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Última convocatoriaComercio, turismo y hosteleríaNavarraConcurrencia competitiva

Competitividad de las pymes de comercio minorista

Seis líneas para el comercio minorista, del 40 % al 80 % de la inversión. La de traspaso paga el 80 % hasta 60.000 € a quien compra un comercio en marcha, y la de digitalización el 70 % hasta 10.000 € con solo 2.000 € de inversión. Puntúa más el comercio pequeño y de pueblo.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes de comercio minorista con establecimiento en trama urbana de Navarra, comercio no sedentario, nuevos emprendedores del sector y cuatro actividades paracomerciales en pueblos de menos de 1.500 habitantes
Cuánto se cobra
Del 40 % al 80 % de la inversión según la línea, con topes de 10.000 a 60.000 € y un máximo de 60.000 € por empresa
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con prelación separada por clase de proyecto
Presupuesto
1.400.000 €, partida 830001 83100 7701 431402, repartidos por clase de proyecto
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 890314.

Objeto

Refuerza el comercio minorista de proximidad de Navarra por seis vías distintas, cada una con su propia bolsa de dinero, su porcentaje y su tope. Elegir bien la clase de proyecto es la primera decisión del expediente, porque de ella dependen el porcentaje, la inversión mínima, el tamaño de empresa admitido y con quién se compite.

Clase de proyectoCrédito% ayudaTope
MR · Modernización y reforma760.000 €40 %50.000 € por establecimiento
TC · Traspaso comercial170.000 €80 %60.000 € por establecimiento
EC · Emprendimiento comercial200.000 €50 %50.000 € por establecimiento
DC · Digitalización comercial100.000 €70 %10.000 € por empresa
PC · Actividades paracomerciales125.000 €40 %25.000 € por empresa
CNS · Comercio no sedentario45.000 €60 %10.000 € por empresa

El crédito de modernización y reforma va partido: 300.000 € para Pamplona y 460.000 € para el resto de Navarra. Los remanentes de cada clase se reasignan a las demás en un orden preestablecido en la base 2.2.

Dos casos aparte con condiciones propias: los locales multiactividad en inmuebles de una entidad local de menos de 1.200 habitantes cobran el 80 % hasta 45.000 €, y la adquisición o adaptación de vehículos para reparto de alimentos en pueblos de menos de 1.500 habitantes, el 40 % hasta 10.000 €. Ambos reservados a microempresas.

Qué comercios entran

La actividad principal debe corresponder a la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025), en estos grupos (base 5):

  • Clases 47.11 a 47.79, ambas incluidas, para las líneas MR, TC, EC, DC y CNS.
  • Clase 47.82, solo recambios, repuestos y accesorios nuevos.

Excluidos expresamente

  • 47.30 combustible para automoción.
  • 47.26 productos de tabaco y 47.73 productos farmacéuticos, por requerir autorización o concesión administrativa especial.
  • Negocios cuya actividad principal sea elaborar, producir o transformar lo que luego venden: pastelerías, pizzerías, panaderías, heladerías.
  • Comercio electrónico puro, máquinas expendedoras y venta a domicilio.

Actividades paracomerciales (PC)

Cuatro CNAE concretos, y solo en establecimientos de entidades locales de menos de 1.500 habitantes:

  • 96.10 lavado y limpieza de prendas de tela y piel.
  • 95.23 reparación y mantenimiento de calzado y artículos de cuero.
  • 95.29 reparación y mantenimiento de efectos personales y artículos de uso doméstico.
  • 10.71 fabricación de pan y productos frescos de panadería y pastelería.

La panadería es el caso curioso: excluida como comercio por producir lo que vende, pero admitida por la puerta de las paracomerciales si está en un pueblo pequeño.

La trama urbana

Las inversiones deben hacerse en establecimientos integrados en trama urbana: suelo urbano o urbanizable con uso residencial dominante en la parcela o en las colindantes. Quedan fuera los polígonos industriales, comerciales o de servicios y las zonas transfronterizas. Se exceptúan el comercio no sedentario y los establecimientos en localidades de menos de 1.500 habitantes.

Tamaño de empresa e inversión mínima

Solo Modernización y reforma admite medianas empresas. El resto de líneas se reservan a micro y pequeña empresa.

Clase de proyectoMicroPequeñaMedianaInversión mínima por
Modernización y reforma10.000 €27.000 €105.000 €Establecimiento
Traspaso comercial2.000 €10.000 €Establecimiento
Comercio no sedentario1.500 €1.500 €Empresa
Emprendimiento comercial5.000 €17.000 €Establecimiento
Digitalización comercial2.000 €5.000 €Empresa
Actividades paracomerciales5.000 €12.000 €Empresa

Importes sin IVA. Si en modernización y reforma se pide ayuda solo por equipamiento comercial, el mínimo baja a 5.000 € (micro), 12.000 € (pequeña) y 45.000 € (mediana).

Antigüedad exigida

  • MR: haber ejercido comercio minorista en Navarra antes del 1 de octubre de 2025 y de forma ininterrumpida desde entonces. Los cambios de denominación, forma jurídica o titularidad no rompen el requisito si hay continuidad de la actividad y alguno de los integrantes sigue siendo titular.
  • TC: entre la baja en el IAE del comercio que se traspasa y el alta del comprador no pueden pasar más de dos meses, y el acuerdo de transmisión debe formalizarse entre el 16 de abril de 2025 y el 16 de octubre de 2026.
  • EC: empresa nueva, con CIF definitivo al solicitar, alta en el IAE entre el 1 de octubre de 2025 y el 1 de diciembre de 2026, y plan de viabilidad favorable. Quedan excluidas las que procedan de cambio de denominación, forma jurídica, ampliación de capital o modificación estructural de una empresa preexistente.
  • CNS y PC: alta en el IAE en Navarra antes del 1 de octubre de 2025.

Qué inversión se admite

Modernización, reforma y emprendimiento

  • Obras: reforma de local, rotulación interior y exterior, escaparates, fachadas, accesibilidad, eliminación de barreras, aire acondicionado, antihurto, seguridad, zona wifi, eficiencia energética, iluminación, fontanería.
  • Equipamiento: activos fijos nuevos, mobiliario de presentación y almacenamiento, maquinaria específica.
  • Honorarios técnicos: redacción de proyecto, dirección de obra, decoración e instalación, hasta el 20 % de las inversiones anteriores.
  • Integración empresarial: cánones de entrada a franquicias o centrales de compras, solo en localidades de menos de 2.500 habitantes.

Digitalización comercial

  • Comercio electrónico: web nueva con venta online o adaptación sustancial de una existente. Debe estar sobre sistemas estándar, adaptada a móvil, con política de privacidad, protocolo https, sincronizada con el sistema de gestión del establecimiento y con pasarela de pago.
  • Apps móviles orientadas a captación de clientes.
  • Herramientas de gestión, solo si no están relacionadas con el proceso de venta ni con la facturación: gestión de personal, control de horarios y similares.
  • Equipamiento digital: impresoras de tickets, etiquetado electrónico de precios y lectores de códigos de barras.

Lo que NO entra (base 6.3)

  • TPV, balanzas digitales y cualquier equipo ligado al proceso de venta o facturación.
  • Ordenadores, portátiles, tablets y móviles.
  • Software o herramientas relacionados con el sistema de facturación.
  • Posicionamiento SEO.
  • Bienes de segunda mano, salvo en traspasos; leasing y renting; placas solares; tributos, licencias y tasas.
  • Adquisición del local o de terrenos y construcción de edificios; arrendamientos; fungibles.
  • Facturas inferiores a 150 € sin IVA.
  • Obras ejecutadas por la propia empresa solicitante y cualquier supuesto de autofacturación.

La frontera de la digitalización es estrecha y contraintuitiva: la web con venta online sí, el TPV que la alimenta no; el software de control horario sí, el de facturación no.

Cómo se puntúa

Concurrencia competitiva con prelación separada por clase de proyecto. Los criterios premian sistemáticamente al comercio pequeño y de pueblo (base 9).

CriterioMáximo
1. Población de la entidad local35
3. Tamaño de la empresa30
2. Riesgo de despoblación del territorio20
8. Traspasos: nº de comercios en la localidad16
4. Subvenciones recibidas en 2023-202515
5. Antigüedad en una asociación de comerciantes5
6. Adhesión al Sistema Arbitral de Consumo4
7. Igualdad de género3
9. Comercio con régimen especial de protección2

Los dos criterios que deciden

  • Población: 35 puntos hasta 1.000 habitantes, 25 hasta 1.500, 20 hasta 2.500, 15 hasta 5.000, 10 hasta 10.000, 5 hasta 100.000 y 0 por encima de 100.000. Un comercio de Pamplona parte con 35 puntos menos que uno de un pueblo pequeño.
  • Tamaño: 30 puntos microempresa, 20 pequeña, 10 mediana.

Penalización por haber cobrado antes

El criterio 4 resta según lo recibido en las convocatorias de 2023, 2024 y 2025: 15 puntos si no se ha recibido nada, 10 hasta 4.000 €, y bajando hasta 0 por encima de 40.000 €. No computan las subvenciones a las que se renunció en plazo.

Tres puntos baratos de conseguir

  • Plan de igualdad registrado: 3 puntos. Medidas de igualdad: 1 punto. Formación en igualdad: 1 punto por cada 8 horas impartidas.
  • Adhesión al Sistema Arbitral de Consumo: 4 puntos, siempre que sea anterior a la publicación de la convocatoria y se marque expresamente en el formulario.
  • Ser socio de una asociación de comerciantes: hasta 5 puntos por antigüedad, con certificado de la asociación.

Pamplona, con baremo adicional

A los comercios de Pamplona se les aplican además tres criterios por barrio: densidad comercial (inversamente proporcional), evolución del número de comercios y nuevos desarrollos urbanos. Los barrios mejor puntuados son Etxabakoitz, Txantrea-Orvina-Ezkaba, Mendillorri, Lezkairu y Ripagaina-Beloso; los peores, Casco Viejo y Ensanches.

Empates

Se dirimen sucesivamente por: tener todas las inversiones ya finalizadas, facturadas y pagadas al solicitar (con preferencia al mayor volumen), haber recibido menos subvención antes, y menor población.

Que el primer criterio de desempate premie tener la inversión ya ejecutada y pagada cambia la estrategia: si el proyecto puede cerrarse antes de presentar la solicitud, conviene hacerlo.

Plazos y tramitación

Periodo de ejecución

  • Inversiones ejecutadas, facturadas y pagadas entre el 18 de octubre de 2025 y el 16 de octubre de 2026, ambos incluidos.
  • En traspaso comercial, el periodo se amplía hacia atrás: desde el 16 de abril de 2025.
  • Las retenciones de IRPF del cuarto trimestre de 2026 se admiten si se pagan hasta el 15 de febrero de 2027.
  • Las inversiones deben estar finalizadas, operativas y en marcha, y el establecimiento abierto al público el 16 de octubre de 2026. Excepcionalmente puede abrirse hasta el 1 de diciembre de 2026 si el retraso es ajeno a la empresa, por ejemplo por licencias.

Solicitud

  • Plazo: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BON. Es una ventana muy corta.
  • Obligatoriamente telemática. Presentarla en papel obliga a subsanar por vía telemática, y la fecha que cuenta es la de la subsanación.
  • Una solicitud por establecimiento en MR, TC y EC; una por empresa en CNS, DC y PC.
  • Si se presentan varias solicitudes de modernización y reforma, hay que numerarlas por orden de prioridad: si el crédito no llega, solo se atiende la primera de cada empresa antes de pasar a las segundas.
  • Subsanación: 10 días hábiles. La documentación para puntuar no es subsanable: si no se presenta dentro del plazo de solicitud, esos puntos se pierden.

Tres ofertas

Obligatorias cuando el gasto supere 30.000 € en ejecución de obra o 12.000 € en bienes de equipo o servicios profesionales. Si no se elige la más económica y la justificación no convence al órgano gestor, solo se subvenciona el importe de la oferta más barata.

Planes obligatorios hechos por un tercero

  • Emprendimiento comercial: plan de viabilidad o de empresa completo y aprobado, elaborado por una entidad, profesional o consultora cualificada. No puede hacerlo la propia empresa y debe presentarse con la solicitud.
  • Traspaso: si el comprador no venía ejerciendo la misma actividad antes del 1 de octubre de 2025, hace falta un análisis externo de su idoneidad, competencia y cualificación profesional para dirigir el negocio.

Tope global y ajustes

La subvención máxima por empresa es de 60.000 €, salvo que el crédito alcance para todas las solicitudes. Si al acumular líneas se supera, se da un plazo de 3 días hábiles para elegir qué clase de proyecto se subvenciona. El mismo plazo de 3 días se concede a quien vaya a recibir una ayuda parcial por falta de crédito, para aceptarla o no; quien la acepta puede recibir un complemento posterior si afloran renuncias.

Compatibilidad y limitaciones

Incompatible para las mismas actuaciones con cualquier otra subvención de la Comunidad Foral, de otras administraciones o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales (base 14.1).

Ayuda de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831: máximo 300.000 € por única empresa en cualquier periodo de tres años, evaluado de forma continua.

Una limitación específica del traspaso

Si el establecimiento ya recibió ayuda como traspaso comercial en las convocatorias de 2024 o 2025, la nueva solicitud no puede volver a clasificarse como traspaso (base 8.2.5).

Requisito de morosidad

Para ayudas superiores a 30.000 € hay que acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 al menos al 90 %. Se presenta en el mes siguiente a la notificación de la concesión —o el justificante de haberlo solicitado, con tres meses de margen si hace falta informe de auditor del ROAC—. No presentarlo supone la pérdida del derecho al cobro. Con independencia del importe, todos los gastos subvencionables deben cumplir los plazos de pago a proveedores.

Tampoco pueden ser beneficiarias las empresas que desarrollen alguna de las actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre, de medidas urgentes contra el genocidio en Gaza, lo que se acredita por declaración responsable en la solicitud.

Plazo20 de marzo de 2026

Cierra hoy

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Texto oficial

Resolución 7E/2026, de 27 de febrero, con la convocatoria y las bases reguladorasFicha del trámite en el portal del Gobierno de NavarraFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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