliten la implantación y la gestión operativa de procesos de transformación digital, en campos como:
- Estudios de viabilidad para poner en marcha proyectos de transformación digital: análisis interno de recursos y capacidades de adaptación del negocio y diseño de una estrategia tecnológica.
- Planes de actuación para crear una identidad y cultura corporativa digital.
- Desarrollo de plataformas de comercio, sitios web, presencia en internet y cuotas de adhesión.
Cuantía
- Hasta el 85 % de los gastos subvencionables, con un límite de 50.000 € por beneficiario. El porcentaje concreto lo fija la comisión según los criterios de valoración.
- Si el proyecto plantea contenidos similares a los ya subvencionados en convocatorias anteriores —actuaciones repetitivas sin elementos novedosos diferenciales—, el tope baja a 5.000 €, salvo que la comisión aprecie circunstancias que aconsejen no aplicarlo.
Ese castigo a la repetición es fuerte: de 50.000 € a 5.000 €. Si la entidad ya cobró en los dos años anteriores, la convocatoria obliga además a aportar resultados concretos de aquellos proyectos y a motivar por qué hace falta el nuevo. Sin ese relato de continuidad y salto cualitativo, la ayuda se queda en una décima parte.
Plazos, documentación y compatibilidad
- Plazo de solicitud: veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCM.
- Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
- Tramitación telemática en sede.madrid.es.
Documentación que conviene preparar antes
Memoria descriptiva con objetivos claros, descripción de las acciones, cronograma y —dato poco habitual— la repercusión y el desarrollo del proyecto en el año siguiente a la convocatoria. Presupuesto desglosado por partidas y precios unitarios, más una relación de facturas, proformas o presupuestos en un fichero Excel editable según el anexo II.
La convocatoria advierte expresamente que no se tendrá en cuenta la información que no venga en ese formato Excel. Es un motivo de exclusión puramente formal y fácil de evitar.
Para actuaciones aún no realizadas que superen el umbral del contrato menor hacen falta tres ofertas previas, con la elección justificada en la memoria.
Compatibilidad
No es compatible con otras subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos con idéntico objeto. Sí lo es con ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados, mientras la suma no supere el coste de la actividad.
La convocatoria hermana
El Área convoca en paralelo otra línea, de dinamización y formación en los mismos tres sectores y con los mismos beneficiarios, con 1.200.000 € y topes de 25.000 a 50.000 €. Conviene mirar las dos: una financia la digitalización y la otra las campañas, ferias y formación.
Cierra hoy
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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Texto oficial
Decreto de 27 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para fomentar la digitalización en los sectores comercial, hostelero y hotelero correspondiente al año 2026 — texto completo en la BDNSUn caso parecido
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