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Última convocatoriaComercio, turismo y hosteleríaNavarraConcurrencia competitiva

Competitividad de las pymes turísticas

35 % de la inversión hasta 35.000 € por empresa para hoteles, casas rurales, restaurantes, agencias de viaje y turismo activo. El baremo premia con 25 puntos los proyectos de sostenibilidad, accesibilidad y autoprotección, y con 0 los de reforma sin más.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes inscritas en el Registro de Turismo de Navarra: alojamientos, restaurantes, agencias de viaje y empresas de turismo activo o cultural, con web propia operativa
Cuánto se cobra
35 % de la inversión subvencionable sin IVA, con un máximo de 35.000 € por empresa beneficiaria
Procedimiento
Concurrencia competitiva por baremo, con una única prelación
Presupuesto
700.000 €, partida A30001-A3100-7709-432100 del presupuesto de gastos de 2026
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 896364.

Objeto

Financia inversiones de modernización y renovación en establecimientos turísticos, equipamiento de agencias de viaje y empresas de turismo activo, y transformación digital del sector (base 1).

La mecánica es simple —35 % del gasto, hasta 35.000 €— pero lo que decide el expediente es el criterio 2 del baremo: la clase de proyecto vale 25 de los aproximadamente 90 puntos posibles, y una reforma corriente puntúa cero.

Clase de proyectoPuntos
Sostenibilidad ambiental y mejora energética25
Accesibilidad y eliminación de barreras25
Autoprotección frente a inundaciones e incendios25
Áreas de pernocta para autocaravanas20
Instalaciones y servicios al cicloturista20
Desarrollo tecnológico15
Reforma y mejora de piscinas15
Resto de proyectos (reforma general, mobiliario, equipamiento)0

Para que un proyecto se clasifique en una de las categorías puntuadas, ese concepto debe superar el 80 % del importe del proyecto global. Una reforma que incluya algo de eficiencia energética no basta: si la eficiencia no llega al 80 %, el proyecto entero puntúa 0 en este criterio. Merece la pena plantear el proyecto en torno a un solo eje.

Sostenibilidad, accesibilidad y piscinas exigen además el aval de una empresa o profesional competente, presentado con la solicitud. Sin ese aval en plazo se pierden los puntos, sin posibilidad de subsanar.

Quién puede solicitarla

Pymes conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 que cumplan (base 4):

  • Figurar inscritas en el Registro de Turismo de Navarra como titulares del establecimiento, la agencia o la empresa de turismo activo, antes de que termine el plazo de solicitud.
  • En alojamientos y restaurantes, esa inscripción debe tener una antigüedad de al menos dos años.
  • Disponer de página web propia actualizada y operativa y de correo electrónico operativo. Las plataformas de reservas de terceros no cuentan como web propia. Si la empresa pertenece a un grupo, vale la web corporativa del grupo.

Epígrafes del IAE admitidos

  • Alojamiento: grupos 681 a 687 —hoteles, hostales, pensiones, casas rurales, hoteles-apartamento, apartamentos turísticos, campings y albergues—. Las casas rurales y apartamentos turísticos también valen dados de alta en los grupos 861 o 862 de alquiler de inmuebles.
  • Restauración: grupo 671. Deben tener la carta en tres idiomas como mínimo, publicada en su web.
  • Agencias de viaje: grupo 755.
  • Turismo activo o cultural: el grupo que corresponda a su oferta.

Tres restricciones que conviene comprobar antes

  • Las casas rurales y apartamentos turísticos dados de alta en los grupos 861 u 862 solo pueden pedir ayuda para desarrollo tecnológico, no para obra ni equipamiento.
  • Los restaurantes situados en polígonos industriales, comerciales o de servicios quedan fuera.
  • No pueden concurrir los establecimientos con deficiencias pendientes de subsanar cuando la Sección de Ordenación haya requerido y el plazo haya vencido sin cumplirse.

En proyectos que afecten a una vivienda particular, la solicitud debe separar la parte turística: solo se subvenciona la proporción con vinculación directa e inequívoca al establecimiento.

Casos particulares resueltos en las bases

  • Cambio de titularidad: basta con haber presentado la documentación de la modificación registral antes de que acabe el plazo de solicitud.
  • Franquicias: se cumple el requisito si la franquiciada figura en el Registro como gerente o responsable del establecimiento en Navarra.
  • Baja temporal en el Registro por fuerza mayor —incendio, inundación— no impide solicitar.

Cuantía e inversión mínima

35 % de la inversión sin IVA, con un máximo de 35.000 € por empresa beneficiaria (base 6). El importe mínimo por factura es de 1.000 €: las de menor cuantía ni se admiten como presupuesto ni se justifican.

Tipo de proyectoTipo de empresaMicroPequeñaMediana
Desarrollo tecnológicoEstablecimientos turísticos generales, casas rurales y apartamentos2.000 €5.000 €10.000 €
Agencias de viaje y turismo activo o cultural3.000 €5.000 €
Resto de proyectosEstablecimientos turísticos generales15.000 €30.000 €60.000 €
Casas rurales del grupo 683 del IAE6.000 €10.000 €20.000 €
Agencias de viaje y turismo activo o cultural2.500 €5.000 €7.000 €

Los umbrales de desarrollo tecnológico son los más bajos de toda la convocatoria: 2.000 € para una microempresa. Es la vía de entrada más accesible, aunque solo puntúe 15 en el criterio de clase de proyecto.

Honorarios técnicos

Redacción de proyecto, dirección de obra, ingeniería y proyectos de decoración o instalación: hasta el 10 % del presupuesto subvencionable. No computan para alcanzar la inversión mínima, y en el pago se admiten hasta el 10 % de la ejecución material justificada. Si solo se justifican honorarios, no se abona nada.

Qué inversión entra y cuál no

Subvencionable

  • Obras: aislamiento interior, saneamiento, electricidad, sistemas de seguridad, calefacción, climatización, albañilería, fontanería, carpintería e instalaciones.
  • Áreas de pernocta conforme al Decreto Foral 22/2024 de autocaravanas y caravanas en tránsito.
  • Autoprotección: barreras antiinundación, fajas perimetrales de protección, extintores, puertas cortafuegos, bocas de incendio y señalización de evacuación, siempre que estén recogidas en el Plan de Autoprotección (PAU) o el PAIF de la empresa.
  • Mobiliario y equipamiento, si tienen consideración de inversión y no de mantenimiento.
  • Desarrollo tecnológico: contabilidad, CRM, ERP, gestión hotelera, TPV para hostelería, big data e inteligencia artificial, señalética digital, IoT, software de reservas, y adaptación de webs para incorporar contratación online o accesibilidad. Las plataformas B2C deben permitir contratación y pago online en tiempo real.
  • Cicloturismo: guardabicis, talleres, zonas de lavado, y la adquisición de bicicletas y equipamiento para prestar el servicio.

Excluido (base 5.3)

  • Electrodomésticos y cocinas de gas; menaje y lencería.
  • Equipos informáticos: ordenadores, portátiles, tabletas, impresoras y móviles.
  • Mantenimiento de web, dominio, hosting, programas o aplicaciones; gestión de redes sociales.
  • Ropa, calzado, cascos y equipamiento personal para cicloturistas, y herramientas de reparación de bicicletas.
  • Inversiones fuera del perímetro del establecimiento; compra de inmuebles y terrenos; activos usados; leasing.
  • Pintura o empapelado, salvo dentro de una reforma integral; trabajos para el propio inmovilizado; tributos y licencias.
  • Construcción o instalación de piscinas nuevas —solo se subvenciona reformar las existentes—.
  • Obras de mantenimiento periódico: limpieza de canalones, arreglos de carpintería, puesta a punto de calefacción o climatización.

Los medios de transporte, con topes

Solo bicicletas: 4 unidades con un máximo de 2.000 € cada una en alojamientos y restaurantes, y 10 unidades con un máximo de 3.000 € cada una en empresas de turismo activo o cultural.

El resto del baremo

Más allá de la clase de proyecto, hay una decena de criterios menores que sumados deciden posiciones (base 8.4):

CriterioPuntos
1. Subvenciones recibidas en 2021-2023: ninguna20
Hasta 2.000 € · 5.000 € · 10.000 € · 15.000 € · más15 · 10 · 5 · 2 · 0
7. Programa formativo Impulso Digital10
6. Cursos y jornadas desde el 1 de enero de 2024hasta 10
3. Tamaño: micro · pequeña · mediana6 · 4 · 2
5. Adhesión al Club Navarra en Bici (solo cicloturismo)5
11. Certificaciones en vigorhasta 5
12. Reconocimiento de prestigio internacional5
4. Epígrafe del IAEhasta 4
8. Asociación turística inscrita en el Registro3
10. Igualdad de génerohasta 3
9. Sistema Arbitral de Consumo2

Los puntos por formación

Cursos recibidos desde el 1 de enero de 2024 por titulares o personal, según temática: accesibilidad universal 4 puntos, reducción del impacto ambiental 3, innovación mediante soluciones tecnológicas 3. Hace falta acreditación documental.

El Impulso Digital vale 10 puntos y se compromete por declaración responsable al solicitar. Exige completar formación online, tutorizaciones grupales e individuales, elaborar el plan de digitalización y asistir a las jornadas presenciales de networking. Se comprueba al justificar: si no se cumple, se recalcula la puntuación restando esos 10 puntos.

Certificaciones que valen 5 puntos

Q de calidad turística, EMAS, ISO 14001, ISO 50001, ISO 21401, UNE 170001 de accesibilidad universal, etiqueta Ecolabel y sello «Calculo-Reduzco». Debe estar en vigor a la fecha de solicitud; el máximo es 5 puntos, no se acumulan.

El IAE también puntúa

Alojamientos (681-687) y turismo activo o cultural, 4 puntos; restaurantes (671) y agencias de viaje (755), 2; alquiler de inmuebles (861 y 862), 0. Con varios epígrafes se aplica el de mayor puntuación.

Empates

Se resuelven por: tener todas las inversiones ya finalizadas al solicitar, con preferencia al mayor volumen; después, mayor antigüedad en el Registro de Turismo; y por último, haber recibido menos subvención antes.

Plazos y tramitación

Periodo de ejecución

Inversiones realizadas, facturadas y pagadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Los presupuestos pueden ser anteriores.

Para agencias de viaje y empresas de turismo activo o cultural nuevas, inscritas en el Registro después del 1 de octubre de 2024, el periodo se amplía hacia atrás hasta el 23 de abril de 2025.

Solicitud

  • 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BON.
  • Telemática obligatoria para personas jurídicas y agrupaciones; las personas físicas pueden presentarla presencialmente. Si una persona jurídica la presenta en papel, la fecha que cuenta es la de la subsanación telemática.
  • Una solicitud por empresa, salvo que haya establecimientos en edificios distintos, separados y con códigos de inscripción diferentes en el Registro de Turismo.
  • Subsanación: 10 días hábiles. La documentación para puntuar no se puede aportar después del plazo de solicitud.

Licencias de obra, con una fecha crítica

En proyectos de obra hay que presentar con la solicitud la licencia de obras mayores, la comunicación de obras menores o el certificado municipal de no precisar licencia. Se admite el resguardo de haberlo solicitado, pero si ese resguardo lleva fecha posterior al fin del plazo de solicitud, la solicitud se inadmite. La comunicación de obras menores no admite resguardo: se presenta sí o sí con la solicitud y con fecha anterior al cierre del plazo.

Quien presente resguardo se compromete a aportar la licencia o el certificado como fecha límite al justificar. No hacerlo supone la pérdida del derecho al cobro.

Tres ofertas

Obligatorias por encima de 30.000 € en obras o 12.000 € en bienes de equipo. Si no se elige la más económica sin justificación suficiente, solo se subvenciona el importe de la más barata.

Resolución y ayudas parciales

Resolución en 3 meses desde el fin del plazo de solicitud; el silencio es desestimatorio. Quien vaya a recibir una ayuda parcial por falta de crédito dispone de 3 días hábiles para aceptarla; si la acepta, puede recibir un complemento posterior con renuncias o sobrantes, pero solo si la ayuda concedida fue inferior al 75 % de la que le habría correspondido.

Compatibilidad

Incompatible para las mismas actuaciones con cualquier otra subvención de la Comunidad Foral, de otras administraciones o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales (base 13.1).

Ayuda de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831: máximo 300.000 € por única empresa en cualquier periodo de tres años, evaluado de forma continua. El órgano gestor contrasta lo declarado con el registro de minimis.

Requisito de morosidad

Para ayudas de más de 30.000 €, cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004. Las sociedades que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada lo acreditan por declaración responsable con la solicitud; las demás, con certificación de auditor del ROAC. La prohibición se aprecia de forma automática y subsiste mientras concurran las circunstancias.

Plazo22 de abril de 2026

Cierra hoy

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Texto oficial

Orden Foral de 30 de marzo de 2026, con la convocatoria y las bases reguladorasFicha del trámite en el portal del Gobierno de NavarraFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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