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Ayudas a la contratación de personas mayores de 50 años en desempleo

Hasta 18.900 € por contratar de forma indefinida a una persona mayor de 50 años en paro en Euskadi, y desde 2.500 € en contratos temporales de seis meses. El importe sube un 15 % si es mujer o tiene 55 años o más, y otro 10 % si viene de formación con compromiso de contratación. Abierta hasta el 30 de septiembre de 2026.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas o entidades de cualquier forma jurídica, salvo Administraciones Públicas y sector público, con domicilio social y fiscal o centro de trabajo en Euskadi, que contraten a personas mayores de 50 años desempleadas
Cuánto se cobra
De 2.500 € a 15.750 € según titulación y tipo de contrato, con incrementos del 15 %, del 10 % o del 20 % acumulado que elevan el máximo a 18.900 €
Procedimiento
Concurrencia no competitiva: por orden de expediente completo hasta agotar el crédito
Presupuesto
2.500.000 €, repartidos entre 1.250.000 € de crédito de pago de 2026 y 1.250.000 € de compromiso para 2027. BDNS y BOPV coinciden. Cofinanciable por el FSE+ en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027
Organismo
PAÍS VASCO. Código BDNS 902995.

Objeto

Paga a la empresa por contratar a personas mayores de 50 años en situación de desempleo en centros de trabajo de Euskadi. Es el complemento por el otro extremo de la pirámide de edad a Lehen Aukera, que cubre a los menores de 30.

Se subvencionan:

  • Contratos indefinidos, con una duración mínima de 12 meses.
  • Contratos temporales de al menos 6 meses.

Los contratos deben iniciarse a partir del 1 de enero de 2026. El periodo máximo subvencionable es de 6 meses en los temporales y 12 en los indefinidos, y termina en todo caso el 31 de octubre de 2027.

Modalidades excluidas

  • Contratos de formación en alternancia.
  • Contratos fijos-discontinuos.
  • Contratos de empresas de trabajo temporal para cesión a empresa usuaria.
  • Contratos del régimen del hogar familiar.

Cuantía: cuatro tramos y tres incrementos

El importe depende de la titulación o estudios que requiera el puesto —no los que tenga la persona— y del tipo de contrato:

Titulación exigida por el puestoContrato ≥ 6 mesesContrato indefinido
Universitaria (licenciatura, grado, máster, diplomatura, ingeniería o arquitectura técnica)4.725 €15.750 €
Ciclo formativo de grado superior (FPII)4.140 €13.800 €
Ciclo formativo de grado medio (FPI), bachillerato, FP básica y certificados de profesionalidad3.150 €10.500 €
ESO o sin estudios2.500 €8.300 €

Obsérvese la diferencia entre modalidades: el contrato indefinido paga más del triple que el temporal de seis meses en todos los tramos.

Los incrementos

  • +15 % si la persona contratada es mujer o tiene 55 años o más. Basta con cumplir una de las dos.
  • +10 % si la persona finalizó en 2025 o 2026 una acción formativa con compromiso de contratación subvencionada por Lanbide en el marco del Decreto 82/2016, y el contrato es indefinido y con jornada de al menos el 70 %.
  • +20 % si se cumplen las dos condiciones anteriores.

Con el 15 %, un contrato indefinido universitario pasa de 15.750 € a 18.115 €; con el 20 % acumulado, a 18.900 €. La combinación más rentable es un contrato indefinido con una mujer de 55 años o más procedente de formación con compromiso de contratación.

Quién puede solicitarla

Empresas o entidades independientemente de su forma jurídica, excepto Administraciones Públicas, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público.

Requisitos:

  • Domicilio social y fiscal en Euskadi o centro de trabajo radicado en Euskadi.
  • Haber comunicado a la representación legal de los trabajadores la intención de contratar al amparo de la convocatoria, indicando tipo de contrato, período y puesto. Si no hay RLT, hay que declararlo expresamente en la solicitud. Es el mismo requisito que en Lehen Aukera y se olvida con la misma frecuencia.
  • No haber sido condenada por delitos de prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
  • No haber sido condenada o sancionada por resolución firme en los supuestos que la convocatoria detalla.

Como en el resto de programas de contratación de Lanbide, se exige incremento de plantilla: Lanbide lo verifica antes del primer pago.

Cómo se solicita y cómo se cobra

  • Plazo: desde el 1 de mayo de 2026 —día siguiente a la publicación— hasta el 30 de septiembre de 2026, incluido.
  • Procedimiento: concurrencia no competitiva. Las solicitudes se estudian por orden de presentación y se resuelven según el momento en que el expediente esté completo, hasta agotar los fondos. Agotada la dotación se deniegan las pendientes y se publica en el BOPV.

Instruye la directora de Empresas y Emprendimiento y resuelve el director de Administración y Servicios Generales de Lanbide.

Pago en dos mitades

  • 50 % tras la concesión, con cargo a 2026. Antes de pagar, Lanbide verifica el alta en el Régimen General de la Seguridad Social y el incremento de plantilla.
  • 50 % restante con cargo a 2026 o al compromiso de 2027, una vez verificado el mantenimiento del contrato.

Para cobrar hay que estar dado de alta como tercero en Lanbide; el formulario está en su web.

Cuándo vuelve a convocarse

EdiciónRegistro en la BDNSCrédito
2025-202614 de agosto de 20252.200.000 €
2026-202730 de abril de 20262.500.000 €

La convocatoria se ha adelantado casi cuatro meses entre las dos últimas ediciones: de agosto a abril. Con ese margen, para 2027 conviene vigilar el BOPV desde marzo.

Los contratos elegibles arrancan el 1 de enero del año de la convocatoria, así que una contratación de enero puede pedirse en mayo sin perder derecho. Lo que sí se pierde es el plazo: cierra el 30 de septiembre, antes que Lehen Aukera.

Para una empresa que vaya a ampliar plantilla en 2026, la comparación entre las dos ayudas de Lanbide es directa: un indefinido con una persona mayor de 55 años puede rendir 18.115 € frente a los 13.970 € del mismo contrato con una joven titulada. La ayuda por mayores de 50 es la más generosa de las dos.

Cierra en30 de septiembre de 2026

32 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Resolución de 22 de abril de 2026, del director general de Lanbide, con las bases y la convocatoria 2026-2027 — BOPV n.º 79, de 30 de abril de 2026Ficha del procedimiento y formulario de solicitud en Lanbide

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