Desguace de turismos y furgonetas de más de diez años (impuesto turístico)
2.000 € por llevar al desguace un turismo o una furgoneta de al menos diez años, pagados con el impuesto sobre estancias turísticas. Valía para particulares, autónomos y empresas. Se pedía hasta el 31 de diciembre de 2026, pero las solicitudes desbordaron el crédito y el Govern cerró el plazo el 4 de julio de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 868084
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas residentes en las Illes Balears, con o sin actividad económica; pymes y grandes empresas, cooperativas, asociaciones empresariales, comunidades energéticas y entidades sin ánimo de lucro con actividad en las islas
- Cuánto se cobra
- 2.000 € fijos por vehículo desguazado. Un vehículo por beneficiario
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva: por orden de entrada hasta agotar el crédito. La fecha de la subsanación fija el orden
- Presupuesto
- 2.000.000 € según la convocatoria (300.000 € en 2025, 1.698.000 € en 2026 y 2.000 € en 2027), financiados con el impuesto sobre estancias turísticas. La BDNS registra 194.000 €, cifra que no aparece en el texto
- Organismo
- ILLES BALEARS. Código BDNS 868084.
Qué pagaba
Una cantidad fija de 2.000 € por desguazar un vehículo de categoría M1 (turismo) o N1 (furgoneta) en un centro autorizado de tratamiento. No hacía falta comprar otro coche a cambio: la idea era sacar de la carretera vehículos viejos, sustituirlos o pasarse al transporte público o al coche compartido.
El importe se calculó a partir del complemento por achatarramiento del programa MOVES III, y es compatible con otras ayudas de cualquier administración.
Para un autónomo con una furgoneta vieja que ya no compensa arreglar, 2.000 € por darla de baja era más de lo que suele sacar vendiéndola. Pero cuenta como minimis: suma al tope de 300.000 € en tres años.
Requisitos del vehículo
- Categoría M1 o N1.
- Matriculado en España al menos diez años antes de registrar la solicitud.
- A nombre del solicitante durante al menos doce meses antes de la solicitud.
- Con el impuesto de circulación pagado en un municipio balear al menos desde 2024.
Solo un vehículo por beneficiario.
La trampa del orden de los trámites
El desguace tenía que hacerse después de presentar la solicitud y, como tarde, dentro del plazo que fijara la resolución de concesión, que no podía pasar de dos meses desde su publicación en el BOIB. Quien llevó el coche al desguace antes de pedir la ayuda se quedó fuera.
Cómo se tramitaba
- Solo por el trámite telemático de energia.caib.es. Una solicitud por cualquier otra vía electrónica se daba por no presentada.
- Documentación: permiso de circulación con las fechas de matriculación (o informe de Tráfico), recibo del impuesto de circulación desde 2024, certificado de residencia para las personas físicas, alta censal para los autónomos, declaración de minimis para autónomos y empresas.
- Se resolvía por orden de entrada. Si había que subsanar, la fecha de la subsanación pasaba a ser la de entrada: con un crédito que se agotó, eso decidía quién cobraba.
- Para cobrar, el certificado de baja definitiva del centro autorizado y los datos bancarios, en un plazo que no podía pasar del décimo día hábil desde la fecha máxima de ejecución. No justificar en plazo hacía perder el derecho al cobro.
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