Ayudas a la contratación de personas mayores de 50 años en desempleo
Hasta 18.900 € por contratar de forma indefinida a una persona mayor de 50 años en paro en Euskadi, y desde 2.500 € en contratos temporales de seis meses. El importe sube un 15 % si es mujer o tiene 55 años o más, y otro 10 % si viene de formación con compromiso de contratación. Abierta hasta el 30 de septiembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas o entidades de cualquier forma jurídica, salvo Administraciones Públicas y sector público, con domicilio social y fiscal o centro de trabajo en Euskadi, que contraten a personas mayores de 50 años desempleadas
- Cuánto se cobra
- De 2.500 € a 15.750 € según titulación y tipo de contrato, con incrementos del 15 %, del 10 % o del 20 % acumulado que elevan el máximo a 18.900 €
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva: por orden de expediente completo hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 2.500.000 €, repartidos entre 1.250.000 € de crédito de pago de 2026 y 1.250.000 € de compromiso para 2027. BDNS y BOPV coinciden. Cofinanciable por el FSE+ en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027
- Organismo
- PAÍS VASCO. Código BDNS 902995.
Objeto
Paga a la empresa por contratar a personas mayores de 50 años en situación de desempleo en centros de trabajo de Euskadi. Es el complemento por el otro extremo de la pirámide de edad a Lehen Aukera, que cubre a los menores de 30.
Se subvencionan:
- Contratos indefinidos, con una duración mínima de 12 meses.
- Contratos temporales de al menos 6 meses.
Los contratos deben iniciarse a partir del 1 de enero de 2026. El periodo máximo subvencionable es de 6 meses en los temporales y 12 en los indefinidos, y termina en todo caso el 31 de octubre de 2027.
Modalidades excluidas
- Contratos de formación en alternancia.
- Contratos fijos-discontinuos.
- Contratos de empresas de trabajo temporal para cesión a empresa usuaria.
- Contratos del régimen del hogar familiar.
Cuantía: cuatro tramos y tres incrementos
El importe depende de la titulación o estudios que requiera el puesto —no los que tenga la persona— y del tipo de contrato:
| Titulación exigida por el puesto | Contrato ≥ 6 meses | Contrato indefinido |
|---|---|---|
| Universitaria (licenciatura, grado, máster, diplomatura, ingeniería o arquitectura técnica) | 4.725 € | 15.750 € |
| Ciclo formativo de grado superior (FPII) | 4.140 € | 13.800 € |
| Ciclo formativo de grado medio (FPI), bachillerato, FP básica y certificados de profesionalidad | 3.150 € | 10.500 € |
| ESO o sin estudios | 2.500 € | 8.300 € |
Obsérvese la diferencia entre modalidades: el contrato indefinido paga más del triple que el temporal de seis meses en todos los tramos.
Los incrementos
- +15 % si la persona contratada es mujer o tiene 55 años o más. Basta con cumplir una de las dos.
- +10 % si la persona finalizó en 2025 o 2026 una acción formativa con compromiso de contratación subvencionada por Lanbide en el marco del Decreto 82/2016, y el contrato es indefinido y con jornada de al menos el 70 %.
- +20 % si se cumplen las dos condiciones anteriores.
Con el 15 %, un contrato indefinido universitario pasa de 15.750 € a 18.115 €; con el 20 % acumulado, a 18.900 €. La combinación más rentable es un contrato indefinido con una mujer de 55 años o más procedente de formación con compromiso de contratación.
Quién puede solicitarla
Empresas o entidades independientemente de su forma jurídica, excepto Administraciones Públicas, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público.
Requisitos:
- Domicilio social y fiscal en Euskadi o centro de trabajo radicado en Euskadi.
- Haber comunicado a la representación legal de los trabajadores la intención de contratar al amparo de la convocatoria, indicando tipo de contrato, período y puesto. Si no hay RLT, hay que declararlo expresamente en la solicitud. Es el mismo requisito que en Lehen Aukera y se olvida con la misma frecuencia.
- No haber sido condenada por delitos de prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
- No haber sido condenada o sancionada por resolución firme en los supuestos que la convocatoria detalla.
Como en el resto de programas de contratación de Lanbide, se exige incremento de plantilla: Lanbide lo verifica antes del primer pago.
Cómo se solicita y cómo se cobra
- Plazo: desde el 1 de mayo de 2026 —día siguiente a la publicación— hasta el 30 de septiembre de 2026, incluido.
- Procedimiento: concurrencia no competitiva. Las solicitudes se estudian por orden de presentación y se resuelven según el momento en que el expediente esté completo, hasta agotar los fondos. Agotada la dotación se deniegan las pendientes y se publica en el BOPV.
Instruye la directora de Empresas y Emprendimiento y resuelve el director de Administración y Servicios Generales de Lanbide.
Pago en dos mitades
- 50 % tras la concesión, con cargo a 2026. Antes de pagar, Lanbide verifica el alta en el Régimen General de la Seguridad Social y el incremento de plantilla.
- 50 % restante con cargo a 2026 o al compromiso de 2027, una vez verificado el mantenimiento del contrato.
Para cobrar hay que estar dado de alta como tercero en Lanbide; el formulario está en su web.
Cuándo vuelve a convocarse
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2025-2026 | 14 de agosto de 2025 | 2.200.000 € |
| 2026-2027 | 30 de abril de 2026 | 2.500.000 € |
La convocatoria se ha adelantado casi cuatro meses entre las dos últimas ediciones: de agosto a abril. Con ese margen, para 2027 conviene vigilar el BOPV desde marzo.
Los contratos elegibles arrancan el 1 de enero del año de la convocatoria, así que una contratación de enero puede pedirse en mayo sin perder derecho. Lo que sí se pierde es el plazo: cierra el 30 de septiembre, antes que Lehen Aukera.
Para una empresa que vaya a ampliar plantilla en 2026, la comparación entre las dos ayudas de Lanbide es directa: un indefinido con una persona mayor de 55 años puede rendir 18.115 € frente a los 13.970 € del mismo contrato con una joven titulada. La ayuda por mayores de 50 es la más generosa de las dos.
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Texto oficial
Resolución de 22 de abril de 2026, del director general de Lanbide, con las bases y la convocatoria 2026-2027 — BOPV n.º 79, de 30 de abril de 2026Ficha del procedimiento y formulario de solicitud en LanbideUn caso parecido
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