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Contratación de personas con dificultades de inserción

De 3.000 a 6.000 € por contrato indefinido, con hasta 3.000 € más acumulables: 1.000 € si es mujer, 1.000 € si el centro está en un pueblo y 1.000 € solo por tramitar la oferta en el Servicio Navarro de Empleo. Máximo 9.000 € por contratación.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas, personas autónomas y entidades sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Navarra que contraten indefinidamente a personas de alguno de los siete colectivos de difícil inserción
Cuánto se cobra
3.000, 4.000 o 6.000 € según el colectivo, más tres incrementos acumulables de 1.000 € cada uno por mujer, localidad rural y oferta tramitada en el SNE
Procedimiento
Evaluación individualizada, instruida por orden de presentación
Presupuesto
730.000 €
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 892681.

Objeto

Financia la contratación indefinida de personas con especiales dificultades de inserción laboral durante 2026 (base 1). Es la línea general de contratación del Servicio Navarro de Empleo y la de mayor dotación del bloque: 730.000 €.

La puede pedir cualquier empleador, incluidos los trabajadores autónomos, y admite tanto contratos indefinidos nuevos como transformaciones de temporal en indefinido.

Es la ayuda con la que hay que comparar el resto del paquete de contratación navarro. Frente a la línea de primera contratación de autónomos, esta exige que la persona pertenezca a un colectivo concreto pero permite contratar aunque ya se tenga plantilla; frente a la de áreas prioritarias, no exige tamaño mínimo ni sector.

Quién puede solicitarla

Tres tipos de beneficiaria:

  • Empresas.
  • Personas autónomas.
  • Entidades sin ánimo de lucro.

Con estos requisitos:

  • Centro de trabajo en Navarra.
  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente.
  • No incurrir en las prohibiciones de la Ley Foral 11/2005.

Excluidas

Administración General del Estado, administraciones autonómicas, entidades locales, y empresas y fundaciones públicas.

Incremento de plantilla

Cada contratación debe suponer un incremento de plantilla. Es el requisito que descarta las sustituciones encubiertas y el primero que conviene verificar antes de firmar.

Qué contrato vale

  • Contratos indefinidos, con jornada de al menos el 50 %.
  • Transformaciones de contratos temporales o de duración determinada en indefinidos.

La remuneración bruta anual, con pagas extraordinarias incluidas, debe constar en el contrato y no ser inferior al SMI.

Contratos excluidos

  • Fijos discontinuos.
  • Indefinidos adscritos a obra.

Requisitos de la persona contratada

Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo —salvo en las transformaciones— y pertenecer a uno de estos siete colectivos:

  • Personas mayores de 55 años.
  • Personas menores de 30 años inscritas en Garantía Juvenil.
  • Desempleadas de larga duración: al menos 360 días inscritas en los 540 anteriores.
  • Perceptoras de Renta Garantizada o IMV.
  • Mujeres en ocupaciones STEM.
  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Personas procedentes de un itinerario de inserción sociolaboral de al menos 6 meses.

Cuantía

Colectivo de la persona contratadaImporte
Mayores de 55 años, o menores de 30 en Garantía Juvenil3.000 €
Desempleadas de larga duración, perceptoras de Renta Garantizada o IMV, o procedentes de itinerario de inserción4.000 €
Mujeres en ocupaciones STEM o víctimas de violencia de género6.000 €

Los tres incrementos de 1.000 €

  • Si la persona contratada es mujer, en los dos primeros escalones.
  • Si la contratación se realiza en una localidad navarra de menos de 5.000 habitantes.
  • Si la empresa tramitó la oferta de empleo a través del Servicio Navarro de Empleo.

Las cuantías son proporcionales si la jornada no es completa.

El tercer incremento es el más fácil de perder y el más barato de conseguir: 1.000 € por canalizar la oferta a través del SNE en vez de contratar directamente. Hay que hacerlo antes, no después, y aportar el número de oferta con la solicitud.

Mantenimiento, sustitución y reintegro

Si la persona cesa antes de que termine el periodo subvencionado, hay que sustituirla en el plazo máximo de un mes por otra que cumpla requisitos equivalentes.

SituaciónConsecuencia
Fin del contrato indefinido antes de un año sin sustituciónReintegro total
Cese por despido improcedenteReintegro total
No comunicar la sustitución en plazoReintegro del 5 % de lo cobrado
Reducción de jornadaRecálculo y reintegro parcial más intereses

Plazo, documentación y compatibilidad

  • Plazo: un mes desde el día siguiente al inicio de la relación contractual. Para los contratos anteriores a la publicación, desde la publicación oficial.
  • Se subvencionan los contratos suscritos entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026.
  • La ventana de presentación de la convocatoria de 2026 va del 8 de mayo al 1 de diciembre de 2026.

Documentación

  • Solicitud electrónica normalizada y contrato de trabajo.
  • Declaración responsable sobre los requisitos legales y declaración de otras subvenciones solicitadas o recibidas, incluidas las de minimis de los tres años anteriores.
  • Cuenta bancaria registrada en la Tesorería del Gobierno de Navarra y declaración de transparencia.
  • Número de la oferta tramitada en el SNE, si se aspira a ese incremento.
  • Justificante acreditativo en el supuesto de víctima de violencia de género.

Compatibilidad

Incompatible con otras ayudas para la misma finalidad de la Comunidad Foral, de otras administraciones o de entes públicos o privados, salvo las bonificaciones y reducciones de cuotas de la Seguridad Social legalmente establecidas.

Como minimis del Reglamento (UE) 2023/2831, techo de 300.000 € por única empresa en tres años.

Sobre la fuente. El documento que la BDNS asocia a esta convocatoria (idDocumento 1500373) devuelve un error 400 de forma persistente y no puede descargarse. La ficha se ha redactado sobre el texto publicado en el Boletín Oficial de Navarra núm. 88 de 2026, Resolución 1498E/2026, y sobre la ficha oficial del trámite, que sí están disponibles.

Cierra en1 de diciembre de 2026

94 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Resolución 1498E/2026, texto íntegro de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra núm. 88Ficha del trámite en el portal del Gobierno de NavarraFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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