Creación y consolidación de empresas — Vitoria-Gasteiz
Del 30 % al 50 % de la puesta en marcha de una empresa de Vitoria-Gasteiz según la nota obtenida, hasta 10.000 € al año. Alcanza a empresas dadas de alta desde julio de 2021 y se puede repetir hasta acumular 20.000 €. Cierra el 30 de junio.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas privadas de cualquier forma jurídica que ejerzan actividad mercantil, con domicilio social y fiscal en Vitoria-Gasteiz, centro de actividad en el municipio y alta en el IAE posterior al 1 de julio de 2021
- Cuánto se cobra
- Del 30 % al 50 % de la inversión según la puntuación obtenida, con un máximo de 10.000 € por empresa y año, un mínimo de 1.500 € de ayuda y una inversión mínima de 5.000 € sin IVA
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, con umbral de 50 puntos y porcentaje calculado por proporción lineal entre la nota máxima y la mínima
- Presupuesto
- 185.622,22 € con cargo a la partida 2026/0821.4331.489.67, ampliables por resolución si hay crédito en el conjunto de partidas del departamento. BDNS y BOTHA coinciden
- Organismo
- VITORIA-GASTEIZ. Código BDNS 903547.
Objeto
Vitoria-Gasteiz financia la puesta en marcha y consolidación de empresas jóvenes del municipio. Se enmarca en la línea «Ayudas a la promoción empresarial» del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 17 de enero de 2025.
Son objeto de ayuda los proyectos e inversiones realizados por empresas de reciente creación, entendiendo por tales las que tengan alta en el IAE posterior al 1 de julio de 2021.
Ese umbral es notablemente generoso: la convocatoria de 2026 alcanza a empresas creadas hace casi cinco años. No es una ayuda de apertura, sino de consolidación durante los primeros ejercicios.
Qué gastos entran
Facturas correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de junio de 2025 y el 30 de junio de 2026, en estos conceptos:
- Constitución y puesta en marcha: registro, notaría para la escritura de constitución y redacción de estatutos, pacto de socios, asesoría para la creación de la empresa, proyectos técnicos para la licencia municipal de actividad, y estudios de mercado y viabilidad.
- Comunicación: diseño y desarrollo de imagen corporativa y demás conceptos de la base.
Tanto en el asesoramiento para la creación como en los estudios de mercado hay que especificar con claridad el contenido de los trabajos realizados: una factura genérica de «servicios profesionales» no basta.
Los pagos deben estar correctamente justificados antes del 31 de julio de 2026.
Leasing: en la adquisición de inmovilizado material son subvencionables las cuotas sin intereses ni gastos pagadas en el periodo.
Qué queda fuera
- Gastos de material, formación y personal soportados en la fase de implantación.
- Activos intangibles, salvo propiedad industrial y software informático.
- Derechos de traspaso y de franquicia, terrenos, construcciones, reformas, proyectos de edificación e instalaciones (eléctrica, seguridad, climatización, agua), elementos decorativos, elementos de transporte, televisiones y terminales telefónicos.
- Aportaciones al capital social.
- Maquinaria y equipos de segunda mano que ya hayan sido objeto de otras ayudas.
La exclusión de reformas e instalaciones es la más relevante: para la obra del local hay que ir a la convocatoria de implantación y modernización de pequeñas empresas de comercio, servicios personales y hostelería (BDNS 897080, 490.000 €), no a esta.
Quién puede solicitarla
Empresas privadas de cualquier forma jurídica que ejerzan una actividad mercantil y cumplan:
- Domicilio social y fiscal en Vitoria-Gasteiz.
- Desarrollar directamente las actividades en un centro ubicado en el municipio.
- Alta en el IAE posterior al 1 de julio de 2021.
Los epígrafes excluidos
Quedan expresamente excluidas las empresas cuya actividad principal esté en estos epígrafes del IAE:
- 64 a 67 — comercio al por menor y servicios de alimentación.
- 681 a 684 — hospedaje en hoteles, moteles, pensiones, fondas, casas de huéspedes y hoteles-apartamentos.
- 691.1 y 691.9 — reparación de artículos eléctricos para el hogar y de otros bienes de consumo.
- 755 — agencias de viaje.
- 969 — otros servicios recreativos.
- 971.3 — zurcido y reparación de ropas.
- 972 — peluquería y belleza.
La exclusión del comercio minorista y la hostelería no es un olvido: esos sectores tienen su propia convocatoria municipal. Es el primer filtro que hay que aplicar al cliente.
Si la empresa está de alta en dos o más epígrafes, es beneficiaria siempre que la actividad principal esté entre las subvencionables y las actuaciones correspondan a esa actividad. El alta debe mantenerse vigente durante toda la tramitación.
Cuantía: el porcentaje sale de la nota
El mecanismo es poco habitual y conviene explicarlo bien:
- Hay que alcanzar un mínimo de 50 puntos para ser subvencionable.
- Quien obtenga la máxima puntuación de la convocatoria recibe el 50 %.
- Quien obtenga la mínima puntuación subvencionable recibe el 30 %.
- Al resto se les aplica una proporción lineal entre esos dos extremos.
Es decir, el porcentaje no depende de una tabla fija sino de cómo quede el proyecto respecto de los demás de esa convocatoria. No se puede prometer al cliente un porcentaje concreto de antemano.
Límites
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Inversión subvencionable mínima | 5.000 € sin IVA |
| Ayuda mínima para ser subvencionable | 1.500 € |
| Máximo por empresa y año | 10.000 € |
| Acumulado de convocatorias anteriores | 20.000 € |
Se puede repetir en convocatorias sucesivas siempre que el total ya concedido no supere los 20.000 €. Para una empresa creada en 2022, eso permite hasta tres o cuatro ejercicios de ayuda.
El baremo
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Calidad técnica del proyecto: definición y grado de desarrollo, compromiso del grupo promotor, viabilidad técnico-económica, análisis, y aportar toda la documentación desde el primer momento | hasta 30 |
| Grado de innovación y potencial empresarial: originalidad y diferenciación, innovación respecto del mercado, y criterios de índole social, sostenibilidad y protección ambiental | hasta 20 |
| Equipo promotor y empleo creado: 5 puntos por cada persona promotora y por cada persona empleada | hasta 15 |
| Criterio de paridad | — |
Detalle que suele costar puntos: el primer criterio valora expresamente «la inclusión desde el primer momento de toda la documentación solicitada». Presentar incompleto y subsanar después penaliza en la nota, no solo en el trámite.
Compatibilidad, plazos y cobro
Compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad de cualquier administración, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Con una excepción: son incompatibles con otras ayudas del propio Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz por los mismos conceptos subvencionables.
Es decir, el cliente puede sumar esta ayuda con MerkaEkin o con los programas de SPRI, pero no con otra línea municipal por el mismo gasto.
- Plazo de solicitud: del 15 de mayo al 30 de junio de 2026.
- Justificación de pagos: antes del 31 de julio de 2026.
Mes y medio de plazo. Con un baremo que decide el porcentaje y que penaliza presentar incompleto, es una convocatoria que hay que preparar en abril.
Cobro
Pago único tras la resolución, previa justificación. No se abona si la persona beneficiaria no está al corriente con Hacienda y Seguridad Social, si es deudora por reintegro, o si tiene pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento.
Cuando el gasto supere 5.000 € sin IVA o la proveedora esté vinculada a la solicitante —según el artículo 42.3 de la Norma Foral 37/2013 del Impuesto sobre Sociedades—, hay que justificar la elección con criterios de eficiencia y economía.
Instruye una comisión técnica de valoración presidida por la dirección del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo, con las jefaturas de los Servicios de Empresas y de Comercio como vocalías.
Cuándo vuelve a convocarse
Convocatoria anual, publicada en el BOTHA n.º 54, de 13 de mayo de 2026. Para 2027, lo previsible es mayo con cierre a finales de junio.
Dos recomendaciones operativas:
- Como el periodo de facturas arranca el 1 de junio del año anterior, hay continuidad entre ejercicios: ninguna factura de constitución se pierde si se guarda.
- Como el tope acumulado son 20.000 € repartibles en varias convocatorias, conviene no agotarlo en el primer año si la empresa va a seguir invirtiendo: presentar cada año el gasto que corresponda rinde más que concentrarlo.
El mapa municipal de Vitoria
El Departamento de Promoción Económica convoca en 2026 una batería de ayudas que conviene ver en conjunto:
| Programa | Dotación | Para quién |
|---|---|---|
| Cheque Autónomos | 100.000 € | Autónomo que cumple un año |
| Empleo estable mayores de 45 | 600.000 € | Empresa que convierte temporales |
| Creación y consolidación | 185.622 € | Empresa joven no comercial |
| Implantación y modernización de comercio, servicios y hostelería | 490.000 € | Comercio y hostelería |
| Relevo generacional en el comercio minorista | 100.000 € | Traspaso comercial |
La primera pregunta al cliente de Vitoria es siempre la misma: en qué epígrafe del IAE está. De ahí sale a qué ventanilla va.
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