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Compromisos agroambientales y de conservación de recursos genéticos (PEPAC)

Una prima anual durante cinco años por producción integrada, pastos sostenibles, apicultura, lucha contra la erosión, razas autóctonas en peligro y variedades locales. Con una advertencia: desde 2026 solo pueden pedirla quienes ya entraron en el procedimiento de 2025.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Agricultores y ganaderos —personas físicas con actividad económica y pymes— titulares de superficies agrarias en Canarias o de razas y variedades locales, que asuman los compromisos plurianuales del PEPAC
Cuánto se cobra
Prima anual por hectárea, colmena o unidad de ganado mayor según el compromiso suscrito, con prorrateo si el crédito del compromiso resulta insuficiente
Procedimiento
Convocatoria plurianual 2025-2029 con un procedimiento de selección por anualidad
Presupuesto
1.672.148,50 € de aportación nacional por procedimiento de selección; 8.360.742,50 € en el conjunto 2025-2029, más 33.442.970 € de cofinanciación de la Unión Europea. La BDNS registra 1.750.000 € para esta orden
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 907171.

Qué compromisos se pagan

Son las intervenciones agroambientales del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) 2023-2027 en Canarias. El agricultor o ganadero se compromete durante varios años a una práctica concreta y cobra una prima anual por hacerlo. Los compromisos convocados, con el crédito asignado a cada uno por procedimiento de selección, son:

CódigoCompromisoCrédito por procedimiento
6501.1Producción integrada696.441,23 €
6501.2Cultivos sostenibles0,00 €
6501.3Fomento y gestión sostenible de pastos256.579,90 €
6501.4Apicultura para la biodiversidad4.435,76 €
6501.8Mejora del suelo y lucha contra la erosión202.964,99 €
6505.1Recursos genéticos SIGC: mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción466.333,21 €
6505.2Recursos genéticos no SIGC: conservación «in situ» de variedades vegetales locales en riesgo de erosión genética45.393,41 €

Dos avisos de lectura de esa tabla. El compromiso de cultivos sostenibles (6501.2) está dotado con cero euros: figura en la convocatoria pero no tiene crédito, así que en la práctica no es una vía abierta. Y la apicultura (6501.4), con 4.435 €, es testimonial. El grueso del dinero está en producción integrada y en razas autóctonas en peligro de extinción, que entre las dos se llevan siete de cada diez euros.

El filtro que hay que comprobar antes que nada

La convocatoria abarca cinco anualidades, pero no todas las anualidades admiten entrantes nuevos:

Procedimiento de selecciónPlazoQuién puede presentarse
20252 meses desde la publicación del extractoNuevo peticionario
2026Durante marzo de 2026 y, adicionalmente, durante junio de 2026Reiterante
2027Durante marzo de 2027Reiterante
2028Durante marzo de 2028Reiterante
2029Durante marzo de 2029Reiterante

Y el texto lo dice sin ambigüedad: «Podrán acogerse a los procedimientos de selección 2026, 2027, 2028 y 2029, los que hayan obtenido la condición de beneficiario en el procedimiento de selección 2025, que reiteren su solicitud en los términos establecidos en la convocatoria».

Esto es lo primero que hay que verificar con el cliente. Si no entró en el procedimiento de 2025, no puede entrar ahora: tendría que esperar a una convocatoria nueva del siguiente periodo. Y si sí entró, la reiteración anual en marzo no es automática: hay que volver a presentar la solicitud cada año o se pierde el compromiso —y, con él, las anualidades restantes—. Merece la pena dejarlo puesto en el calendario del cliente para los marzos de 2027, 2028 y 2029.

Esta orden, precisamente, concede un plazo adicional en junio de 2026 para el procedimiento de selección de ese año, además del ordinario de marzo. Es una segunda oportunidad para el reiterante que se hubiera despistado en marzo.

Financiación: quién pone el dinero y cuánto

La financiación se reparte en tres tramos: 80 % Unión Europea (FEADER), 6 % Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y 14 % Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria.

  • Aportación nacional (el 20 % de MAPA y Consejería), con cargo a la aplicación 1310.412A.4470200.134G1435: 1.672.148,50 € por procedimiento de selección, es decir 8.360.742,50 € en el conjunto 2025-2029.
  • Cofinanciación de la Unión Europea (el 80 %) para el total de la convocatoria: 33.442.970 €, que se abonan directamente a los beneficiarios a través del Organismo Pagador de Fondos Europeos Agrícolas.

Discrepancia de presupuesto

La ficha de la BDNS de esta orden consigna 1.750.000 €, mientras que el texto fija el crédito de cada procedimiento de selección en 1.672.148,50 €. No elegimos entre una y otra: la convocatoria ha sido modificada al alza en varias ocasiones —Orden de 3 de septiembre de 2025, Orden de 26 de diciembre de 2025 y esta misma—, lo que explica que las cifras publicadas en distintos momentos no coincidan. Conviene confirmar el crédito vigente del compromiso concreto antes de dimensionar la ayuda.

Los incrementos de esta orden

Esta Orden n.º 69/2026, de 20 de mayo, incrementa el crédito del procedimiento de selección 2025 en 350.000 € —230.000 € para gestión sostenible de pastos (6501.3) y 120.000 € para mejora del suelo (6501.8)— y añade otros incrementos de 57.499,79 € en producción integrada (6501.1), 19.358,32 € en mejora del suelo (6501.8) y 21.393,41 € en variedades vegetales locales (6505.2).

El patrón se repite año tras año: la Consejería abre con un crédito corto y lo va ampliando. Para el cliente eso significa que una solicitud desestimada por falta de crédito puede acabar pagándose tras una ampliación, así que no conviene dar el expediente por perdido hasta la resolución definitiva.

Trámite y normativa

Las solicitudes se presentan a través de la sede electrónica única del Gobierno de Canarias, con el modelo normalizado accesible en la propia sede, dentro del plazo que corresponda a cada procedimiento de selección.

Normativa aplicable

  • Bases reguladoras: Orden de 5 de febrero de 2024 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria.
  • Convocatoria: Orden de 11 de febrero de 2025, para el periodo 2025 a 2029 (extracto en BOC n.º 33, de 17/02/2025; BDNS 814237).
  • Modificaciones: Orden de 3 de septiembre de 2025 (BOC n.º 182, de 15/09/2025), Orden de 26 de diciembre de 2025 (BOC n.º 258, de 31/12/2025) y la presente Orden n.º 69/2026, de 20 de mayo.

Las concesiones del procedimiento 2025 se acordaron por Resolución de 27 de febrero de 2026 de la Dirección General de Agricultura, modificada por Resolución de 12 de marzo de 2026.

Las modificaciones de esta orden solo se aplican a los procedimientos de selección de las anualidades 2026 a 2029.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Orden n.º 69/2026, de 20 de mayo, de modificación de créditos y plazos, texto completo en la BDNSExtracto de la convocatoria 2025-2029, BOC n.º 33 de 17/02/2025Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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