Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo abiertoAutónomos y emprendimientoAsturiasConcurrencia competitiva

Cheque Emprendedor — fomento al emprendimiento innovador

10.000 € de pago único por darse de alta como autónomo con un proyecto calificado como innovador. Abierta hasta el 7 de septiembre de 2026. La calificación la hace gratis un centro de empresas público, pero hay que pedirla antes de solicitar la ayuda.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas emprendedoras, reemprendedoras y relevistas empresariales dadas de alta en el RETA o el REMAR entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, con domicilio fiscal en un concejo asturiano
Cuánto se cobra
10.000 € de importe fijo, en un único pago
Procedimiento
Concurrencia competitiva, por orden de puntuación hasta agotar el crédito
Presupuesto
680.000 € más una cuantía adicional de 500.000 € condicionada a disponibilidad de crédito (artículo 58.2 del RD 887/2006)
Organismo
PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 893404.

Objeto

Un pago único de 10.000 € por incorporarse al RETA —o al REMAR por cuenta propia— con un proyecto empresarial calificado como innovador.

Es la ayuda asturiana de mayor importe por alta de autónomo, más del doble que el Fomento del Empleo Autónomo. La diferencia está en el filtro: aquí hay que pasar por una calificación de innovación hecha por un experto externo, y compite por puntuación.

Va dirigida a residentes en Asturias y también, expresamente, a quien resida fuera o en el extranjero, con el objeto declarado de fomentar el retorno y la captación de talento para que el proyecto se establezca en un concejo asturiano.

Quién puede solicitarla

Tres colectivos, definidos por la experiencia previa en la misma actividad —se comprueba con los tres primeros dígitos del CNAE—:

  • Emprendedores: sin experiencia previa por cuenta propia en la actividad del proyecto.
  • Reemprendedores: con experiencia previa por cuenta propia en esa actividad.
  • Relevistas empresariales: quienes continúan la actividad de un negocio objeto de traspaso.

El alta en el RETA o el REMAR debe haberse producido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.

Requisitos

  • Proyecto empresarial monitorizado durante al menos 2 meses y calificado como innovador por un experto externo, con la calificación obtenida antes de presentar la solicitud.
  • Desarrollar la actividad a título propio y tener el domicilio fiscal en un concejo asturiano.
  • Disponer de al menos un canal de comunicación digital para la actividad: web, blog o una red social.
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y no ser deudor del Principado.
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.

La calificación de innovador: por dónde se empieza

Es el requisito que marca el calendario real, porque exige dos meses de monitorización previa y hay que tenerla resuelta antes de solicitar.

Tienen la consideración de expertos externos los centros de empresas públicos del Principado:

  • Ciudad Industrial del Valle del Nalón, S.A.U.
  • Centro Europeo de Empresas e Innovación del Principado de Asturias (CEEI).

La convocatoria puede incorporar otros centros públicos que cumplan las condiciones.

La monitorización y la calificación son gratuitas, pero también necesarias, indisolubles y consecuentes: solo se admite la calificación de proyectos monitorizados por el mismo experto que después los califica. No vale monitorizar en un sitio y pedir la calificación en otro.

La monitorización se hace a través de la plataforma web de asesoramiento CREA. El período cuenta desde la fecha de alta del proyecto en la plataforma hasta la fecha de firma del certificado de carácter innovador.

Quién queda excluido

La base quinta excluye expresamente:

  • Las personas autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación.
  • Las personas autónomas que sean socias o miembros de órganos de entidades con o sin personalidad jurídica: sociedades de capital, cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes. Es decir, esta ayuda es para el autónomo a título individual, no para el societario.
  • Los reemprendedores que en los doce meses anteriores al alta hayan ejercido una actividad coincidente con la del proyecto, comprobada por los tres primeros dígitos del CNAE.
  • Quienes hayan sido beneficiarios del Cheque Emprendedor en los tres ejercicios anteriores.

La resolución de cada convocatoria puede además limitar las actividades económicas subvencionables.

Cómo se puntúa

Sobre 100 puntos repartidos en cuatro criterios. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación y se asignan ayudas siguiendo ese orden hasta agotar el crédito. En caso de empate persistente, decide la mayor edad de quien solicita.

a) Ubicación del proyecto — hasta 15 puntos

ConcejoPuntos
En riesgo de despoblamiento15
En crisis demográfica11
Demográficamente inestable7
Demográficamente dinámico3

Se aplica la zonificación del Decreto 83/2025, de 23 de junio.

b) Sector de actividad — hasta 15 puntos

Sección de la CNAE-2025Puntos
C, D, E o N15
A, B, F, G, J o K10
Resto de secciones5

c) Impacto del proyecto — hasta 20 puntos

Estrategia de comercializaciónPuntos
Mercado internacional o nacional20
Mercado regional15
Mercado local10

d) Características de la persona — hasta 50 puntos

Es el criterio con más peso, la mitad de la puntuación total:

CircunstanciaPuntos
Discapacidad reconocida ≥ 33 %, riesgo de exclusión social, mujer víctima de violencia de género, o parada de muy larga duración con al menos 24 meses en desempleo30
Edad igual o superior a 50 años15
Edad inferior a 50 años10
Tener por guarda legal el cuidado directo de un menor de 12 años o de una persona con discapacidad sin actividad retribuida10

Conviene calcular la puntuación antes de solicitar: entre un proyecto industrial en un concejo despoblado con vocación exportadora y otro de servicios locales en Oviedo hay una diferencia de decenas de puntos, y el crédito se reparte por orden.

Obligaciones

Hay que mantener el alta en el RETA o el REMAR durante 12 meses desde la fecha de la resolución de concesión.

Durante ese mismo período hay una obligación de publicidad que conviene no pasar por alto, porque tiene plazo propio:

  • Publicar la imagen institucional del Principado haciendo referencia al proyecto subvencionado y a la cofinanciación pública, según el modelo de la sede electrónica.
  • La publicidad debe permanecer visible de forma permanente durante al menos 12 meses desde la resolución de concesión.
  • En el plazo de un mes desde la publicación de la resolución, hay que presentar una captura en PDF de los canales digitales declarados en la solicitud donde se aprecie con claridad esa publicidad.

Ese es el motivo de que se exija tener web, blog o red social como requisito de entrada: es donde debe aparecer la publicidad.

Régimen de minimis

La convocatoria de 2026 aplica el Reglamento (UE) 2023/2831: máximo 300.000 € por única empresa en cualquier período de tres años.

Aviso: las bases reguladoras son de 2019 y citan el Reglamento 1407/2013 con un límite de 200.000 € y 100.000 € para transporte de mercancías por carretera. Ese reglamento está derogado. Manda el que fija la convocatoria de cada año.

Límites sectoriales: 50.000 € en producción primaria agrícola (Reglamento 1408/2013 vigente) y 30.000 € en pesca, ampliables a 40.000 € por existir registro central nacional (artículo 3.2 bis del Reglamento 717/2014 y Real Decreto 1139/2024).

Cómo y cuándo solicitar

Solicitud según el modelo de la sede electrónica sede.asturias.es, buscando el código AYUD0145T01 en el buscador de la cabecera. Se dirigen al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código DIR A03028882.

Hay que aportar la acreditación del carácter innovador del proyecto y del período de monitorización. Si la solicitud está incompleta, hay diez días hábiles improrrogables para subsanar.

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA y hasta el 7 de septiembre de 2026. Es de las pocas convocatorias asturianas con fecha de cierre fija en vez de «un mes desde el extracto», lo que da margen para conseguir antes la calificación de innovador.

Presentar fuera de plazo supone la denegación sin más trámite.

Resolución y pago

Resuelve el titular de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo en un plazo máximo de seis meses desde la publicación del extracto. El pago se hace en un único abono tras la resolución, condicionado a estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

No hace falta fijar orden de prelación si el crédito alcanza para todas las solicitudes válidas.

Cierra en7 de septiembre de 2026

9 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSBases reguladoras, Resolución de 4 de junio de 2019 (BOPA de 17 de julio de 2019)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Seguir mirando

Autónomos y emprendimiento en Asturias10Todas las abiertas en Asturias10Autónomos y emprendimiento en toda España187
LlamarEstudia mi caso