Contratación en prácticas de personas jóvenes menores de 30 años
Hasta 6.120 € por contratar en prácticas a una titulada universitaria menor de 30 años inscrita en Garantía Juvenil. La cobran empresas, entidades sin ánimo de lucro y también autónomos, sin exigir tamaño mínimo de plantilla.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas, trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro con domicilio o centro de trabajo en Navarra que contraten en prácticas a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Cuánto se cobra
- De 3.600 a 5.100 € según la titulación de la persona contratada a jornada completa, con un 20 % adicional si es mujer o tiene discapacidad reconocida
- Procedimiento
- Evaluación individualizada, instruida por orden de presentación
- Presupuesto
- 250.000 € para 2026
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 883277.
Objeto
Financia la contratación en prácticas —la modalidad del art. 11.1 del Estatuto de los Trabajadores— de personas jóvenes desempleadas inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (base 1).
Es la puerta de entrada más accesible del paquete de contratación juvenil del Servicio Navarro de Empleo: a diferencia de la línea de áreas prioritarias, no exige un tamaño mínimo de plantilla ni pertenecer a un sector concreto, y la puede pedir un autónomo.
Quién puede solicitarla
Tres tipos de beneficiaria (base 2):
- Empresas.
- Trabajadores y trabajadoras autónomas.
- Entidades sin ánimo de lucro.
Con estos requisitos:
- Domicilio social y fiscal en Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
- Estar legalmente constituidas, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, inscritas en el registro público correspondiente.
- No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley Foral 11/2005.
Hay que cumplirlos a la fecha de solicitud y mantenerlos durante toda la vigencia del contrato.
Excluidas
Administración General del Estado y sus organismos, administraciones autonómicas, entidades locales y sus organismos públicos, y empresas y fundaciones públicas.
Qué contrato vale
Contratos en prácticas desarrollados en centros de trabajo de Navarra que reúnan (base 13):
- Duración mínima de 6 meses.
- Referirse a puestos acordes a la formación académica o profesional de la persona contratada.
- Jornada completa o parcial nunca inferior al 50 %.
- Ajustarse al art. 11.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Salario mínimo obligatorio, que debe constar en el contrato
| Titulación | Remuneración bruta anual mínima |
|---|---|
| Titulación universitaria | 17.000 € |
| Ciclo formativo de Grado Superior (FP II) | 14.500 € |
| Ciclo formativo de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad | 12.000 € |
Son cifras a jornada completa, con pagas extraordinarias incluidas; para jornadas inferiores se reducen proporcionalmente.
Requisitos de la persona contratada
- Estar desempleada e inscrita en una agencia de empleo del Servicio Navarro de Empleo.
- Estar inscrita en el Registro Nacional de Garantía Juvenil.
- Menor de 30 años.
- Estar en posesión de titulación universitaria, ciclo formativo de grado superior o medio —o los equivalentes de Técnico Especialista y Técnico Auxiliar— o certificado de profesionalidad.
La inscripción en Garantía Juvenil debe estar hecha en el momento de la contratación, no después. Es el trámite que más expedientes tumba en esta línea, porque no siempre lo tiene resuelto la persona candidata y no se puede subsanar a posteriori.
Cuantía
| Titulación de la persona contratada | Jornada completa | Con el 20 % adicional |
|---|---|---|
| Titulación universitaria | 5.100 € | 6.120 € |
| Ciclo formativo de Grado Superior (FP II) | 4.350 € | 5.220 € |
| Ciclo formativo de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad | 3.600 € | 4.320 € |
El 20 % adicional
Se aplica por contratar a una mujer o a una persona con discapacidad reconocida ≥ 33 %. Si concurren los dos supuestos, el incremento sigue siendo del 20 %: no se acumulan.
Para jornadas inferiores a la completa, la subvención se reduce proporcionalmente. Las cuantías están fijadas como baremo estándar de coste unitario que cubre los costes mínimos de contratación conforme a la legislación laboral.
Sustitución, plazo y compatibilidad
Si la persona cesa antes
- Sustitución en el plazo máximo de un mes, respetando la misma jornada, la retribución y el mismo colectivo, y comunicándolo en un plazo no superior a un mes desde el nuevo contrato.
- La suma de los contratos debe cubrir el periodo subvencionado.
| Situación | Consecuencia |
|---|---|
| Fin anticipado sin sustituir, o sustitución que no cumple requisitos | Reintegro parcial proporcional al tiempo que falte |
| Extinción antes de los 4 meses sin sustitución | Reintegro total más intereses |
| Cese por despido reconocido o declarado improcedente | Reintegro total más intereses |
Plazo
Un mes desde el día siguiente al inicio de la relación contractual. Fuera de plazo, inadmisión. Las solicitudes se instruyen por orden de presentación y la resolución llega en 2 meses, con silencio desestimatorio.
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas de la misma finalidad de cualquier administración o ente público o privado, con el límite de que el conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada (base 8).
Es una diferencia importante frente a la línea de áreas económicas prioritarias, que es incompatible y donde cobrar otra ayuda obliga a devolverlo todo. Aquí se pueden encadenar bonificaciones y otras ayudas mientras no se supere el coste real.
Publicidad reforzada por el Fondo Social Europeo
Al estar cofinanciada por el Programa Operativo de Empleo Juvenil, la ayuda arrastra obligaciones de difusión adicionales:
- Hay que hacer constar en las actuaciones de promoción que están subvencionadas por el Servicio Navarro de Empleo y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.
- En el propio contrato de trabajo debe indicarse el objeto de la subvención y la cofinanciación europea prevista.
- Los datos de la entidad —nombre, NIF, cuantía y finalidad— se publican en las webs de la Dirección General de Fondos Comunitarios, la UAFSE y la Intervención General del Estado. Aceptar la ayuda implica prestar conformidad a esa publicación.
Sobre el régimen de minimis. Las bases vigentes citan el Reglamento (UE) 1407/2013 y un techo de 200.000 €. Ese reglamento está derogado: el aplicable a la convocatoria de 2026 es el Reglamento (UE) 2023/2831, con un techo de 300.000 € en cualquier periodo de tres años.
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