Contratación indefinida de personas con discapacidad en la empresa ordinaria (segunda convocatoria 2026)
De 5.500 a 7.500 € por contratar de forma indefinida y a jornada completa a una persona con discapacidad, y hasta 2.000 € más si eres autónomo y es tu primer empleado o si viene de un centro especial de empleo. Hasta 1.800 € más para adaptar su puesto. Segunda ronda de 2026: contratos del 1 de julio al 31 de octubre, un mes para pedirla desde cada contrato.
Ficha revisada el 30 de agosto de 2026 · BDNS 928883
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas, autónomos y entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario, y cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que incorporen socios con discapacidad, con centro de trabajo en La Rioja
- Cuánto se cobra
- Contrato indefinido a jornada completa: 5.500 € en general, 6.000 € si es mujer o mayor de 45 años, 7.000 € o 7.500 € con mayores dificultades de acceso, 2.000 € con capacidad intelectual límite; hasta +2.000 € por primer empleado de un autónomo o procedencia de enclave o CEE. Adaptación del puesto: hasta 1.800 €
- Procedimiento
- Concesión directa: una solicitud por contrato, que sirve también de justificación; concesión y pago en un solo acto
- Presupuesto
- 20.000 € para esta segunda convocatoria: 15.000 € en la partida 0808.2411.47001 y 5.000 € en la 0808.2411.48006, distribución estimada. La BDNS publica la misma cifra. La primera convocatoria de 2026 tuvo 55.000 €
- Organismo
- LA RIOJA. Código BDNS 928883.
Qué paga
Dos cosas, cada una con su solicitud:
- Contratar de forma indefinida a una persona con discapacidad, o pasar a indefinido un contrato temporal suyo.
- Adaptar su puesto de trabajo: accesibilidad física, sensorial o cognitiva, equipos de protección, quitar barreras.
Esta segunda convocatoria cubre contratos y adaptaciones del 1 de julio al 31 de octubre de 2026. Lo de noviembre de 2025 a junio de 2026 era de la primera, que cerró el 31 de julio.
Discapacidad es un grado reconocido del 33 % o más. Hay importes más altos para quien tiene mayores dificultades de acceso: parálisis cerebral, trastorno de salud mental o discapacidad intelectual (incluido el autismo) desde el 33 %, o discapacidad física o sensorial desde el 65 %. Y una cuantía propia para la capacidad intelectual límite (del 20 % al 33 % de discapacidad intelectual).
Cuánto por contrato
| Contrato indefinido a jornada completa con… | Importe |
|---|---|
| Persona con discapacidad, en general | 5.500 € |
| Mujer o mayor de 45 años | 6.000 € |
| Persona con mayores dificultades de acceso | 7.000 € |
| Mayores dificultades de acceso y mujer o mayor de 45 años | 7.500 € |
| Persona con capacidad intelectual límite | 2.000 € |
Sobre las cuatro primeras, hasta 2.000 € más en cada uno de estos casos:
- Eres autónomo, cooperativa o sociedad laboral y es tu primer empleado.
- La persona viene de un enclave laboral tras al menos tres meses y la contratas sin interrupción.
- Viene de un centro especial de empleo, con seis meses de antigüedad allí y sin que hayan pasado tres meses desde la baja.
A tiempo parcial, proporcional a la jornada, que no puede bajar del 50 %. Los fijos discontinuos solo cuentan con censo anual, jornada del 75 % o más y al menos 180 días de actividad al año.
Adaptación del puesto
Hasta 1.800 € por contrato, sin pasar del coste real. Hace falta una memoria de un técnico titulado en prevención y un informe favorable de la Inspección de Trabajo. No se repite en el mismo puesto si ya se subvencionó el año anterior.
Las trampas que tumban la solicitud
- Oferta previa en la oficina de empleo. Antes de contratar hay que presentar la oferta en la oficina de empleo, y la persona tiene que haber sido enviada por ella antes de la fecha del contrato. Contratar primero y pedir después no vale. Solo se libra quien viene de un centro especial de empleo sin un solo día entre un contrato y otro.
- La persona tiene que estar en paro e inscrita y empadronada en La Rioja, salvo en las transformaciones de temporal a indefinido y en quien viene de un enclave.
- Incremento neto de plantilla fija: el día del contrato tiene que haber al menos un indefinido más que el mismo día del año anterior. No restan las bajas voluntarias, jubilaciones, incapacidades, fallecimientos ni despidos disciplinarios procedentes.
- No vale recontratar a quien fue indefinido en la empresa o el grupo en los 24 meses anteriores, ni a quien dejó un indefinido en otra empresa hace menos de tres meses (salvo despido improcedente, colectivo o procedencia de un CEE).
- Hay que mantener el puesto un año. Si la persona se va, se sustituye en dos meses con el mismo contrato y jornada.
- Las empresas de 50 o más trabajadores tienen que cumplir la cuota del 2 % y, si están obligadas, tener el plan de igualdad registrado.
Es incompatible con las ayudas riojanas al empleo por cuenta ajena (Orden EDU/34/2020) por el mismo contrato.
Cómo se pide
Por la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja, área Empleo y Formación: procedimiento 25334 para la contratación y 25335 para la adaptación de puestos. Una solicitud por cada contrato, con los anexos I a V.
Para el contrato, además: la relación de indefinidos del año anterior y de las bajas con su justificante, y la vida laboral de la empresa el día del contrato y el mismo día del año anterior. Para la adaptación: memoria, informe de la Inspección, relación de gastos, facturas y justificantes bancarios.
La solicitud completa es la justificación: concesión, reconocimiento de la obligación y pago van en un solo acto. Si falta algo, diez días para subsanar.
Con 20.000 € la bolsa da para tres o cuatro contratos. Como es concesión directa y no hay baremo, lo que cuenta es pedirla pronto y bien.
Dos convocatorias al año
Las bases son la Orden DEA/64/2022, de 17 de octubre (BOR núm. 202, de 20 de octubre de 2022). En 2026 hubo una primera convocatoria (Resolución 5/2026, BOR de 11 de febrero) con 55.000 € para contratos de noviembre de 2025 a junio de 2026, y esta segunda (Resolución 75/2026, BOR núm. 181 de 21 de septiembre) con 20.000 € para julio a octubre. El plazo de cierre puede moverse por resolución del consejero de Empleo.
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Texto oficial
Extracto de la Resolución 75/2026 en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 181, de 21 de septiembre de 2026Orden DEA/64/2022, de 17 de octubre, bases reguladoras (BOR núm. 202, de 20 de octubre de 2022)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con el texto completoUn caso parecido
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