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Ayuntamiento de Daimiel: contratación realizada por autónomos y microempresas

1.500 € por puesto creado a jornada completa y 12 meses, hasta dos puestos. Exige empleo neto: no basta con contratar, hay que subir la plantilla media del último año y mantenerla.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos y microempresas con domicilio social o centro productivo en Daimiel que generen empleo neto; también empresas de hasta 20 trabajadores, en segunda vuelta
Cuánto se cobra
1.500 € por puesto de trabajo creado a tiempo completo y 12 meses de duración mínima, con un máximo de 2 puestos por solicitante
Procedimiento
Concurrencia competitiva: las solicitudes se tramitan por registro de entrada y se conceden según el orden en que se completan los expedientes, hasta agotar el crédito
Presupuesto
15.000 €, aplicación 4330.479.02, ampliable por modificación de crédito si hubiera demanda considerable
Organismo
DAIMIEL. Código BDNS 894525.

Objeto

Ayudas económicas a fondo perdido para la creación de empleo por parte de autónomos y microempresas ubicadas en el municipio de Daimiel. Se aplica tanto a microempresas de nueva creación como a las que ya están en funcionamiento, siempre que tengan domicilio social y/o centro productivo en la localidad.

Son subvencionables los costes salariales y de Seguridad Social derivados de contrataciones formalizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.

El requisito de empleo neto

Es lo que distingue esta ayuda de un simple incentivo a la contratación: hay que acreditar la generación de empleo neto de al menos un trabajador respecto de los doce meses inmediatamente anteriores a la solicitud. Y para cobrar, mantener ese incremento durante al menos 12 meses.

Hay empleo neto cuando la contratación subvencionable incrementa el nivel medio de plantilla. Así se calcula:

Situación del trabajadorCómputo
Contrato vigente todo el periodo y a jornada completaSuma 1
Contrato vigente parte del periodo y a jornada completaMeses trabajados ÷ periodo considerado
Contrato a tiempo parcial vigente todo el periodoProporción de su jornada respecto de la normal

El periodo a considerar son los 12 meses inmediatamente anteriores a la solicitud o, en empresarios individuales y empresas constituidas después, el comprendido entre la inscripción en la Seguridad Social y el inicio del periodo computable. Las fracciones de tiempo trabajado de 15 días o más cuentan como un mes; las inferiores se desprecian.

Resto de requisitos

  • Volumen de negocios anual no superior a 2 millones de euros.
  • Menos de 10 trabajadores en la fecha de solicitud, sin haber superado esa cifra en los 12 meses anteriores.
  • No estar vinculados o participados en más de un 25 % del capital por empresas que no cumplan los dos requisitos anteriores.
  • Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la hacienda municipal, o tener moratoria o aplazamiento concedido.
  • Estar en posesión de todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarios.
  • Si se ha sido beneficiario de otra ayuda del Ayuntamiento de Daimiel, haber acreditado el cumplimiento de las obligaciones inherentes.

Las empresas de hasta 20 trabajadores también pueden solicitarla, cumpliendo todos y cada uno de los requisitos exigidos a las de hasta 10. Pero sus solicitudes no se resuelven hasta que se hayan resuelto todos los expedientes de autónomos y microempresas, y solo si queda partida disponible. En la práctica es una lista de espera, no una vía paralela.

Requisitos de la contratación

  1. Contratar a personas empadronadas en Daimiel, con un mínimo de 12 meses ininterrumpidos, que sean desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo a la fecha de inicio del contrato.
  2. Las contrataciones deben formalizarse a jornada completa.
  3. Los contratos deben tener una duración mínima de 12 meses para percibir la subvención.
  4. El contrato debe formalizarse por escrito y comunicarse a la oficina pública de empleo.

La base 4ª.1 arrastra una redacción de la línea de autónomos y exige el empadronamiento «anteriores a la fecha de alta en el RETA», cuando aquí se trata de una persona contratada por cuenta ajena. Lo que se comprueba con el certificado de empadronamiento es el año ininterrumpido en Daimiel antes de la contratación; si el caso está ajustado, conviene consultarlo con la Concejalía antes de firmar.

Qué pasa si el contrato se rompe

  • Si el contrato se extingue antes de completar el periodo subvencionado, se puede contratar a otra persona en el plazo máximo de un mes, que cumpla los mismos requisitos, por el tiempo que sumado al anterior complete el periodo. Salvo que la extinción se deba a un despido improcedente: en ese caso no cabe sustitución.
  • Si el contrato se suspende por incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo u otra situación con reserva de puesto, hay que comunicarlo al Ayuntamiento en el plazo de un mes. Se puede formalizar un contrato de interinidad mientras dure la situación, sin que ello suponga mayor importe de subvención.

Exclusiones

  • Contrataciones de trabajadores que en los doce meses anteriores hubiesen prestado servicios en la empresa solicitante.
  • Contratos formalizados por empresas de trabajo temporal para cesión a otra empresa usuaria.
  • Entidades del sector público.
  • Empresas que hayan aplicado un ERE en los 12 meses anteriores a la contratación.
  • Actividades agrícolas, ganaderas o forestales, por el régimen de minimis.

Las bases invocan el Reglamento (UE) 1407/2013, que dejó de aplicarse a las ayudas nuevas el 31 de diciembre de 2023. El marco vigente para una ayuda concedida en 2026 es el Reglamento (UE) 2023/2831, con techo de 300.000 € por empresa única en tres años.

Cuantía y pago

ConceptoValor
Incentivo por puesto1.500 €
Condiciones del puestoTiempo completo y duración mínima de 12 meses
Máximo por solicitante2 puestos
Crédito total15.000 €

El abono es en un pago único al finalizar el periodo subvencionable de un año y previa justificación. Es decir: la empresa adelanta doce meses de salario y cotizaciones y cobra los 1.500 € después. Conviene tenerlo en cuenta al planificar la tesorería, porque no es un incentivo que alivie el coste inicial de la contratación.

Documentación de justificación

  • Certificados de estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Daimiel.
  • Informe de vida laboral de la empresa y certificado de nivel de empleo.
  • Contrato de trabajo y alta en la Seguridad Social de los trabajadores subvencionados.
  • Nóminas, TC1, TC2 y transferencias bancarias de los pagos de los costes laborales.

Plazo de justificación: 2 meses desde que finaliza el periodo subvencionable que conste en la resolución.

La ayuda es compatible con otras de cualquier naturaleza y procedencia, siempre que en conjunto no superen el coste total de los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación.

Plazo, documentación y tramitación

  • Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia y, como máximo, hasta el 31 de octubre de 2026.
  • Vías: preferentemente el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Daimiel, o cualquiera de los medios legalmente previstos.
  • Subsanación: diez días, plazo máximo e improrrogable.

Documentación

  • Acreditación de la personalidad del titular: CIF o, en personas físicas, informe de vida laboral con el documento de alta en el RETA.
  • DNI del firmante y documento que acredite su representación.
  • Anexo II — declaración responsable, con declaración jurada de otras ayudas concedidas o solicitadas.
  • Anexo III — datos para el pago por transferencia.
  • Copia compulsada de los contratos de trabajo y del alta en la Seguridad Social de los contratados.
  • Certificado de empadronamiento de los trabajadores contratados.
  • Copia de la tarjeta de desempleo de la persona contratada e informe de vida laboral de los contratados.
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento.
  • Certificado tributario de situación censal del beneficiario.
  • Informe de vida laboral de la empresa, certificado de trabajadores en alta en el código de cotización a fecha de contratación e informe anual medio de trabajadores en alta a fecha de contratación y del año anterior.

Los tres últimos son los que acreditan el empleo neto: conviene pedirlos a la Tesorería General de la Seguridad Social antes de preparar el expediente.

Tramitación

Las solicitudes se tramitan por registro de entrada y se conceden, hasta agotar el crédito, según el orden en que se completen los expedientes. Comprueba y valora la Comisión de Promoción Económica y Turismo, que comunica admisión o exclusión con diez días para alegaciones y eleva la propuesta a la Junta de Gobierno Local.

Propuesta en un máximo de dos meses desde que la solicitud esté completa y resolución en otros dos meses; pasado ese plazo, la solicitud se entiende desestimada. Las solicitudes válidas que no entren por haberse agotado el crédito de un periodo se resuelven en el siguiente periodo, si hay crédito suficiente.

Cierra en31 de octubre de 2026

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Texto oficial

Bases reguladoras de las ayudas a la contratación realizada por autónomos y microempresas 2026, Anexo I (PDF, 6 páginas)Certificado nº 8/2026 de la Junta de Gobierno Local de Daimiel, aprobación de bases y convocatoriaModelo de solicitud de ayudas municipales a la contratación realizada por autónomos y microempresas

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