Conciliación de la vida profesional y familiar de personas trabajadoras autónomas
Hasta 1.200 € al mes por contratar a alguien que te sustituya al frente del negocio durante el permiso por nacimiento, cuidado del menor o riesgo en el embarazo o la lactancia. Es de las pocas ayudas que resuelve el problema real de un autónomo con un hijo.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas en alta como trabajadoras autónomas en el RETA o el REMAR que hayan formalizado un contrato de sustitución entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Cuánto se cobra
- 1.200 € mensuales como máximo, reducidos proporcionalmente por días efectivos y jornada
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 250.000 €
- Organismo
- PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 893403.
Objeto
Resuelve un problema que casi ninguna otra ayuda toca: qué pasa con el negocio de un autónomo cuando tiene un hijo.
Subvenciona el coste de contratar a una persona que le sustituya al frente de la explotación o actividad durante los períodos de suspensión por:
- Riesgo durante el embarazo
- Nacimiento y cuidado del menor
- Riesgo durante la lactancia natural
La ayuda cubre el coste salarial y las cuotas de la Seguridad Social por todos los conceptos del contrato por cuenta ajena de la persona sustituta.
Pueden subvencionarse todas las situaciones en que se encuentre la persona solicitante dentro del período fijado, no solo una.
Cuantía
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Cuantía mensual máxima | 1.200 € |
El importe se reduce proporcionalmente en función de:
- Los días de trabajo efectivos de la persona contratada.
- La formalización del contrato a tiempo parcial.
- El disfrute del permiso a tiempo parcial.
A estos efectos, los meses se computan de 30 días naturales.
En ningún caso la subvención puede superar el coste total de la actividad subvencionada.
Un permiso completo de nacimiento y cuidado del menor de cuatro meses a jornada completa supone unos 4.800 €.
Quién puede solicitarla
Personas en situación de alta como trabajadoras autónomas en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, que hayan formalizado un contrato de sustitución entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, para disfrutar en ese período del permiso correspondiente.
El contrato debe ser por cuenta ajena y la persona contratada debe hacerse cargo de la explotación o actividad durante el permiso.
Cómo y cuándo solicitar
Solicitud electrónica en la sede del Principado.
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA hasta el 17 de julio de 2026. La convocatoria de este año ya está cerrada.
Régimen de minimis
Se aplica el Reglamento (UE) 2023/2831: máximo 300.000 € por única empresa en cualquier período de tres años.
Normativa
Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 15 de octubre de 2021 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (BOPA de 22 de octubre de 2021). Siguen vigentes, así que lo que cambia cada año son el crédito y las fechas.
Cuándo vuelve
Convocatoria anual con período de contratación encadenado: el de 2026 empieza el 1 de julio de 2025, justo donde terminó el anterior. Quien prevea un permiso puede planificar contando con ella, pero conviene comprobar el período exacto de cada edición.
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