Consolidación de organizaciones de productores pesqueros y planes de producción y comercialización, campaña 2027
4,1 M€ para las OPP y AOP andaluzas: consolidación de la organización y, sobre todo, preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización de la campaña 2027. La intensidad general es del 75 %, pero sube al 100 % si la medida es innovadora, si los resultados son públicos o si beneficia a la pesca artesanal de bajura.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y Asociaciones de Organizaciones de Productores (AOP) reconocidas en Andalucía por resolución de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, con plan de producción y comercialización aprobado
- Cuánto se cobra
- 75 % con carácter general; 100 % en medidas con características innovadoras, con acceso público a los resultados o en beneficio de la pesca costera artesanal con buques de menos de 12 metros; 85 % en sistemas electrónicos de seguimiento para la documentación de capturas
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva
- Presupuesto
- 4.115.000 € repartidos entre 2026, 2027 y 2028 según la orden publicada en el BOJA; la ficha de la BDNS consigna 4.000.000 €
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 922096.
Las dos líneas y el reparto del dinero
El presupuesto total es de 4.115.000 € y se reparte por línea y por anualidad de esta manera:
| Línea | 2026 | 2027 | 2028 |
|---|---|---|---|
| Consolidación de OPP y AOP | 0 € | 0 € | 115.000 € |
| Planes de producción y comercialización · entidades privadas | 840.000 € | 840.000 € | 720.000 € |
| Planes de producción y comercialización · entidades sin ánimo de lucro | 560.000 € | 560.000 € | 480.000 € |
Dos lecturas útiles. La primera: el peso está casi entero en los planes de producción y comercialización —4 millones de los 4,1—, mientras que la consolidación de la organización recibe 115.000 € y además no tiene crédito hasta 2028. La segunda: dentro de los PPYC el reparto entre entidades privadas y sin ánimo de lucro es de 60/40, con bolsas separadas, así que no compiten entre sí por el mismo dinero.
El objeto se encuadra en el objetivo específico 2.2 del Programa para España del FEMPA, el mismo bajo el que se convocan las ayudas a comercialización y transformación de productos pesqueros.
Discrepancia en el presupuesto
La Orden de 28 de julio de 2026 publicada en el BOJA fija el crédito total en 4.115.000 €. La ficha de la Base de Datos Nacional de Subvenciones consigna 4.000.000 €. La cifra desglosada por anualidades del boletín cuadra con los 4.115.000 €, pero conviene contrastarlo con el órgano gestor antes de darlo por cerrado en un informe.
Las intensidades: cuándo se pasa del 75 % al 100 %
La intensidad general es del 75 % en ambas líneas. Sube al 100 % cuando la medida cumple alguno de estos supuestos:
- Tiene características innovadoras —introduce productos o servicios nuevos o significativamente mejorados—.
- Garantiza el acceso público a los resultados.
- Beneficia a la pesca costera artesanal ejercida con buques de menos de 12 metros.
Y hay un supuesto intermedio del 85 % para los sistemas electrónicos de seguimiento destinados al cumplimiento de la documentación de capturas.
La orden precisa además qué se queda en el 75 % aunque a primera vista pudiera parecer innovador: la formación y los seminarios, las obras en inmuebles, las instalaciones que no sean innovadoras y las actividades de promoción. Es la lista que conviene tener delante al repartir el presupuesto de un plan: colocar el gasto en la partida equivocada cuesta 25 puntos de intensidad.
La misma lógica que en la convocatoria de comercialización y transformación: la pesca artesanal de bajura cobra el 100 %. Si la organización agrupa flota de menos de 12 metros, merece la pena identificar expresamente qué medidas del plan la benefician.
Requisitos y tramitación
La condición de entrada es formal y no admite matices: la entidad debe tener reconocimiento como OPP o AOP otorgado por resolución de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul y estar inscrita, además de tener aprobado su plan de producción y comercialización. Se exige también estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que la actuación contribuya a los objetivos de la Política Pesquera Común.
Las bases reguladoras son la Orden de 9 de octubre de 2024, que fija las normas sobre organizaciones profesionales del sector pesquero y acuícola en Andalucía y las bases para conceder estas ayudas en concurrencia no competitiva.
La presentación es electrónica, por la Oficina Virtual de la Administración de la Junta de Andalucía, dirigida a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul. Los códigos de procedimiento son el 25592 y el 25009 —uno por línea—, dato que ahorra tiempo al buscar el trámite en la sede.
Es una convocatoria de círculo cerrado: no sirve para un armador individual ni para una empresa de transformación. Para esos perfiles la vía es la convocatoria de comercialización y transformación de productos pesqueros, que sí admite personas y entidades privadas.
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Texto oficial
Orden de 28 de julio de 2026 de convocatoria, BOJA núm. 153 de 10 de agosto de 2026Extracto de la convocatoria, BOJA núm. 153 de 10 de agosto de 2026Orden de 9 de octubre de 2024, bases reguladoras, BOJA núm. 206Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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