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Protección del coto arrocero de Hellín

400 € por hectárea de arroz en el coto de Hellín a cambio de tres compromisos: dejar un 5 % sin cosechar para la fauna, hacer una seca de doce días en julio y devolver el agua al río por el final de los bancales.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, explotaciones de titularidad compartida y otras unidades económicas titulares de explotaciones que cultiven arroz en el coto arrocero de Hellín (Albacete)
Cuánto se cobra
400 € por hectárea subvencionable, con un máximo de 30.000 € por explotación
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
100.000 € de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2026, ampliables en 10.000 € más con el crédito sobrante de convocatorias anteriores
Organismo
CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 902537.

Objeto

Una ayuda muy local y muy concreta: preservar el paisaje tradicional y la biodiversidad del coto arrocero de Hellín, mejorar la gestión del agua y del suelo y asegurar la continuidad del cultivo tradicional de arroz en ese término municipal.

No es una ayuda a la inversión ni a la producción: es un pago por hectárea a cambio de tres prácticas obligatorias.

Los tres compromisos

1 · Un 5 % sin cosechar

Dejar el 5 % de la superficie sin cosechar para alimentación de la fauna. Alternativamente, se admite destinar esa superficie a elementos tradicionales, como la parcela usada para el calentamiento del agua de riego antes de incorporarla al cultivo, correctamente delimitada con su caballón, sembrada con vegetación adventicia o sin vegetación alguna. También vale combinar las dos prácticas.

2 · La seca de julio

Realizar una «seca» durante 12 días en el mes de julio.

3 · Devolver el agua al río

Dejar salir el agua por el final de los bancales de arroz de vuelta al río.

Cuantía y plazo

ConceptoValor
Importe por hectárea subvencionable400 €/ha
Máximo por explotación30.000 €

El tope de 30.000 € se fija expresamente «dado el tamaño de las explotaciones del coto arrocero de Hellín»: equivale a 75 hectáreas.

Es una ayuda de minimis agrícola, regida por el Reglamento (UE) 1408/2013, cuyo tope acumulado es sensiblemente más bajo que el del minimis general. Conviene comprobar qué otras ayudas agrícolas de minimis ha cobrado la explotación en los tres ejercicios previos antes de solicitarla.

La convocatoria de 2026 estuvo abierta hasta el 30 de abril de 2026. Se rige por la Orden 53/2026, de 21 de abril, publicada apenas unos días antes en el DOCM.

Plazo30 de abril de 2026

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Texto oficial

Resolución de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, convocatoria 2026 de las ayudas para la protección del coto arrocero de HellínOrden 53/2026, de 21 de abril, bases reguladoras de las ayudas para la protección del coto arrocero de Hellín (DOCM núm. 77, de 24 de abril de 2026)

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